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La prima de servicios es un beneficio económico que debe recibir dos veces al año: antes del 30 de junio y antes del 20 de diciembre. Este pago, obligatorio por ley, corresponde a 15 días de salario por cada semestre trabajado y aplica a todas las personas que tienen un contrato laboral formal.
En el caso de los servidores públicos, la prima de Navidad debe pagarse en los primeros 15 días de diciembre, calculada con base en el salario devengado al 30 de noviembre o el promedio mensual si este es variable.
Sin embargo, si su empresa no cumple con este pago, las consecuencias legales pueden ser mucho más severas que el propio monto adeudado.
Sanciones por no pagar la prima
- Multas administrativas: El Ministerio de Trabajo puede imponer multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
- Sanción moratoria: Por cada día de retraso en el pago de la prima, la empresa deberá pagar un día adicional de salario al trabajador afectado.
- Cierre definitivo del negocio: En casos de incumplimientos graves o reincidencia, las autoridades laborales podrían ordenar el cierre de la empresa.
¿Se puede aplazar el pago?
Los plazos establecidos por la ley son claros y no permiten acuerdos para aplazar o diferir el pago de la prima. Hacerlo podría acarrear las mismas sanciones ya mencionadas, sin importar el motivo del retraso.
Cumplir con la prima no es opcional. Este derecho protege a los trabajadores y también evita que su empresa enfrente sanciones que pongan en riesgo su estabilidad. Si tiene dudas, asegúrese de cumplir con los tiempos y las normas establecidas.
Calcule la prima de fin de año
El cálculo es sencillo:
- Prima de servicios = (Días trabajados x Salario mensual) ÷ 360
Por ejemplo, si un empleado trabajó 180 días y gana un salario mensual de $2.000.000, su prima sería: (180 x $2.000.000) ÷ 360 = $1.000.000
Este monto corresponde al tiempo trabajado en el semestre y debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre.
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