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El impuesto al valor agregado (IVA) es complejo y oscuro para la mayoría de las personas. No todos entienden por qué solo algunos productos y servicios son gravados, y con diferentes tarifas, y tampoco saben qué significa la categoría de exentos y excluidos. Es preciso saber cómo funciona este sistema, pues la ley de financiamiento que radicó el Gobierno hace un par de semanas propone varios cambios en el IVA. Sí, habrá un golpe al bolsillo de los colombianos, pero solo teniendo claro cómo funciona este impuesto se podrá saber realmente cómo y por qué se dará esta afectación.
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Lo primero que hay que saber es que en Colombia hay un sistema tripartito en el IVA, lo que significa que este impuesto no se comporta igual con todos los productos y servicios, y que en algunos casos puede llegar a haber compensaciones para quienes lo pagan.
Productos y servicios exentos de IVA
Son aquellos que tienen tarifa del 0 %, es decir, no tienen que pagar el impuesto. Sin embargo, los productores o proveedores de estos bienes y servicios tienen la posibilidad de recibir la devolución del IVA repercutido: es decir, acceden a una compensación equivalente al IVA que pagaron por los insumos que utilizaron durante la fase de fabricación y elaboración. Los productos exentos son por lo general los que se envían fuera del país, pues se aplica el principio de que no se deben exportar impuestos.
Productos y servicios excluidos de IVA
Tampoco deben pagar IVA, pero no permiten devolución del IVA repercutido, por lo que los productores y proveedores de estos bienes y servicios deben asumir toda la carga del IVA que pagaron por lo insumos que utilizaron durante la fase de fabricación y elaboración. Sin embargo, pueden acceder a una deducción del impuesto de renta con la que logran recuperar el 33 % del impuesto pagado (el IVA de los insumos).
Productos y servicios gravados con IVA
Son aquellos artículos por los que se debe pagar este impuesto. Actualmente se los puede gravar con la tarifa del 5 %, como es el caso de las toallas higiénicas (cambio logrado en la reforma tributaria de 2016), o la del 19 % (la tarifa general del IVA). Esta categoría permite a los productores y proveedores de estos bienes y servicios trasladar el IVA repercutido al consumidor final, representando otra forma de compensación por el IVA que pagaron por los insumos que utilizaron durante la fase de fabricación y elaboración. Es por estos productos que el consumidor promedio paga este impuesto (lo deben ver en la factura).
Los cambios de la ley de financiamiento
El proyecto de ley del Gobierno propone una única tarifa del IVA correspondiente al 18 % (eliminando la del 5 %), y que a partir de 2021 baje hasta el 17 %. Además busca trasladar cerca del 85 % de los bienes y servicios que se encuentran excluidos del impuesto para pasarlos a la categoría de gravados (con la tarifa del 18 % hasta 2021). Esto implicaría que más del 80 % de la canasta familiar quedaría gravada.
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Los efectos
Claramente es un cambio que le dará un golpe directo al bolsillo de los colombianos, pues deberían pagar una tarifa del 18 % por la mayoría de los productos de bienes y servicios que consumen a diario. Las últimas dos semanas han estado llenas de noticias alertando sobre el efecto de que ahora los colombianos deban pagar IVA por la papa, el arroz, la yuca y hasta la panela.
Pero también hay efectos indirectos: muchos de los productos de la canasta familiar que pasarían a la categoría de gravados, como la sal, son también importantes insumos de varias actividades e industrias, por lo que los productores y proveedores podrían trasladarle el IVA repercutido al consumidor final, lo que implicaría que sería el colombiano de a pie el que pagaría por los incrementos de los costos de producción.
Sin embargo, vale aclarar que este incremento de los costos al consumidor final no aplicaría para el caso de los alimentos procesados (como los dulces), pues ya pagan IVA. El efecto se vería en otros tipos de productos, principalmente los que tienen fines industriales, por ejemplo los fertilizantes.
Otro efecto se daría en el sector gastronómico. Desde la reforma tributaria de 2016 el prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas debe cobrar impuesto al consumo (impoconsumo) equivalente al 8 %. Se trata de un gravamen que no permite devoluciones ni da la opción de trasladar el IVA repercutido al consumidor final.
El problema es que actualmente los establecimientos que deben cobrar impoconsumo son aquellos que en el año inmediatamente anterior hayan tenido ingresos de más de 3.500 UVT ($111 millones para la UVT 2017). Es decir, los establecimientos que están en el régimen simplificado actualmente no pagan. Sin embargo, la ley de financiamiento propone que desde el 2019 se baje el umbral hasta los 1.400 UVT ($46 millones para la UVT 2018).
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Se trata de un cambio que afectará principalmente a los restaurantes pequeños, los llamados corrientazos, pues si vendieron este año más de $3,8 millones al mes deberán cobrar el impuesto al consumo en 2019. Es el peor de los mundos: deberán pagar el IVA del 18 % por sus insumos (los mismos de la canasta básica) y no podrían recuperar estos costos por medio del traslado del IVA repercutido al consumidor final.
Para Juan Guillermo Ruiz, abogado tributarita y cofundador de la firma Posse Herrera Ruiz, “el hecho de que no se pueda trasladar el IVA repercutido no quiere decir que no vaya a haber un incremento en el precio del producto final. Algunos establecimientos deberían tener que ajustar sus tarifas para poder hacer frente a los impuestos que desde el próximo año pagarían por sus insumos”.
Ruiz agrega que “es interesante la apuesta por volver al IVA como un sistema bipartito, dejando solo las categorías de exentos y gravados, pero no estoy de acuerdo con fijar una única tarifa: se debe considerar mantener el régimen actual de tasas diferenciadas. Si se deja a los productos básicos con un gravamen del 5 %, los ciudadanos y los restaurantes no se verán tan afectados”.
Rafael Mendoza, presidente de la junta directiva de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica (Acodrés), también cree que los cambios del IVA se traducirán en mayores precios: “Los insumos de los bares y restaurantes, como los corrientazos, son la misma canasta familiar que ahora será gravada con el 18 %. Si antes un corrientazo costaba $8.500, con la ley de financiamiento pasará a costar más de $10.000”.
De hecho, ya hay varios expertos que alertan sobre este efecto de precios dentro de la economía colombiana. Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, explicó que el IVA que se cobraría por los productos de la canasta básica podría generar un incremento de la inflación de entre tres y cuatro puntos porcentuales. Lo que significa que, si antes se esperaba que el Índice de Precios al Consumidor creciera 3 % en 2019, el incremento podría ser de entre 6 y 7 % si es aprobado el proyecto de ley tal como está.
Todavía queda esperar a ver cómo evolucionan las propuestas del Gobierno en el Congreso, pero gravar la canasta familiar no ha recibido apoyo ni siquiera por parte del partido del presidente Iván Duque. Se trata de un tema delicado, pues los cambios propuestos para el IVA implican golpes a los bolsillos de los colombianos desde varios frentes (los efectos directos e indirectos), e incluso puede tener efectos macroeconómicos de los que ya están advirtiendo las principales autoridades económicas.