El 4X1.000 se acabará para un grupo de personas: así operará la medida
Este impuesto, técnicamente conocido como el Gravamen a los Movimientos Financieros, debe dejar de cobrarse para unos usuarios a partir de diciembre de este año. ¿Cuáles son las condiciones para acceder a la exención?
El 4X1.000 es noticia por estos días por cuenta de unas declaraciones del director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, en las que aclara que hay una porción de usuarios del sistema financiero que dejarán de pagar este tributo para finales de este año.
La medida no es realmente nueva, pues fue una previsión aprobada como parte de la más reciente reforma tributaria, la primera del Gobierno de Gustavo Petro, que pasó en el Congreso a finales de 2022 (cuando el ministro de Hacienda era José Antonio Ocampo).
En el texto de la ley aprobada se estableció que los usuarios cuyos movimientos financieros (entre todas sus cuentas) no superen los 350 UVT mensualmente quedarán exentes de este tributo.
Vale recordar que la misma DIAN fija el valor anual de la UVT de forma anual. Para 2024, ésta quedó en $47.065.
De esta forma, la exención del 4X.1000 aplicará para quienes, entre todas sus cuentas, no superen los $16,4 millones.
Esta medida, según quedó consignado en el artículo 65 de la reforma tributaria, debe comenzar a regir máximo dos años después de aprobada esta ley. Eso quiere decir que la exención del 4X1.000 debe comenzar a ser aplicada el 13 de diciembre de 2024.
¿Qué es el 4X1.000?
El 4X1.000 es conocido técnicamente como el Gravamen a los Movimientos Financieros.
El impuesto funciona de la siguiente forma: para quienes aplica, las entidades financieras descuentan 4 pesos por cada 1.000 en los movimientos financieros de los usuarios para quienes aplica esta medida (de ahí su nombre).
Este dinero ni queda en manos de los bancos (como asegura un mito urbano), sino que pasa a manos del Estado, vía el sistema financiero.
Este impuesto tuvo una primera versión (el 2X1.000) en 1999 (bajo el marco de un estado de emergencia económica decretado por el Gobierno). Y, en primera instancia, debía ser aplicado de forma temporal.
Pero las medidas temporales suelen volverse permanentes en Colombia y después del año 2.000, la tarifa se elevó al actual 4X1.000.
El impuesto ha sido denunciado por varios analistas como regresivo y, así mismo, ha sido catalogado como una talanquera para subir en las cifras de bancarización y uso del sistema financiero en el país.
La exención que establece la tributaria busca, justamente, corregir un poco este panorama.
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El 4X1.000 es noticia por estos días por cuenta de unas declaraciones del director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, en las que aclara que hay una porción de usuarios del sistema financiero que dejarán de pagar este tributo para finales de este año.
La medida no es realmente nueva, pues fue una previsión aprobada como parte de la más reciente reforma tributaria, la primera del Gobierno de Gustavo Petro, que pasó en el Congreso a finales de 2022 (cuando el ministro de Hacienda era José Antonio Ocampo).
En el texto de la ley aprobada se estableció que los usuarios cuyos movimientos financieros (entre todas sus cuentas) no superen los 350 UVT mensualmente quedarán exentes de este tributo.
Vale recordar que la misma DIAN fija el valor anual de la UVT de forma anual. Para 2024, ésta quedó en $47.065.
De esta forma, la exención del 4X.1000 aplicará para quienes, entre todas sus cuentas, no superen los $16,4 millones.
Esta medida, según quedó consignado en el artículo 65 de la reforma tributaria, debe comenzar a regir máximo dos años después de aprobada esta ley. Eso quiere decir que la exención del 4X1.000 debe comenzar a ser aplicada el 13 de diciembre de 2024.
¿Qué es el 4X1.000?
El 4X1.000 es conocido técnicamente como el Gravamen a los Movimientos Financieros.
El impuesto funciona de la siguiente forma: para quienes aplica, las entidades financieras descuentan 4 pesos por cada 1.000 en los movimientos financieros de los usuarios para quienes aplica esta medida (de ahí su nombre).
Este dinero ni queda en manos de los bancos (como asegura un mito urbano), sino que pasa a manos del Estado, vía el sistema financiero.
Este impuesto tuvo una primera versión (el 2X1.000) en 1999 (bajo el marco de un estado de emergencia económica decretado por el Gobierno). Y, en primera instancia, debía ser aplicado de forma temporal.
Pero las medidas temporales suelen volverse permanentes en Colombia y después del año 2.000, la tarifa se elevó al actual 4X1.000.
El impuesto ha sido denunciado por varios analistas como regresivo y, así mismo, ha sido catalogado como una talanquera para subir en las cifras de bancarización y uso del sistema financiero en el país.
La exención que establece la tributaria busca, justamente, corregir un poco este panorama.
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