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Cifras manejadas por la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) indican que, con corte a diciembre de 2023, tan solo el 39 % de las 11,5 millones de motocicletas que hay en el país cuentan con una póliza vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
En otras palabras, la evasión de este seguro (que es obligatorio) está presente en más de siete millones de motocicletas en el país. De allí que desde el Gobierno se haya intentado implementar una serie de estímulos para reducir este indicador (como la reducción de su precio), pero hasta la fecha esto no ha sido suficiente.
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El llamado sigue siendo a tener la póliza del SOAT vigente, pues este seguro brinda una cobertura a los gastos que se deriven de los daños corporales que se puedan presentar en un accidente de tránsito, así como los relacionados a la muerte de una o varias de las personas que hayan resultado implicadas.
Además de que tener el SOAT vencido lo expone a un comparendo de un salario mínimo, así como la inmovilización del vehículo.
Teniendo claro lo anterior, son muchas las preguntas que surgen sobre la adquisición del SOAT, como en dónde se puede comprar y quién lo puede comprar.
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Para dar respuesta a esta última interrogante hay que entender quiénes son las partes de un seguro.
Por un lado está el tomador:la persona que contrata el seguro.
Por el otro está el asegurado: la persona que tiene el interés asegurable.
Y, por último, está el beneficiario: quien recibe la indemnización.
Para el caso del SOAT, el tomador y el asegurado pueden ser la misma persona, es decir, el propietario del vehículo. Pero también pueden ser diferentes.
Para poner un ejemplo. Pedro le regaló a su hijo Thomás una moto, y a esta le incluyó el seguro del SOAT.
En este caso, Pedro por ser la persona que contrató el seguro es el tomador del mismo; mientras que Thomas, su hijo, el asegurado, por ser quien posee el vehículo que tiene el SOAT activo.
Tiempo después Thomás tuvo un accidente de tránsito, en el que resultaron heridas dos personas. Para efectos de la póliza, estas últimas se consideran beneficiarias, al recibir los pagos derivados de sus gastos médicos.
Respondiendo entonces a la pregunta “¿Qué pasa si el SOAT de la moto está a nombre de otra persona diferente al dueño?”, la respuesta es que no pasa nada, ya que el seguro cubrirá los daños personales que se deriven de un eventual accidente de tránsito en el que el vehículo se encuentre implicado, sin importar quién sea su propietario o conductor.
Tampoco será objeto de comparentos ni inmovilización, pues el mismo tiene el SOAT activo, independientemente de quién lo haya comprado (contratado).
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