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                                                                                                                                ¿Puede acceder a la pensión de 1.300 semanas si no cumple con la edad mínima?

                                                                                                                                Legalmente, la edad establecida para pensionarse en Colombia es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, y se deben cotizar 1.300 semanas de trabajo, que son aproximadamente 25 años.

                                                                                                                                Cuando una persona empieza a cotizar desde muy joven puede ocurrir que cotice más de las 1.300 semanas mientras cumple con la edad establecida.
                                                                                                                                Foto: Getty Images/iStockphoto - MicrovOne
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le recomendamos: Banco de la República lanza nueva moneda conmemorativa: conozca cómo adquirirla

                                                                                                                                En estos casos, el afiliado puede seguir cotizando hasta completar la edad o dejar de cotizar y esperar a cumplir la edad, teniendo en cuenta algunas consideraciones. El afiliado a Colpnesiones, entidad encargada de administrar y gestionar el fondo público de pensiones en el país, puede seguir cotizando más semanas para incrementar el monto de su pensión.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Se deben tener en cuenta algunos requisitos antes de pensar en pensionarse al momento de calcular monto que recibirá. En el artículo 34 de la ley 100 de 1993 se establece que el monto de la pensión no puede superar el 80% del IBL, y ese se alcanza con 1.800 semanas cotizadas. Si se cotiza un número mayor a estas, la tasa de reemplazo se mantendrá en ese porcentaje.

                                                                                                                                Le puede interesar: Pagos digitales siguen al alza y cada vez hay menos oficinas de bancos en Colombia

                                                                                                                                Cotizar más de las 1.800 semanas no tendría sentido alguno, ya que este exceso en los aportes para pensión no tendrían ningún efecto en la mesada que reciba una vez se cumplan con todos los requisitos para acceder a este dinero.

                                                                                                                                Las personas afiliadas a los fondos de pensiones privados podrán hacer aportes voluntarios a su pensión, lo que significa un aumento en la mesada pensional al momento de recibirla. Este dinero también se podrá reclamar antes de cumplir la edad, solamente si se tiene un colchón de seguridad o fondo de emergencia suficiente para que la liquidación se acredite.

                                                                                                                                💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

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                                                                                                                                Foto: Getty Images/iStockphoto - MicrovOne
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le recomendamos: Banco de la República lanza nueva moneda conmemorativa: conozca cómo adquirirla

                                                                                                                                En estos casos, el afiliado puede seguir cotizando hasta completar la edad o dejar de cotizar y esperar a cumplir la edad, teniendo en cuenta algunas consideraciones. El afiliado a Colpnesiones, entidad encargada de administrar y gestionar el fondo público de pensiones en el país, puede seguir cotizando más semanas para incrementar el monto de su pensión.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Se deben tener en cuenta algunos requisitos antes de pensar en pensionarse al momento de calcular monto que recibirá. En el artículo 34 de la ley 100 de 1993 se establece que el monto de la pensión no puede superar el 80% del IBL, y ese se alcanza con 1.800 semanas cotizadas. Si se cotiza un número mayor a estas, la tasa de reemplazo se mantendrá en ese porcentaje.

                                                                                                                                Le puede interesar: Pagos digitales siguen al alza y cada vez hay menos oficinas de bancos en Colombia

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                                                                                                                                Las personas afiliadas a los fondos de pensiones privados podrán hacer aportes voluntarios a su pensión, lo que significa un aumento en la mesada pensional al momento de recibirla. Este dinero también se podrá reclamar antes de cumplir la edad, solamente si se tiene un colchón de seguridad o fondo de emergencia suficiente para que la liquidación se acredite.

                                                                                                                                💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

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