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¿Cuáles trabajadores no recibirán pago de cesantías en 2025?

Aunque las cesantías son un derecho para la mayoría de los trabajadores, hay algunas excepciones. Le explicamos qué son las cesantías y cómo calcularlas.

01 de febrero de 2025 - 09:00 p. m.
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El 15 de febrero de 2025 es la fecha límite para que los empleadores en Colombia consignen las cesantías en el fondo elegido por cada trabajador. Este beneficio, regulado por la Ley 50 de 1990, es un ahorro obligatorio que sirve como respaldo económico en caso de desempleo o para necesidades como educación o vivienda.

Adicionalmente, los empleadores deben pagar los intereses de cesantías antes del 31 de enero de 2025. Este monto, equivalente a 12 % del valor acumulado de las cesantías del año anterior, se entrega directamente a los trabajadores con contratos a término fijo, indefinido o de tiempo parcial, así como a empleados del servicio doméstico y conductores de servicio familiar.

Trabajadores que no recibirán cesantías

Pese a que las cesantías son un derecho fundamental para la mayoría de los trabajadores formales, existen excepciones que los dejan por fuera de este beneficio:

  • Trabajadores con contrato por prestación de servicios: al no existir una relación laboral directa, quienes laboran bajo esta modalidad no reciben cesantías.
  • Personas con salario integral: en este esquema de remuneración, el pago mensual ya incluye un porcentaje destinado a prestaciones sociales, incluyendo las cesantías.
  • Trabajadores informales: aquellos que no cuentan con un contrato formal tampoco tienen derecho a este beneficio.

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💸¿Cómo se calculan las cesantías y sus intereses?

El monto de las cesantías equivale a un mes de salario por cada año trabajado. Los intereses, que se pagan a más tardar el 31 de enero, se calculan con la siguiente fórmula:

Cesantías acumuladas x 12 % / 360 días trabajados.

Por ejemplo, un trabajador que devengue un salario mínimo en 2025 ($1.423.500) recibirá $170.820 en intereses de cesantías si trabajó todo el año. Si laboró menos tiempo, el cálculo se ajusta a los días trabajados.

¿Cómo retirar las cesantías?

El retiro de cesantías puede hacerse de manera parcial o total, dependiendo de la situación del trabajador.

La primera, el retiro parcial, se permite para matrículas de educación superior, compra o remodelación de vivienda, o pago del impuesto predial si la propiedad está a nombre del trabajador.

Y la segunda, el retiro total, aplica en casos de terminación de contrato, prestación del servicio militar, cambio a salario integral o fallecimiento del afiliado.

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Consecuencias de no recibir el pago

Si el empleador no consigna las cesantías o los intereses dentro del plazo estipulado, se expone a sanciones económicas. Según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, la empresa deberá indemnizar al trabajador con un día de salario por cada día de retraso.

Los trabajadores pueden presentar reclamos mediante:

  • Reclamo directo a la empresa.
  • Denuncia ante el Ministerio del Trabajo.
  • Demanda laboral por incumplimiento.

Dado que las cesantías representan un respaldo financiero clave para los trabajadores formales, es fundamental conocer los derechos y obligaciones relacionados con su pago y uso.

Mientras que miles de empleados recibirán estos recursos en los próximos meses, otros tantos quedarán por fuera debido a su tipo de contrato o modalidad de salario.

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Roberto(18501)01 de febrero de 2025 - 11:55 p. m.
Sí el trabajador en enero de 2025 gana $1.423.500,00 recibirá los $170.820,00 de cesantías, pero en febrero de 2026, que falta de re isar antes de publicar.
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