Mi Casa Ya: cómo aplicar, requisitos y todo lo que tiene que saber del subsidio
Este programa le puede ayudar a comprar una vivienda nueva, le contamos todos los detalles de los cambios realizados por el Ministerio de Vivienda.
Mi Casa Ya es un programa del Gobierno que se ha caracterizado, desde el 2015, por entregar subsidios para la compra de vivienda nueva, por parte de los hogares más vulnerables.
¿Cuáles son los requisitos?
El programa está dirigido a colombianas y colombianos interesados en adquirir vivienda nueva.
Los requisitos son:
- No haber sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda.
- No ser propietarios en el territorio nacional.
- Tener, en el Sisbén IV, una clasificación igual o inferior a D11 para hogares urbanos y D20 para hogares rurales.
¿Cómo es el proceso?
El hogar interesado en acceder a Mi Casa Ya debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de interés social o prioritario, urbana o rural, de su preferencia, en el proyecto que le llame la atención.
Una vez tome la decisión debe acercarse a la entidad financiera de su elección, a la entidad de economía solidaria o a la caja de compensación familiar que prefiera para tramitar el crédito hipotecario o el leasing habitacional cobijado con la medida.
¿Cuáles son los beneficios de Mi Casa Ya?
Se trata de dos ayudas económicas: en la cuota inicial y en la tasa de interés del crédito.
El subsidio a la cuota inicial por un monto que dependerá del grupo de Sisbén en el que el hogar interesado está clasificado.
En áreas urbanas, los hogares en Sisbén clasificados entre los grupos A1 y C7 reciben un subsidio de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Por su parte, los hogares con una clasificación de Sisbén entre C8 y D11 tendrán un subsidio correspondiente a 20 SMMLV.
En áreas rurales, aquellos con Sisbén entre A1 y C14 reciben un subsidio de 30 SMMLV, mientras que a los que tienen una clasificación de Sisbén entre C15 y D20, se les otorgará un subsidio de 20 SMMLV.
Respecto a la cobertura en la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional, se otorga durante los primeros 7 años para reducir las cuotas mensuales a pagar. El monto también depende del tipo de vivienda adquirida.
Para vivienda de interés prioritario (VIP), la cobertura es de 5 puntos porcentuales (p. p.) sobre la tasa de interés pactada con la entidad financiera, mientras que para la vivienda de interés social (VIS), con un precio mayor a 90 SMMLV, la cobertura representa una reducción de 4 p. p.
Le puede interesar:Subsidio de arrendamiento 2023: así puede solicitarlo en la caja de compensación.
¿Cómo se priorizan los hogares beneficiarios?
Los subsidios se otorgan con una priorización para la población en condiciones especiales de vulnerabilidad y la que está ubicada en zonas rurales y municipios pequeños.
A todo hogar interesado en el programa se le asignará un puntaje, que irá de 0 hasta 100, según sus características y la ubicación del proyecto de vivienda que desea adquirir.
Siempre que haya cupos, los subsidios se entregarán a los hogares de mayor puntaje.
La siguiente tabla muestra los criterios de priorización y los puntajes asignados a cada uno. El puntaje total del hogar será la suma del puntaje que recibe en cada uno de los criterios.
¿Qué pasa con los hogares previamente interesados?
Todos los hogares que actualmente se encuentran en estado ‘Habilitado” se denominarán “Interesado”. Esta condición tendrá vigencia hasta el 30 marzo de 2024.
Pasado este tiempo, el registro se anulará, y el hogar podrá postularse otra vez con un nuevo registro. Solo se permitirá un registro activo por hogar.
Las asignaciones se realizarán a hogares en estado “Interesado” que cumplan con los requisitos del programa. A partir del 1.° de abril, se aceptarán nuevas postulaciones de manera permanente.
Para que el hogar sea incluido en el estado “Interesado”, debe cumplir con el requisito de Sisbén. Por eso, si no cuenta con clasificación en el Sisbén, debe adelantar las gestiones para ello.
Transcurrido un año, si el hogar no continúa el proceso, su registro se anulará y tendrá que postularse de nuevo.
La postulación al programa debe realizarse en una plataforma dispuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
¿Qué puede hacer si no está registrado en Sisbén IV?
- Verifique si ya cuenta con la clasificación de Sisbén IV en la página web: https://www.sisben.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.aspx.
- Si efectivamente no se encuentra en la base de Sisbén IV, solicite que le realicen la encuesta del Sisbén. Podrá encontrar la información de contacto de su municipio en la página https://www.sisben.gov.co/Paginas/oficinas-regionales.aspx.
