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¿Qué debe llevar la caja de herramientas del carro para que no lo multen?

No portar adecuadamente los equipos de prevención y seguridad le puede acarrear una multa de medio salario mínimo. Verifique si en su carro lleva todos los elementos incluidos en este artículo.

10 de junio de 2024 - 02:00 p. m.
No basta con tener la caja de herramientas completa. También debe cumplir con todos los demás artículos que menciona el Código Nacional de Tránsito.
No basta con tener la caja de herramientas completa. También debe cumplir con todos los demás artículos que menciona el Código Nacional de Tránsito.
Foto: Óscar Pérez
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Muchos se preguntan sobre cuál es el equipamiento que se debe portar en un vehículo para estar en regla con lo que indica la normativa. Aunque, a decir verdad, muchos de los que habitualmente se llevan son opcionales, el Código Nacional de Tránsito establece una lista de por lo menos nueve que no pueden faltar.

Estos se encuentran en el Artículo 30 la ley 769 de 2002 y son descritos como “Equipos de prevención y seguridad”.

Puntualmente, en la caja de herramienta básica, el código establece que como mínimo se debe contar con un alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.

Pero cuidado, porque aunque tenga estos todos elementos, si le falta uno o varios de los que acompañan el listado de los equipos de prevención y seguridad, la autoridad de tránsito le podría imponer un comparendo o multa.

Este es el listado completo

  1. Un gato con la capacidad de elevar el vehículo
  2. Una cruceta
  3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello
  4. Botiquín de primeros auxilios
  5. Extintor
  6. Dos tacos para bloquear el vehículo
  7. Caja de herramienta básica que como mínimo debe tener:
    1. Alicate
    2. Destornilladores
    3. Llave de expansión
    4. Llaves fijas
  8. Llanta de repuesto
  9. Linterna

Lea también: Llanta de repuesto: estos son los vehículos que no están obligados a llevarla.

Note que aunque dice destornilladores, no especifica de qué tipo; al igual que en el botiquín. Para el primer caso se recomienda que se tenga por lo menos uno de estrella y otro de pala, que son los básicos. Para el segundo, se recomiendan elementos que permitan brindar primeros auxilios (gasas, guantes de látex, vendas, algodón, curitas, microporo y agua).

No llevar uno o varios de los elementos descritos en el listado de equipos de prevención y seguridad puede acarrear al infractor una multa del tipo C11, la cual equivale a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que, para 2024 se traduce en $650.000.

Si le imponen un comparendo, y usted reconoce la comisión de la infracción, recuerde que puede acceder hasta al 50 % de descuento realizando el curso de seguridad vial que dictan las autoridades de tránsito en cada ciudad o municipio, siempre y cuando cumpla con los plazos de tiempo establecidos para el mismo.

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Régulo(jk5ek)25 de junio de 2024 - 04:02 p. m.
Nada de ello debe ser obligatorio, todo debería ser opcional. Se presta para corrupción. La obligación la tienen los concesionarios de carreteras, para eso se pagan los peajes.
Jorge(09052)11 de junio de 2024 - 12:17 a. m.
Para que servirá un maletín de primeros auxilios peloteando en el polvoriento baúl de un carro cuando nadie que no sea paramédico certificado puede intervenir en un accidente?, o será una gabela para que los agentes "cuadren" su salario?.
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