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La Superintendencia Financiera es la entidad encargada de establecer el monto máximo de intereses que puede cobrar una entidad bancaria por un préstamo, es decir, la tasa de usura.
Por eso, expidió la Resolución 0150 de 2024 por medio de la cual se certifica el Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.
💳 Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito, entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, se certifica en 23,31 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 29 de febrero de 2024.
La nueva certificación representa una disminución de 1 punto básico (-0,01 %) frente a la vigente en enero de 2024 (23,32 %).
💳 Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito, entre las semanas con corte del 29 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:
Modalidad | Efectivo anual |
---|---|
Crédito productivo de mayor monto | 27,66 % |
Crédito productivo rural | 29,34 % |
Crédito productivo urbano | 36,34 % |
Crédito popular productivo rural | 43,45 % |
Crédito popular productivo urbano | 46,82 % |
💳 Tasas de usura
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y para determinar cuándo se trata de usura. Esto es un delito dentro del Código Penal.
Esto hace referencia a todo “el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Bancaria”, dice el artículo 305.
De acuerdo con la Superfinanciera, para febrero de 2024 la tasa de usura será de 34,97 %, lo que representa una ligera reducción en comparación con la cifra de enero (34,98 %).
Modalidades de crédito | Interés remuneratorio y de mora (efectivo anual) | Usura (efectivo anual) |
---|---|---|
Crédito de consumo y ordinario | 34,97 % | 34,97 % |
Crédito productivo de mayor monto | 41,49 % | 41,49 % |
Crédito productivo rural | 44,01 % | 44,01 % |
Crédito productivo urbano | 54,51 % | 54,51 % |
Crédito popular productivo rural | 65,18 % | 65,18 % |
Crédito popular productivo urbano | 70,23 % | 70,23 % |
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