- No aplican versiones anteriores del Sisbén, solamente el IV.
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Mi Casa Ya es un programa del Gobierno que se ha caracterizado, desde el 2015, por entregar subsidios para la compra de vivienda nueva, por parte de los hogares más vulnerables.
¿Cuáles son los requisitos?
El programa está dirigido a colombianas y colombianos interesados en adquirir vivienda nueva.
Los requisitos son:
- No haber sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda.
- No ser propietarios en el territorio nacional.
- Tener, en el Sisbén IV, una clasificación igual o inferior a D11 para hogares urbanos y D20 para hogares rurales.
¿Cómo es el proceso?
El hogar interesado en acceder a Mi Casa Ya debe buscar en el mercado inmobiliario la vivienda nueva de interés social o prioritario, urbana o rural, de su preferencia, en el proyecto que le llame la atención.
Una vez tome la decisión debe acercarse a la entidad financiera de su elección, a la entidad de economía solidaria o a la caja de compensación familiar que prefiera para tramitar el crédito hipotecario o el leasing habitacional cobijado con la medida.
¿Cuáles son los beneficios de Mi Casa Ya?
Se trata de dos ayudas económicas: en la cuota inicial y en la tasa de interés del crédito.
El subsidio a la cuota inicial por un monto que dependerá del grupo de Sisbén en el que el hogar interesado está clasificado.
En áreas urbanas, los hogares en Sisbén clasificados entre los grupos A1 y C7 reciben un subsidio de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Por su parte, los hogares con una clasificación de Sisbén entre C8 y D11 tendrán un subsidio correspondiente a 20 SMMLV.
En áreas rurales, aquellos con Sisbén entre A1 y C14 reciben un subsidio de 30 SMMLV, mientras que a los que tienen una clasificación de Sisbén entre C15 y D20, se les otorgará un subsidio de 20 SMMLV.
Respecto a la cobertura en la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional, se otorga durante los primeros 7 años para reducir las cuotas mensuales a pagar. El monto también depende del tipo de vivienda adquirida.
Para vivienda de interés prioritario (VIP), la cobertura es de 5 puntos porcentuales (p. p.) sobre la tasa de interés pactada con la entidad financiera, mientras que para la vivienda de interés social (VIS), con un precio mayor a 90 SMMLV, la cobertura representa una reducción de 4 p. p.
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¿Cómo se priorizan los hogares beneficiarios?
Los subsidios se otorgan con una priorización para la población en condiciones especiales de vulnerabilidad y la que está ubicada en zonas rurales y municipios pequeños.
A todo hogar interesado en el programa se le asignará un puntaje, que irá de 0 hasta 100, según sus características y la ubicación del proyecto de vivienda que desea adquirir.
Siempre que haya cupos, los subsidios se entregarán a los hogares de mayor puntaje.
La siguiente tabla muestra los criterios de priorización y los puntajes asignados a cada uno. El puntaje total del hogar será la suma del puntaje que recibe en cada uno de los criterios.
¿Qué pasa con los hogares previamente interesados?
Todos los hogares que actualmente se encuentran en estado ‘Habilitado” se denominarán “Interesado”. Esta condición tendrá vigencia hasta el 30 marzo de 2024.
Pasado este tiempo, el registro se anulará, y el hogar podrá postularse otra vez con un nuevo registro. Solo se permitirá un registro activo por hogar.
Las asignaciones se realizarán a hogares en estado “Interesado” que cumplan con los requisitos del programa. A partir del 1.° de abril, se aceptarán nuevas postulaciones de manera permanente.
Para que el hogar sea incluido en el estado “Interesado”, debe cumplir con el requisito de Sisbén. Por eso, si no cuenta con clasificación en el Sisbén, debe adelantar las gestiones para ello.
Transcurrido un año, si el hogar no continúa el proceso, su registro se anulará y tendrá que postularse de nuevo.
La postulación al programa debe realizarse en una plataforma dispuesta por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
¿Qué puede hacer si no está registrado en Sisbén IV?
- Verifique si ya cuenta con la clasificación de Sisbén IV en la página web: https://www.sisben.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.aspx.
- Si efectivamente no se encuentra en la base de Sisbén IV, solicite que le realicen la encuesta del Sisbén. Podrá encontrar la información de contacto de su municipio en la página https://www.sisben.gov.co/Paginas/oficinas-regionales.aspx.
- No aplican versiones anteriores del Sisbén, solamente el IV.
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