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Impulsado por el Ministerio del Trabajo, el Subsidio de Protección al Cesante busca garantizar la protección social de los trabajadores en caso de quedar desempleados, manteniendo su acceso a salud, ahorro de pensiones, subsidio familiar y a servicios de intermediación y capacitación laboral.
El valor del subsidio para los trabajadores más vulnerables es de hasta $ 1′740.000 y se transfiere en cuatro cuotas de $ 696.000, $ 522.000, $ 348.000 y $ 174.000.
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Según indica el Ministerio del Trabajo en su página web, estos son los requisitos exigidos para acceder al programa:
- Que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o, en el caso de ser independiente, su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna fuente de ingresos.
- Que hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes.
- Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
- Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
- Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10% del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25%.
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¿Cómo aplicar al subsidio de desempleo?
Para acceder a los beneficios del subsidio de Protección al Cesante usted deberá:
- Acudir a los servicios de colocación ofrecidos por el Servicio Público de Empleo.
- Cumplir con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por este.
- No rechazar la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada en el empleo anterior y no se deterioren las condiciones del empleo anterior. Recuerde que no podrá haber salarios inferiores al salario mínimo.
- Culminar el proceso de formación al cual se haya inscrito para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, excepto en casos de fuerza mayor que reglamentará el Gobierno Nacional.
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Una vez haya cumplido con los requisitos, el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante deberá verificar la petición y aceptarla o no dentro de los 10 días hábiles siguientes.