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La Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) informó este martes que tras una semana de la entrada en vigor del descuento del 50 %, la expedición de pólizas del SOAT para motos creció en 474,1% en comparación con la semana del 19 al 25 de diciembre.
Así las cosas, es la categoría que más ha accedido a este seguro, pasando de 47.332 pólizas a 271.678 vendidas la semana del 12 al 18 de diciembre (período en el que aún no estaba vigente la medida).
Durante la primera semana de aplicación del descuento, las aseguradoras reportaron 431.548 pólizas vendidas en todo el país, lo que representó un crecimiento de 118,8 % en las categorías beneficiadas.
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“Las aseguradoras seguimos comprometidas con la implementación del descuento del 50 % en el valor del SOAT para determinadas categorías. En solo ocho días vemos con satisfacción que los ciudadanos han acudido a adquirir el seguro que salva vidas”, dijo David Colmenares, presidente de la junta directiva de Fasecolda.
Bogotá, Antioquia y Valle lideran el reporte de ventas del SOAT, seguidos de Cundinamarca, Santander, Tolima y Huila. Hasta el 25 de diciembre, se habían expedido 115.000 pólizas en Antioquia, 115 % más que la semana anterior. Bogotá pasó de 60.600 a 84.9000 pólizas (40 % más) y el Valle creció un 195 %, al pasar de 19.200 pólizas expedidas a 56.700.
En Cundinamarca, según Fasecolda, se registró un crecimiento de 168 % con cerca de 42.000 pólizas expedidas y en Santander más 25.000, lo que representó un crecimiento de 166 %.
De acuerdo con la federación, las diez compañías que comercializan el SOAT invitan a los ciudadanos a continuar adquiriendo la póliza a través de sus canales oficiales, página web y sucursales. “El sector seguirá fortaleciendo y adaptando sus canales de distribución para atender la demanda actual”, agregó.
Además, Colmenares invitó a los colombianos a que este fin de año “tengamos un buen comportamiento en las vías y continuemos cumpliendo con la obligación de adquirir el SOAT para estar protegidos”.
Los vehículos para los que aplican los cambios son:
- Ciclomotor
- Motos de menos de 100 c.c., 100 c.c. y hasta 200 c.c.
- Autos de negocios
- Taxis
- Microbuses urbanos
- Servicio público urbano
- Buses y busetas
- Vehículos de servicio público intermunicipal (establecidas en el Anexo I del Título IV de la Parte II de la Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia, o las normas que la modifiquen o sustituyan).
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