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En el mes de diciembre los colombianos que se encuentran contratados formalmente por una empresa se preparan para recibir la denominada “prima navideña”. Esta es reconocida por ser un porcentaje añadido al salario ya establecido que recibe un empleado.
Los trabajadores anualmente reciben una sola prima, la cual equivale a un salario mensual. Sin embargo, lo que sucede es que dicho valor adicional se debe pagar en dos partes, el primer 50 % en junio y el 50 % restante en diciembre.
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La abogada María Angélica Ramírez en una entrevista con el diario La República recalcó varios puntos a tener en cuenta sobre los condicionales contractuales de un empleado, “Todas las personas que están vinculadas mediante un contrato de trabajo, independientemente de que sea fijo, indefinido, por obra, o labor (deben recibir prima)”.
La abogada añadió de igual forma que quienes actualmente tienen derecho a esa prestación social son las personas que tienen contratos laborales, “sin importar que este contrato esté por escrito o no”, mencionó la abogada.
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Cuánto es la prima de diciembre de un salario mínimo
Calcular el equivalente a la “prima navideña” no es complicado. Inicialmente cabe recalcar que este valor equivale al total de un salario mensual que reciba la persona y se paga en añadido al sueldo común y corriente.
El salario mínimo es de $1´160.000. La prima es el mismo valor que el empleado recibe como sueldo, lo que quiere decir que sería $1´600.000. Dicha cantidad se debe dividir en dos, debido a que la mitad de esta se entrega en junio y el restante en diciembre.
Teniendo en cuenta lo anterior, si se dividió el valor de la prestación en las dos partes del año, el empleado deberá recibir en diciembre $580.000, adicional al salario correspondiente. En caso de no haber recibido el porcentaje en junio, el empleado tendrá derecho de exigir para diciembre el valor total de dos salarios, uno como sueldo del mes y el otro como prima).