Cuota alimentaria 2024: si no la paga le pueden embargar este dinero de su salario

No solo eso, la normatividad colombiana también permite el remate de bienes para exigir a los responsables el cumplimiento de esta obligación.

02 de julio de 2024 - 04:49 p. m.
Tenga en cuenta estas recomendaciones para adelantar, ante la ley, el respectivo cobro.
Tenga en cuenta estas recomendaciones para adelantar, ante la ley, el respectivo cobro.
Foto: CRISTIAN GARAVITO / EL... - Cristian Garavito / El Espectador

En Colombia, son responsables de cumplir con la cuota alimentaria todas las personas que tienen dependientes económicos a su cargo, como los hijos, padres, hermanos, cónyuges y compañeros permanentes. No brindarles un sustento económico (sin justa causa, como estar en condición de desempleo) se configura en el delito de inasistencia alimentaria, el cual puede llegar a tener consecuencias penales.

Hay que tener en cuenta que la fijación de la cuota alimentaria se puede hacer de mutuo acuerdo entre las partes implicadas (por ejemplo, que dos padres separados definan cuánto contribuirán para satisfacer las necesidades de su hijo o hijos), o mediante el fallo de un juez de familia (quien con base en las demandas del beneficiario y los ingresos del responsable, definirá el monto mensual que se deberá proveer).

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Según lo informado por el Ministerio de Justicia, si usted cuenta con una cuota alimentaria fijada en un acta de conciliación, o mediante la sentencia de un juez de familia, se puede entablar una denuncia penal ante la Fiscalía General de la nación en contra de quien no está cumpliendo con la obligación.

“Presente todos los documentos y demás elementos que puedan probar el incumplimiento injustificado, incluida el acta de conciliación o la sentencia de Juez de Familia que fijó la cuota alimentaria, las facturas de los gastos correspondientes a lo incumplido, comprobantes de pago de colegios, atenciones médicas, compra de víveres y demás elementos que haya incluido en la cuota alimentaria. Una vez presentada la denuncia, la Fiscalía tendrá la labor de investigar los hechos y, si hay lugar a ello, acudir a un Juez Penal para adelantar el proceso correspondiente”, detalla la cartera.

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Cuando se dicte la sentencia, las autoridades podrán fallar si el responsable merece una sanción económica o la prisión. La pena es mayor cuando el delito se comete contra menores de edad.

Tenga en cuenta que las autoridades también pueden adelantar, simultáneamente al proceso penal, actuaciones como el embargo de bienes, salario y prestaciones sociales con el fin de asegurar el pago de lo adeudado.

En suma, sí le pueden embargar el salario con base en el monto que haya definido el juez de familia, además de las sanciones económicas a las que haya lugar.

“Recuerde que solo se pueden cobrar los alimentos que no hayan sido pagados después de ser establecidos en el acta de conciliación o en la sentencia. No se pueden cobrar retroactivamente cuotas alimentarias anteriores a esto”, detalla el Ministerio de Justicia.

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