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Con corte al 16 de agosto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha recibido más de 860.000 declaraciones de renta, que suponen un recaudo de $512.000 millones por concepto del impuesto a la renta.
El calendario de vencimientos para declarar renta inició el pasado 12 de agosto y, durante cada día de la semana pasada, fue el turno de los contribuyentes cuyas cédulas terminan en 01-02 (12 de agosto), 03-04 (13 de agosto), 05-06 (14 de agosto), 07-08 (15 de agosto) y 09-10 (16 de agosto).
No obstante, este primer grupo de contribuyentes podrá ponerse al día con la DIAN hasta este martes 20 de agosto si demuestran que tuvieron dificultades para declarar renta por cuenta de la contingencia informática que afectó la plataforma tecnológica de la autoridad tributaria durante la semana pasada.
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¿Qué pasa si no declaró?
El calendario de vencimientos de la DIAN ya inició e irá hasta el próximo 24 de octubre. Es importante que conozca su plazo máximo para declarar, pues el incumplimiento de esta obligación acarrea importantes sanciones económicas por parte de la DIAN.
Las sanciones de la DIAN, dispuestas en el Estatuto Tributario, funcionan de la siguiente manera: si se pasa de la fecha para declarar, deberá pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo.
La sanción es equivalente al 5 % del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración de renta, pero sin exceder el 100 % del impuesto o retención. Además, deberá cancelar los intereses moratorios correspondientes.
Si no declaró renta durante el calendario de vencimientos de la DIAN, la sanción puede ser de hasta un 20 % del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos del contribuyente.
Así mismo, el Estatuto Tributario también contempla sanciones si cometió errores en la declaración, estas se llaman sanciones por inexactitud. El Artículo 648 del Estatuto Tributario indica que la sanción será equivalente al 100 % de la diferencia entre el saldo a pagar o el saldo a favor (determinado en la liquidación oficial) y el valor declarado por el contribuyente.
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¿Tiene multas? Consúltelo aquí
- Ingrese a la página web de la DIAN aquí.
- Allí deberá iniciar sesión; ingresando datos como nombre, número de identificación y contraseña.
- Al ingresar, seleccione el menú la opción de “Obligación financiera del contribuyente” o “Consulta de obligaciones”. O también puede seleccionar “consulta obligación”.
- Luego, le mostrará una ventana con las obligaciones pendientes o aquellas que estén al día relacionadas con el número de identificación.
Calendario de la declaración de renta 2024
Los dos últimos dígitos de su cédula de ciudadanía definen la fecha máxima en que debe realizar la declaración de renta y pagar el impuesto correspondiente si así lo exige la DIAN.
- Agosto de 2024:
| Últimos dos dígitos de la cédula | Fecha |
|---|---|
| 01-02 | Hasta el 12 de agosto |
| 03-04 | Hasta el 13 de agosto |
| 05-06 | Hasta el 14 de agosto |
| 07-08 | Hasta el 15 de agosto |
| 09-10 | Hasta el 16 de agosto |
| 11-12 | Hasta el 20 de agosto |
| 13-14 | Hasta el 21 de agosto |
| 15-16 | Hasta el 22 de agosto |
| 17-18 | Hasta el 23 de agosto |
| 19-20 | Hasta el 26 de agosto |
| 21-22 | Hasta el 27 de agosto |
| 23-24 | Hasta el 28 de agosto |
| 25-26 | Hasta el 29 de agosto |
- Septiembre de 2024:
| Últimos dos dígitos de la cédula | Fecha |
|---|---|
| 27-28 | Hasta el 2 de septiembre |
| 29-30 | Hasta el 3 de septiembre |
| 31-32 | Hasta el 4 de septiembre |
| 33-34 | Hasta el 5 de septiembre |
| 35-36 | Hasta el 6 de septiembre |
| 37-38 | Hasta el 9 de septiembre |
| 39-40 | Hasta el 10 de septiembre |
| 41-42 | Hasta el 11 de septiembre |
| 43-44: | Hasta el 12 de septiembre |
| 45-46 | Hasta el 13 de septiembre |
| 47-48 | Hasta el 16 de septiembre |
| 49-50 | Hasta el 17 de septiembre |
| 51-52 | Hasta el 18 de septiembre |
| 53-54 | Hasta el 19 de septiembre |
| 55-56 | Hasta el 20 de septiembre |
| 57-58 | Hasta el 23 de septiembre |
| 59-60 | Hasta el 24 de septiembre |
| 61-62 | Hasta el 25 de septiembre |
| 63-64 | Hasta el 26 de septiembre |
| 65-66 | Hasta el 27 de septiembre |
- Octubre de 2024:
| 67-68 | Hasta el 1 de octubre |
| 69-70 | Hasta el 2 de octubre |
| 71-72 | Hasta el 3 de octubre |
| 73-74 | Hasta el 4 de octubre |
| 75-76 | Hasta el 7 de octubre |
| 77-78 | Hasta el 8 de octubre |
| 79-80 | Hasta el 9 de octubre |
| 81-82 | Hasta el 10 de octubre |
| 83-84 | Hasta el 11 de octubre |
| 85-86 | Hasta el 15 de octubre |
| 87-88 | Hasta el 16 de octubre |
| 89-90 | Hasta el 17 de octubre |
| 91-92 | Hasta el 18 de octubre |
| 93-94 | Hasta el 21 de octubre |
| 95-96 | Hasta el 22 de octubre |
| 97-98 | Hasta el 23 de octubre |
| 99-00 | Hasta el 24 de octubre |
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