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La Dian anunció beneficios tributarios para las personas que están en mora

Las jornadas especiales de atención se realizarán en 34 puntos de atención en todo el país y buscan orientar a los contribuyentes para que puedan acceder a los beneficios de ley por mora.

10 de marzo de 2023 - 10:14 p. m.
Las jornadas de atención se realizarán cada mes hasta el vencimiento de los beneficios en junio de 2023.
Las jornadas de atención se realizarán cada mes hasta el vencimiento de los beneficios en junio de 2023.
Foto: Cristian Gara
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El viernes 10 y el sábado 11 de marzo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) hará una jornada de atención donde personas en mora, que hayan omitido la presentación de alguna declaración o deban realizar correcciones, podrán acogerse a los beneficios otorgados por la reciente Reforma Tributaria.

Los ciudadanos en mora podrán normalizar sus obligaciones, pagando solamente el 50 por ciento de los intereses y el 40 por ciento de las sanciones e intereses de las declaraciones de impuestos que hayan omitido presentar o en aquellas que presentaron con inexactitudes.

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Los contribuyentes podrán ser citados por la entidad con el fin de que asistan a sus puntos de contacto en las diferentes ciudades del país. Allí podrán suscribir facilidades de pago, obtener los recibos con el cálculo de los intereses del beneficio y recibir orientación de los funcionarios para presentar sus declaraciones de impuestos sin omisiones ni inexactitudes.

También es posible agendarse a las jornadas especiales de atención a través de su página web o en el centro de atención telefónica 60(1)3078064.

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Beneficios de la Reforma Tributaria

Según lo definido por la Reforma Tributaria, la reducción al 50 por ciento de la tasa de interés de mora que equivale a la actual tasa de usura, menos dos puntos, solo aplica si el contribuyente paga el valor total del impuesto adeudado.

“A esa reducción de tasa de interés pueden acceder todos aquellos contribuyentes que tengan alguna obligación en mora de los impuestos administrados por la Dian”, señaló Cecilia Rico Torres, Directora de Gestión de Impuestos. También afirmó que únicamente podrán acceder a facilidades de pago con plazo igual o inferior a un año­ y sin necesidad de garantías­, quienes no hayan incumplido facilidades de pago durante el año anterior a la fecha de la solicitud.

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El plazo máximo para acogerse a estos beneficios es hasta el 30 de junio del 2023 y debe pagarse el total de la obligación pendiente antes de esa fecha. Si la persona no tiene el valor total de la obligación y no puede realizar el pago, puede solicitar antes del 15 de mayo una facilidad de pago que le permitirá al contribuyente acordar el plazo para pagar en cuotas.

En el siguiente enlace encontrará la lista con los puntos de contacto de la DIAN en capitales y otras ciudades del país: https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/puntosdecontacto.aspx

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Régulo(jk5ek)10 de marzo de 2023 - 11:03 p. m.
Y, porqué no anuncian beneficios tributarios para los que están al día, mejor?
Carlos(58915)10 de marzo de 2023 - 10:28 p. m.
Y la secretaria de hacienda cuando hará servir sus plataformas para poder presentar y pagar los Impuestos Distritales ?
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