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Publican para comentarios decreto que daría paso al Registro Universal de Ingresos

De acuerdo con el Departamento Nacional de Planeación, con el RUI las diferentes entidades del país podrán contar con información más completa al momento de focalizar sus programas y hacer más eficiente el gasto social. Esta sería la fecha de su implementación.

03 de enero de 2024 - 07:11 p. m.
Foto de referencia. / Cortesía Alcaldía de Cartagena
Foto de referencia. / Cortesía Alcaldía de Cartagena
Foto: Alcaldía de Cartagena

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) publicó para comentarios el decreto sobre la creación del Registro Universal de Ingresos (RUI) con el que se busca actualizar la información de las condiciones económicas y sociales de los colombianos a través del Registro Social de Hogares.

El proyecto de decreto busca determinar el proceso de transición del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) al RUI “como único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social”, se lee en el texto.

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El Registro Universal de Ingresos tiene como propósito contar con la información de las condiciones de vida y niveles de ingreso de todos los hogares del país, y con ello determinar el acceso a subsidios. Para el DNP, este mecanismo permitirá a las entidades del país contar con información más completa a la hora de decidir a quién beneficiarán sus programas sociales.

Lo anterior se hará a través del Registro Social de Hogares, una herramienta que mejorará la focalización de los subsidios en el país. Cuenta con 28 bases de datos nacionales y 1.832 bases de datos territoriales, para identificar y caracterizar a los hogares y reconocer la oferta social que reciben las familias, precisa información de Planeación Nacional. A la fecha, el Registro Universal de Hogares tiene más de 33 millones de registros.

“El Registro Social de Hogares es un paso hacia el Registro Universal de Ingresos, contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo”, manifestó Jorge Iván González, director del DNP.

Vale la pena mencionar que en el país la clasificación por estratos ha resultado insuficiente para entregar los subsidios, pues es sabido que las condiciones socioeconómicas de la población varían de un hogar a otro y, muchas veces, la zona donde habita una familia no es un indicador de su calidad de vida.

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En agosto de este año, el director del Departamento Nacional de Planeación (DNP), Jorge Iván González, señaló que por lo menos 3,5 millones de hogares están recibiendo subsidios por servicios públicos domiciliarios sin que sean pobres o vulnerables. “La estratificación ha mostrado sus limitaciones intrínsecas y, por tanto, se debe ir eliminando”, señaló en su momento el director del DNP.

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¿Cómo se hará la transición del Sisbén al RUI?

El borrador de decreto también contempla establecer los lineamientos de los procesos operativos y técnicos para la información autodeclarada, con las cuales será posible identificar y estimar el ingreso per cápita de la población identificada en el Registro Social de Hogares.

Para esta fase, según el documento, se requiere de la gestión de la información a nivel nacional y local de manera articulada con la entidades nacionales y territoriales. Esta fase iniciará a partir la expedición del presente decreto y finalizará el segundo semestre de 2025.

En la fase en la que se analizará y determinará el método de ordenamiento y clasificación del Registro Universal de Ingresos se realizarán pruebas piloto, que iniciarán a más tardar el primer semestre de 2024 y finalizarán en el segundo semestre de 2025.

La fase de la adopción del RUI se haría en el segundo semestre de 2025 y finalizando el primer semestre de 2026. “De manera transversal a todas las fases, el Departamento Nacional de Planeación realizará estrategias de pedagogía, comunicación y sensibilización frente al proceso completo y cada una de las fases”, se lee en el documento.

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Raúl(55204)06 de enero de 2024 - 11:05 p. m.
El Decreto solo deroga dos artículos del registro social de hogares, no derega ninguno de los artículos de ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMCA de la Ley 142 de 994
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