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                                                                                                                                Contenido Patrocinado
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                                                                                                                                Ley de insolvencia para deudores: cómo acogerse a ella y qué implicaciones tiene

                                                                                                                                La insolvencia se reconoce cuando una persona tiene una incapacidad para pagar una obligación económica. Sepa cómo puede utilizar este instrumento.

                                                                                                                                Imagen de referencia.
                                                                                                                                Foto: Getty Images
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El Código General del Proceso es el que establece las condiciones del ‘Régimen de Insolvencia para la Persona Natural no Comerciante’. Este puede ser aplicado a las personas naturales que no se dediquen al comercio ni que forme parte de una empresa.

                                                                                                                                Le puede interesar: Cayó el Baloto: ¿En dónde y cuánto se llevó el ganador descontando impuestos?

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                                                                                                                                1. Negociar las deudas a través de un acuerdo con los acreedores para obtener la normalización de sus relaciones crediticias.
                                                                                                                                2. Convalidar los acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores.
                                                                                                                                3. Liquidar su patrimonio.

                                                                                                                                ¿Quién puede acogerse a la insolvencia?

                                                                                                                                Una persona puede acogerse a los procedimientos de insolvencia cuando se encuentre en cesación de pagos. Esto se cumple cuando como deudor o garante incumpla el pago de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores por más de noventa (90) días, o contra el cual cursen dos (2) o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea: Así puede participar en la subasta de carros y motos de la DIAN.

                                                                                                                                ¿Cómo se inicia el proceso?

                                                                                                                                La solicitud de trámite de negociación de deudas podrá ser presentada directamente por el deudor o a través de apoderado judicial y a ella se anexarán los siguientes documentos:

                                                                                                                                1. Un informe que indique de manera precisa las causas de cesación de pagos.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                2. La propuesta para la negociación de deudas, que debe ser clara, expresa y objetiva.

                                                                                                                                3. Una relación completa y actualizada de todos los acreedores, indicando nombre, domicilio y dirección de cada uno de ellos, dirección de correo electrónico, cuantía, diferenciando capital e intereses, y naturaleza de los créditos, tasas de interés, documentos en que consten, entre otros datos relevantes.

                                                                                                                                4. Una relación completa y detallada de sus bienes, incluidos los que posea en el exterior.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                5. Una relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor.

                                                                                                                                6. Certificación de los ingresos del deudor expedida por su empleador o, en caso de que sea trabajador independiente, una declaración de los mismos.

                                                                                                                                7. Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones, descontados los gastos necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas a su cargo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Después de esto, se realiza una propuesta de negociación de deudas, se asigna un conciliador que verificará si la solicitud cumple con los requisitos legales y, dado el caso, la aceptará.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Puede leer: Convocatoria del CNSC 2024: cómo comprar el pin y cuánto vale.

                                                                                                                                Implicaciones de la aceptación de la negociación de deuda

                                                                                                                                De acuerdo con el artículo 545 del Código General del Proceso, a partir de la aceptación de la solicitud se producirán los siguientes efectos:

                                                                                                                                1. No podrán iniciarse nuevos procesos ejecutivos, de restitución de bienes por mora en el pago de los cánones y se suspenderán los procesos de este tipo que estuvieren en curso.
                                                                                                                                2. No podrá suspenderse la prestación de los servicios públicos domiciliarios en la casa de habitación del deudor por mora en el pago de las obligaciones anteriores a la aceptación de la solicitud. Si hubiere operado la suspensión de los servicios públicos domiciliarios, estos deberán restablecerse.
                                                                                                                                3. Dentro de los cinco días siguientes, el deudor deberá presentar una relación actualizada de sus obligaciones, bienes y procesos judiciales.
                                                                                                                                4. El deudor no podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia, hasta que se cumpla el término previsto.
                                                                                                                                5. Se interrumpirá el término de prescripción y no operará la caducidad de las acciones respecto de los créditos que contra el deudor se hubieren hecho exigibles antes de la iniciación de dicho trámite.
                                                                                                                                6. El pago de impuestos prediales, cuotas de administración, servicios públicos y cualquier otra tasa o contribución necesarios para obtener el paz y salvo en la enajenación de inmuebles o cualquier otro bien sujeto a registro, solo podrá exigirse respecto de aquellas acreencias causadas con posterioridad a la aceptación de la solicitud.

