Subsidio de desempleo 2022: ¿Cuáles son los requisitos para aplicar?
El beneficio incluye los aportes al sistema de salud y pensión y la cuota monetaria del subsidio familiar. ¿De cuánto es el subsidio? Aquí le contamos.
Desde marzo de 2020, el Gobierno estableció que los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes podrán postularse al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante mientras permanezca el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarada a causa de la pandemia del coronavirus.
Como el Estado de Emergencia sigue vigente, los interesados pueden aplicar este 2022 y el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo también estableció un auxilio adicional correspondiente a una transferencia económica equivalente a 2 SMMLV durante 3 meses (artículo 6 del decreto 488 de 2020), lo que equivale a $2.000.000 para este año.
De acuerdo con Mintrabajo, el beneficio también ampara a las personas que no reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
Lea también: Misión Empleo: mercado laboral necesita no una, sino varias reformas estructurales
La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante con la finalidad de mitigar los efectos del desempleo de los trabajadores y así facilitar la reincorporación al mercado laboral. El mecanismo incluye los aportes al sistema de salud y pensión y cuota monetaria del subsidio familiar.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar al subsidio?
1. Según Mintrabajo, que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o no tenga ninguna fuente de ingresos.
2. Debe haber realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes.
3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
4. Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno.
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5. Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de las cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10 % del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25 %.
6. El postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos en caso de independientes.
7. Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar.
Mintrabajo también aclaró que los cesantes que reciban el subsidio lo podrán perder si obtienen “una fuente directa de ingresos o realizan una actividad remunerada o si el aspirante se postula a más de una “Caja de Compensación Familiar para recibir el beneficio o si lo recibió a través de engaño o simulación”.
Desde marzo de 2020, el Gobierno estableció que los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes podrán postularse al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante mientras permanezca el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarada a causa de la pandemia del coronavirus.
Como el Estado de Emergencia sigue vigente, los interesados pueden aplicar este 2022 y el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo también estableció un auxilio adicional correspondiente a una transferencia económica equivalente a 2 SMMLV durante 3 meses (artículo 6 del decreto 488 de 2020), lo que equivale a $2.000.000 para este año.
De acuerdo con Mintrabajo, el beneficio también ampara a las personas que no reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
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La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante con la finalidad de mitigar los efectos del desempleo de los trabajadores y así facilitar la reincorporación al mercado laboral. El mecanismo incluye los aportes al sistema de salud y pensión y cuota monetaria del subsidio familiar.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar al subsidio?
1. Según Mintrabajo, que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro o no tenga ninguna fuente de ingresos.
2. Debe haber realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes y dos años, continuos o discontinuos, para los independientes.
3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.
4. Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno.
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5. Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de las cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10 % del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes devenguen más de 2 SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25 %.
6. El postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos en caso de independientes.
7. Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar.
Mintrabajo también aclaró que los cesantes que reciban el subsidio lo podrán perder si obtienen “una fuente directa de ingresos o realizan una actividad remunerada o si el aspirante se postula a más de una “Caja de Compensación Familiar para recibir el beneficio o si lo recibió a través de engaño o simulación”.