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Auxilio de lentes: ¿de cuánto es y cómo solicitarlo en su empresa?

Mientras las EPS tienen una cobertura de lentes en el Plan de Beneficios en Salud, las empresas brindan un auxilio extralegal.

13 de julio de 2024 - 10:00 p. m.
Imagen de referencia.
Imagen de referencia.
Foto: Pixabay

Actualmente, existen dos maneras de solicitar un auxilio de lentes: con la empresa o con la EPS. Sin embargo, las condiciones son diferentes en ambos casos.

En las empresas, el auxilio de lentes es un beneficio extralegal. Esto quiere decir que va más allá de lo establecido por ley. No son obligatorios y varían según la política interna. Por ejemplo, así funciona en el Fondo de Empleados de Manpower:

  • Otorga un auxilio hasta de $120.000 para el año 2024.
  • Cubre gastos de lentes o cirugía de ojos, no estética, recetados por la EPS, y no cubiertos por el P.O.S.
  • Padres e hijos de asociados registrados como beneficiarios en la EPS y en la Caja de Compensación pueden acceder a este auxilio.

Para solicitarlo, debe brindar la copia de la receta o la fórmula médica emitida por la EPS, con fecha de expedición no mayor a 60 días a la fecha de solicitud del beneficio. Además, adjuntar la factura de venta sin saldos pendientes y sello de cancelado a nombre del asociado, con el costo del lente formulado y la fecha de compra. Y por último, los certificados de la EPS y Caja de Compensación.

En cambio, es diferente en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas:

  • El beneficio cubre hasta 60 % de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
  • Específica para el personal administrativo no docente de la institución.

La solicitud se realiza con el correo de la Oficina de Talento Humano, con la información del solicitante con asunto, en que se adjunte la fórmula médica emitida por el profesional tratante y una copia de la factura de compra de los lentes. Una vez estudiada la solicitud, se realizará el reembolso.

👓 Las EPS brindan apoyo para la salud visual

El Plan de Beneficios en Salud (PBS) establece las condiciones de atención médica y los servicios que deben ser cubiertos por las Entidades Promotoras de Salud (EPS). En relación con los lentes correctores, el PBS contempla lo siguiente:

Régimen contributivo:

  • Para defectos que disminuyan la agudeza visual, se cubre el suministro de lentes correctores externos en vidrio o plástico, incluyendo policarbonato.
  • Las personas de 12 años o menos pueden acceder a esta cobertura una vez al año.
  • Los mayores de 12 años pueden solicitarla una vez cada 5 años.
  • La adaptación del lente formulado a la montura está incluida, pero el valor de la montura corre a cargo del usuario.

Régimen subsidiado:

  • Para personas menores de 21 años y mayores de 60 años con defectos de agudeza visual, se cubre una vez al año.
  • El suministro de la montura está incluido hasta por un valor equivalente al 10 % del salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para las personas entre 21 y 60 años, se cubren los lentes externos una vez cada 5 años.
  • La adaptación del lente formulado a la montura está incluida, y nuevamente, el valor de la montura corre a cargo del usuario.

De ninguna manera se cubren filtros o colores, películas especiales, lentes de contacto ni líquidos para lentes.

¿Cómo solicita estos servicios con la EPS?

Según el Ministerio de Salud, debe conocer el listado de los Institutos Prestadores de Salud (IPS) disponibles en la EPS. En ese sentido, “debe preguntar a la EPS por ese listado”.

“El acceso primario o inicial a los servicios del Plan de Beneficios en Salud (PBS) es a través de la consulta en urgencias o por los servicios de consulta externa médica, odontología general, enfermería profesional o psicología”.

Será en estos casos en que se remite a consultas especializadas.

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