Prima extralegal en Colombia: ¿de cuánto es y quiénes la reciben?
Este beneficio no es obligatorio y los montos y fechas deben pactarse entre el empleado y empleador.
Los trabajadores formales reciben una prima anual, la cual equivale a un salario mensual que se debe pagar en dos partes: 50 % en junio y 50 % durante los primeros 20 días de diciembre. Además, hace parte de las obligaciones que tienen los empleadores como el salario, las cesantías, las vacaciones, entre otras.
Durante este mes, los empleados reciben la prima de servicios, o más conocida como la prima de diciembre, que es la retribución que hace la empresa o empleado por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador. Dicha prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos a este tiempo.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, la prima de servicios se reconoce tanto a empleados públicos como privados. “Para el caso de los empleados públicos, existen primas adicionales otorgadas por diversas situaciones. Para el caso de los empleados privados, no se puede confundir esta prima con las bonificaciones, ya que estas últimas son fijadas autónomamente por el empleador, distinto a la prima de servicios, que es una obligación legal”, establece la cartera.
Sin embargo, hay otros beneficios que no son obligatorios y no están regulados por el Código Sustantivo del Trabajo, como la prima extralegal, que se trata de un acuerdo entre el empleado y el empleador para recibir un dinero adicional. El incentivo opcional que recibe el empleado depende de los términos establecidos entre las dos partes. Sin embargo, la cantidad y las fechas deben quedar claras en el contrato.
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Los trabajadores formales reciben una prima anual, la cual equivale a un salario mensual que se debe pagar en dos partes: 50 % en junio y 50 % durante los primeros 20 días de diciembre. Además, hace parte de las obligaciones que tienen los empleadores como el salario, las cesantías, las vacaciones, entre otras.
Durante este mes, los empleados reciben la prima de servicios, o más conocida como la prima de diciembre, que es la retribución que hace la empresa o empleado por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador. Dicha prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos a este tiempo.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, la prima de servicios se reconoce tanto a empleados públicos como privados. “Para el caso de los empleados públicos, existen primas adicionales otorgadas por diversas situaciones. Para el caso de los empleados privados, no se puede confundir esta prima con las bonificaciones, ya que estas últimas son fijadas autónomamente por el empleador, distinto a la prima de servicios, que es una obligación legal”, establece la cartera.
Sin embargo, hay otros beneficios que no son obligatorios y no están regulados por el Código Sustantivo del Trabajo, como la prima extralegal, que se trata de un acuerdo entre el empleado y el empleador para recibir un dinero adicional. El incentivo opcional que recibe el empleado depende de los términos establecidos entre las dos partes. Sin embargo, la cantidad y las fechas deben quedar claras en el contrato.
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