                                                                                                                                Este proceso de insolvencia deja a la persona con lo justo para sobrevivir y afecta su historial crediticio. Además, no se pueden solicitar nuevos créditos, excepto para necesidades básicas.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

                                                                                                                                Imagen de referencia.
                                                                                                                                Foto: Getty Images
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El Código General del Proceso es el que establece las condiciones del ‘Régimen de Insolvencia para la Persona Natural no Comerciante’. Este puede ser aplicado a las personas naturales que no se dediquen al comercio ni que forme parte de una empresa.

                                                                                                                                Le puede interesar: Cayó el Baloto: ¿En dónde y cuánto se llevó el ganador descontando impuestos?

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                                                                                                                                1. Negociar las deudas a través de un acuerdo con los acreedores para obtener la normalización de sus relaciones crediticias.
                                                                                                                                2. Convalidar los acuerdos privados a los que llegue con sus acreedores.
                                                                                                                                3. Liquidar su patrimonio.

                                                                                                                                ¿Quién puede acogerse a la insolvencia?

                                                                                                                                Una persona puede acogerse a los procedimientos de insolvencia cuando se encuentre en cesación de pagos. Esto se cumple cuando como deudor o garante incumpla el pago de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores por más de noventa (90) días, o contra el cual cursen dos (2) o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Lea: Así puede participar en la subasta de carros y motos de la DIAN.

                                                                                                                                ¿Cómo se inicia el proceso?

                                                                                                                                La solicitud de trámite de negociación de deudas podrá ser presentada directamente por el deudor o a través de apoderado judicial y a ella se anexarán los siguientes documentos:

                                                                                                                                1. Un informe que indique de manera precisa las causas de cesación de pagos.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                2. La propuesta para la negociación de deudas, que debe ser clara, expresa y objetiva.

                                                                                                                                3. Una relación completa y actualizada de todos los acreedores, indicando nombre, domicilio y dirección de cada uno de ellos, dirección de correo electrónico, cuantía, diferenciando capital e intereses, y naturaleza de los créditos, tasas de interés, documentos en que consten, entre otros datos relevantes.

                                                                                                                                4. Una relación completa y detallada de sus bienes, incluidos los que posea en el exterior.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                5. Una relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor.

                                                                                                                                6. Certificación de los ingresos del deudor expedida por su empleador o, en caso de que sea trabajador independiente, una declaración de los mismos.

                                                                                                                                7. Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones, descontados los gastos necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas a su cargo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Después de esto, se realiza una propuesta de negociación de deudas, se asigna un conciliador que verificará si la solicitud cumple con los requisitos legales y, dado el caso, la aceptará.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Puede leer: Convocatoria del CNSC 2024: cómo comprar el pin y cuánto vale.

                                                                                                                                Implicaciones de la aceptación de la negociación de deuda

                                                                                                                                De acuerdo con el artículo 545 del Código General del Proceso, a partir de la aceptación de la solicitud se producirán los siguientes efectos:

                                                                                                                                1. No podrán iniciarse nuevos procesos ejecutivos, de restitución de bienes por mora en el pago de los cánones y se suspenderán los procesos de este tipo que estuvieren en curso.
                                                                                                                                2. No podrá suspenderse la prestación de los servicios públicos domiciliarios en la casa de habitación del deudor por mora en el pago de las obligaciones anteriores a la aceptación de la solicitud. Si hubiere operado la suspensión de los servicios públicos domiciliarios, estos deberán restablecerse.
                                                                                                                                3. Dentro de los cinco días siguientes, el deudor deberá presentar una relación actualizada de sus obligaciones, bienes y procesos judiciales.
                                                                                                                                4. El deudor no podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia, hasta que se cumpla el término previsto.
                                                                                                                                5. Se interrumpirá el término de prescripción y no operará la caducidad de las acciones respecto de los créditos que contra el deudor se hubieren hecho exigibles antes de la iniciación de dicho trámite.
                                                                                                                                6. El pago de impuestos prediales, cuotas de administración, servicios públicos y cualquier otra tasa o contribución necesarios para obtener el paz y salvo en la enajenación de inmuebles o cualquier otro bien sujeto a registro, solo podrá exigirse respecto de aquellas acreencias causadas con posterioridad a la aceptación de la solicitud.

                                                                                                                                Este proceso de insolvencia deja a la persona con lo justo para sobrevivir y afecta su historial crediticio. Además, no se pueden solicitar nuevos créditos, excepto para necesidades básicas.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

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