¿En qué casos un inquilino debe indemnizar a su arrendador?
En la lista está la terminación anticipada del contrato sin justa causa, daños en el inmueble y mora en el pago del arriendo.
A la hora de arrendar un inmueble es clave tener claras todas las reglas. Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas, explicó a El Espectador los cuatro casos en los que un inquilino tiene que indemnizar a su arrendador.
- Con la terminación anticipada del contrato: Ramírez explica que, según el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 820 de 2003, si el inquilino termina el contrato de arrendamiento antes del plazo acordado sin una causa justificada, puede estar obligado a pagar una indemnización equivalente al precio de tres meses de arrendamiento.
- Daños al inmueble: si se producen daños por uso indebido o negligencia, el inquilino debe indemnizar al arrendador por los costos de reparación.
- Incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del inquilino: si se usa el inmueble para fines distintos a los pactados, la realización de actividades ilícitas o para subarrendar sin permiso, se puede generar la obligación de indemnizar al arrendador por los daños y perjuicios causados.
- Mora en el pago del canon de arrendamiento: si el inquilino no paga el canon de arrendamiento a tiempo, el arrendador puede cobrar intereses moratorios y, eventualmente, iniciar un proceso de restitución del inmueble. También podría reclamar indemnización por los perjuicios causados por la mora.
También: Casos en que un inquilino se puede quedar con una casa o apartamento en arriendo
¿Quién debe pagar por los arreglos de una casa en arriendo?
Otra pregunta frecuente es quién es el encargado de asumir los gastos de pintura y reparación de la casa o apartamento.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, lo primero es identificar el tipo de reparación: indispensables o necesarias, locativas o útiles. Aunque es clave tener presente lo estipulado en el contrato de arrendamiento, ya que allí se puede establecer de común acuerdo a quien le corresponde la reparación.
Lea: Inquilino o propietario: ¿quién debe pagar por los arreglos de casa en arriendo?
- Reparaciones indispensables o necesarias: son aquellas que se requieren para que el inmueble siga siendo usado y se mantenga en buenas condiciones. Estas las debe hacer el propietario o puede hacerlas el inquilino y pedir reembolso.
- Reparaciones locativas: arreglos que se deben realizar para mantener el inmueble arrendado en el mismo estado en el que se recibió. En general, estos gastos corren por cuenta del inquilino, pero si el deterioro se produce por eventos de fuerza mayor, caso fortuito o mala calidad de los materiales, el arreglo le corresponde al arrendador.
- Reparaciones útiles: aquellas que, al realizarlas, aumentan el valor del inmueble. En estos casos el arrendador no está obligado a reembolsar el costo de las mejoras si antes de que se realizaran no dio su autorización.
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A la hora de arrendar un inmueble es clave tener claras todas las reglas. Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas, explicó a El Espectador los cuatro casos en los que un inquilino tiene que indemnizar a su arrendador.
- Con la terminación anticipada del contrato: Ramírez explica que, según el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 820 de 2003, si el inquilino termina el contrato de arrendamiento antes del plazo acordado sin una causa justificada, puede estar obligado a pagar una indemnización equivalente al precio de tres meses de arrendamiento.
- Daños al inmueble: si se producen daños por uso indebido o negligencia, el inquilino debe indemnizar al arrendador por los costos de reparación.
- Incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del inquilino: si se usa el inmueble para fines distintos a los pactados, la realización de actividades ilícitas o para subarrendar sin permiso, se puede generar la obligación de indemnizar al arrendador por los daños y perjuicios causados.
- Mora en el pago del canon de arrendamiento: si el inquilino no paga el canon de arrendamiento a tiempo, el arrendador puede cobrar intereses moratorios y, eventualmente, iniciar un proceso de restitución del inmueble. También podría reclamar indemnización por los perjuicios causados por la mora.
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¿Quién debe pagar por los arreglos de una casa en arriendo?
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De acuerdo con el Ministerio de Justicia, lo primero es identificar el tipo de reparación: indispensables o necesarias, locativas o útiles. Aunque es clave tener presente lo estipulado en el contrato de arrendamiento, ya que allí se puede establecer de común acuerdo a quien le corresponde la reparación.
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- Reparaciones indispensables o necesarias: son aquellas que se requieren para que el inmueble siga siendo usado y se mantenga en buenas condiciones. Estas las debe hacer el propietario o puede hacerlas el inquilino y pedir reembolso.
- Reparaciones locativas: arreglos que se deben realizar para mantener el inmueble arrendado en el mismo estado en el que se recibió. En general, estos gastos corren por cuenta del inquilino, pero si el deterioro se produce por eventos de fuerza mayor, caso fortuito o mala calidad de los materiales, el arreglo le corresponde al arrendador.
- Reparaciones útiles: aquellas que, al realizarlas, aumentan el valor del inmueble. En estos casos el arrendador no está obligado a reembolsar el costo de las mejoras si antes de que se realizaran no dio su autorización.
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