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                                                                                                                                Contenido Patrocinado
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                                                                                                                                Calendario Tributario Dian 2023: estas son las fechas de pago de sus impuestos

                                                                                                                                Estas son las fechas para el pago de sus impuestos.

                                                                                                                                El impuesto nacional sobre plásticos de un solo uso y el impuesto a las bebidas y alimentos ultraprocesados se comenzarán a pagar en 2024.
                                                                                                                                Foto: Pixab
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La renta a grandes contribuyentes, es decir, personas jurídicas legalmente constituidas o personas naturales que por su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio o importancia en el recaudo, reciben esta calificación, deberá declararse y pagarse en tres cuotas.

                                                                                                                                La primera cuota debió ser cancelada entre el 7 y el 20 de febrero de este año, la segunda debe hacerse entre el 10 y el 21 de abril y, la tercera, desde el 7 hasta el 22 de junio, dependiendo del último digito del NIT.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por su parte, la persona natural que responde de manera directa y a título personal por sus obligaciones, deberá declarar y pagar el impuesto entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, según los últimos dígitos del NIT.

                                                                                                                                Las fechas son las mismas para la declaración de personas naturales contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios que posean activos, de cualquier naturaleza, en el exterior.

                                                                                                                                Los agentes retenedores a quienes se les haya autorizado un plazo especial y que posean más de 100 sucursales o agencias que practiquen retención en la fuente, podrán presentar la declaración y cancelar las retenciones y autorretenciones realizadas en febrero de 2023 hasta el 24 de marzo del 2023.

                                                                                                                                Le podría interesar: Este es el informe que recibió Francia Márquez de la caravana humanitaria en Chocó

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                                                                                                                                Foto: Dian
                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Foto: Pixab
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La renta a grandes contribuyentes, es decir, personas jurídicas legalmente constituidas o personas naturales que por su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio o importancia en el recaudo, reciben esta calificación, deberá declararse y pagarse en tres cuotas.

                                                                                                                                La primera cuota debió ser cancelada entre el 7 y el 20 de febrero de este año, la segunda debe hacerse entre el 10 y el 21 de abril y, la tercera, desde el 7 hasta el 22 de junio, dependiendo del último digito del NIT.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por su parte, la persona natural que responde de manera directa y a título personal por sus obligaciones, deberá declarar y pagar el impuesto entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, según los últimos dígitos del NIT.

                                                                                                                                Las fechas son las mismas para la declaración de personas naturales contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios que posean activos, de cualquier naturaleza, en el exterior.

                                                                                                                                Los agentes retenedores a quienes se les haya autorizado un plazo especial y que posean más de 100 sucursales o agencias que practiquen retención en la fuente, podrán presentar la declaración y cancelar las retenciones y autorretenciones realizadas en febrero de 2023 hasta el 24 de marzo del 2023.

                                                                                                                                Le podría interesar: Este es el informe que recibió Francia Márquez de la caravana humanitaria en Chocó

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                                                                                                                                Foto: Dian
                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD
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