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¿Puede acceder a la pensión de 1.300 semanas si no cumple con la edad mínima?

Legalmente, la edad establecida para pensionarse en Colombia es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, y se deben cotizar 1.300 semanas de trabajo, que son aproximadamente 25 años.

22 de junio de 2023 - 07:35 p. m.
Cuando una persona empieza a cotizar desde muy joven puede ocurrir que cotice más de las 1.300 semanas mientras cumple con la edad establecida.
Cuando una persona empieza a cotizar desde muy joven puede ocurrir que cotice más de las 1.300 semanas mientras cumple con la edad establecida.
Foto: Getty Images/iStockphoto - MicrovOne
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Para tener derecho la pensión de vejez es preciso cumplir dos requisitos: cumplir con la edad y con el tiempo mínimo de cotización. En Colombia, la edad es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, y un tiempo de cotización de 1.300 semanas para ambos. Sin embargo, en algunas ocasiones, se tienen las semanas cotizadas, pero no la edad.

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En estos casos, el afiliado puede seguir cotizando hasta completar la edad o dejar de cotizar y esperar a cumplir la edad, teniendo en cuenta algunas consideraciones. El afiliado a Colpnesiones, entidad encargada de administrar y gestionar el fondo público de pensiones en el país, puede seguir cotizando más semanas para incrementar el monto de su pensión.

El afiliado tendrá derecho a pensionarse con el 65% del ingreso base de liquidación (IBL). Desde 2005, se estableció que por cada 50 semanas adicionales el porcentaje aumenta en 1.5%, con un tope de 80%. Es decir, entre más semanas cotice mejor será el monto que recibirá al momento de pensionarse.

Se deben tener en cuenta algunos requisitos antes de pensar en pensionarse al momento de calcular monto que recibirá. En el artículo 34 de la ley 100 de 1993 se establece que el monto de la pensión no puede superar el 80% del IBL, y ese se alcanza con 1.800 semanas cotizadas. Si se cotiza un número mayor a estas, la tasa de reemplazo se mantendrá en ese porcentaje.

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Cotizar más de las 1.800 semanas no tendría sentido alguno, ya que este exceso en los aportes para pensión no tendrían ningún efecto en la mesada que reciba una vez se cumplan con todos los requisitos para acceder a este dinero.

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Las personas afiliadas a los fondos de pensiones privados podrán hacer aportes voluntarios a su pensión, lo que significa un aumento en la mesada pensional al momento de recibirla. Este dinero también se podrá reclamar antes de cumplir la edad, solamente si se tiene un colchón de seguridad o fondo de emergencia suficiente para que la liquidación se acredite.

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Rivas(7913)24 de junio de 2023 - 03:46 p. m.
Para cualquiera que se pensione con más de un salario mínimo, es imposible obtener una tasa de remplazo del 80 %, así haya aportado 1.800 semanas.
humberto jaramillo(12832)22 de junio de 2023 - 10:09 p. m.
no se respondió directamente a la pregunta que formulaba el título del artículo. Si se necesita haber completado la edad.
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