¿Qué pasa con el SOAT si vendo el carro o la moto?
Le explicamos qué sucede con la póliza cuando el vehículo cambia de propietario.
El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) tiene la finalidad de que se garantice la atención integral a las víctimas de accidentes de tránsito (conductores, pasajeros o peatones).
Como su nombre lo indica, este es de carácter obligatorio y no tenerlo conlleva a una multa por 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (que en 2024 equivale a $1.300.000), así como la inmovilización del vehículo. Aún con todo esto, el SOAT sigue representando un alto índice de evasión, especialmente entre los conductores de motocicletas pues, según cifras manejadas por Fasecolda, solo el 39 % de estas tiene una póliza vigente.
Dada la importancia que tiene este seguro, es normal que el propietario o comprador de un vehículo se pregunte sobre qué pasa con este cuando cambia de dueño.
Para entender la respuesta hay que tener en cuenta que en un contrato de seguros existen varios actores. Para este caso puntual está el tomador, que es quien contrata el seguro con la aseguradora y realiza el pago de la prima. Pero también está o están los beneficiarios, que son las víctimas que reciben la atención.
Lea también: Indemnización por accidente de tránsito: de cuánto es y cómo solicitarla
En este último también podría entrar el propietario o conductor del vehículo pues, así no salga herido, mediante el seguro traslada el riesgo de estos accidentes a la aseguradora, para que esta responda por la atención (que no solo incluye la de traslado a centros de salud, sino también el de los tratamientos e indemnizaciones).
Recordar que el SOAT solo brinda cobertura a personas. Este no ampara, por ejemplo, los daños que sufra el vehículo del propietario o el de otra persona tras un accidente.
Le uede interesar: ¿Cómo descargar el SOAT de moto o carro desde el celular?
En suma, el SOAT brinda un amparo a los accidentes de tránsito que se puedan derivar de la conducción del vehículo que está cubierto por la póliza, indiferentemente de quién es el conductor o dueño del mismo. Es decir, en primera instancia este seguro lo debe adquirir el dueño del mismo, pero el tomador también puede ser un familiar, amigo o persona que tenga algún vínculo o interés con este.
Con esto claro, no pasa nada con el SOAT cuando se vende la moto o el carro al que ampara. La póliza seguirá vigente hasta la fecha estipulada (recordar que la vigencia es de un año), por lo que al acercarse el vencimiento de la misma, el nuevo propietario tendrá que contratar, con una aseguradora, la renovación de la misma.
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El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) tiene la finalidad de que se garantice la atención integral a las víctimas de accidentes de tránsito (conductores, pasajeros o peatones).
Como su nombre lo indica, este es de carácter obligatorio y no tenerlo conlleva a una multa por 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (que en 2024 equivale a $1.300.000), así como la inmovilización del vehículo. Aún con todo esto, el SOAT sigue representando un alto índice de evasión, especialmente entre los conductores de motocicletas pues, según cifras manejadas por Fasecolda, solo el 39 % de estas tiene una póliza vigente.
Dada la importancia que tiene este seguro, es normal que el propietario o comprador de un vehículo se pregunte sobre qué pasa con este cuando cambia de dueño.
Para entender la respuesta hay que tener en cuenta que en un contrato de seguros existen varios actores. Para este caso puntual está el tomador, que es quien contrata el seguro con la aseguradora y realiza el pago de la prima. Pero también está o están los beneficiarios, que son las víctimas que reciben la atención.
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En este último también podría entrar el propietario o conductor del vehículo pues, así no salga herido, mediante el seguro traslada el riesgo de estos accidentes a la aseguradora, para que esta responda por la atención (que no solo incluye la de traslado a centros de salud, sino también el de los tratamientos e indemnizaciones).
Recordar que el SOAT solo brinda cobertura a personas. Este no ampara, por ejemplo, los daños que sufra el vehículo del propietario o el de otra persona tras un accidente.
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En suma, el SOAT brinda un amparo a los accidentes de tránsito que se puedan derivar de la conducción del vehículo que está cubierto por la póliza, indiferentemente de quién es el conductor o dueño del mismo. Es decir, en primera instancia este seguro lo debe adquirir el dueño del mismo, pero el tomador también puede ser un familiar, amigo o persona que tenga algún vínculo o interés con este.
Con esto claro, no pasa nada con el SOAT cuando se vende la moto o el carro al que ampara. La póliza seguirá vigente hasta la fecha estipulada (recordar que la vigencia es de un año), por lo que al acercarse el vencimiento de la misma, el nuevo propietario tendrá que contratar, con una aseguradora, la renovación de la misma.
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