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                                                                                                                                Gobierno expide circular para regular días sin IVA: ventas serían virtuales

                                                                                                                                Los gobiernos locales deben decidir si las ventas de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones se harán exclusivamente por canales virtuales el próximo 3 y 19 de julio.

                                                                                                                                Así se vive el Día sin IVA en las ciudades.

                                                                                                                                En manos de los alcaldes y los gobernadores quedó la responsabilidad de suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones durante los días sin IVA. Así lo establece una circular externa (72 de 2020) de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y del Interior.

                                                                                                                                Le recomendamos: ¿Las bondades de los días sin IVA?

                                                                                                                                A través de la norma, el Gobierno hace un llamado a los mandatarios locales para que en el marco de sus competencias constitucionales y legales hagan respetar las medidas sanitarias preventivas y de control que se vienen implementando en el marco de la emergencia por el COVID-19 el próximo 3 y 19 de julio, jornadas del día sin IVA.

                                                                                                                                Del mismo modo, para evitar aglomeraciones y/o congestión de las plataformas virtuales, las autoridades territoriales podrán fijar franjas horarias para la comercialización de determinados productos y objetos, establecer horarios por género o cédula para los compradores o permitir la operación de los establecimientos comerciales 24 horas.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                También será responsabilidad de los gobiernos locales asegurarse de que los comerciantes, que ejerzan la actividad económica relativa a otros bienes cubiertos (insumos para el agro, ropa, juguetes, artículos deportivos y demás), cumplan en sus establecimientos los protocolos expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en materia de bioseguridad, procedimientos de inscripción, seguimiento y demás requisitos determinados para garantizar la seguridad y el adecuado distanciamiento social de los compradores.

                                                                                                                                En caso contrario, deberán imponer de manera inmediata las sanciones a las que haya lugar por su incumplimiento, como el cierre del establecimiento.

                                                                                                                                En total son 12 disposiciones encaminadas a evitar aglomeraciones. La circular hace un llamado a las autoridades territoriales a promover la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad, el mantenimiento de las distancias seguras entre las personas, así como “a insistir en la importancia del autocuidado y disciplina personal de la ciudadanía ante las actuaciones que pongan en peligro la vida y salud de las personas”.

                                                                                                                                La ministra del Interior, Alicia Arango Olmos, explicó que “considerando las medidas de prevención y contención tomadas por el Gobierno nacional y previa evaluación de los riesgos particulares y capacidad de atención de la transmisibilidad del Coronavirus COVID-19, es preciso que las autoridades locales adopten medidas extraordinarias, estrictas y urgentes complementarias a las dictadas, con el fin de garantizar que las personas que convergen en los establecimientos de comercio considerados de grandes superficies eviten las aglomeraciones y propaguen el coronavirus”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Finalmente, la circular advierte que el Ministerio de Salud y Protección Social podrá emitir restricciones adicionales para el desarrollo de la jornada del día sin IVA, en los departamentos y/o municipios considerados como altamente afectados por el COVID-19.

                                                                                                                                La circular, de fecha 28 de junio, indica que las medidas se toman “teniendo en cuenta el comportamiento de los ciudadanos en la primera jornada del día sin IVA, así como la evidencia y recomendaciones entregadas  por el Ministerio de Salud, los Ministerios del Interior y de  Comercio,  Industria  y Turismo”.

                                                                                                                                Así se vive el Día sin IVA en las ciudades.

                                                                                                                                En manos de los alcaldes y los gobernadores quedó la responsabilidad de suspender la venta presencial de electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones durante los días sin IVA. Así lo establece una circular externa (72 de 2020) de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y del Interior.

                                                                                                                                Le recomendamos: ¿Las bondades de los días sin IVA?

                                                                                                                                A través de la norma, el Gobierno hace un llamado a los mandatarios locales para que en el marco de sus competencias constitucionales y legales hagan respetar las medidas sanitarias preventivas y de control que se vienen implementando en el marco de la emergencia por el COVID-19 el próximo 3 y 19 de julio, jornadas del día sin IVA.

                                                                                                                                Del mismo modo, para evitar aglomeraciones y/o congestión de las plataformas virtuales, las autoridades territoriales podrán fijar franjas horarias para la comercialización de determinados productos y objetos, establecer horarios por género o cédula para los compradores o permitir la operación de los establecimientos comerciales 24 horas.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                También será responsabilidad de los gobiernos locales asegurarse de que los comerciantes, que ejerzan la actividad económica relativa a otros bienes cubiertos (insumos para el agro, ropa, juguetes, artículos deportivos y demás), cumplan en sus establecimientos los protocolos expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en materia de bioseguridad, procedimientos de inscripción, seguimiento y demás requisitos determinados para garantizar la seguridad y el adecuado distanciamiento social de los compradores.

                                                                                                                                En caso contrario, deberán imponer de manera inmediata las sanciones a las que haya lugar por su incumplimiento, como el cierre del establecimiento.

                                                                                                                                En total son 12 disposiciones encaminadas a evitar aglomeraciones. La circular hace un llamado a las autoridades territoriales a promover la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad, el mantenimiento de las distancias seguras entre las personas, así como “a insistir en la importancia del autocuidado y disciplina personal de la ciudadanía ante las actuaciones que pongan en peligro la vida y salud de las personas”.

                                                                                                                                La ministra del Interior, Alicia Arango Olmos, explicó que “considerando las medidas de prevención y contención tomadas por el Gobierno nacional y previa evaluación de los riesgos particulares y capacidad de atención de la transmisibilidad del Coronavirus COVID-19, es preciso que las autoridades locales adopten medidas extraordinarias, estrictas y urgentes complementarias a las dictadas, con el fin de garantizar que las personas que convergen en los establecimientos de comercio considerados de grandes superficies eviten las aglomeraciones y propaguen el coronavirus”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Finalmente, la circular advierte que el Ministerio de Salud y Protección Social podrá emitir restricciones adicionales para el desarrollo de la jornada del día sin IVA, en los departamentos y/o municipios considerados como altamente afectados por el COVID-19.

                                                                                                                                La circular, de fecha 28 de junio, indica que las medidas se toman “teniendo en cuenta el comportamiento de los ciudadanos en la primera jornada del día sin IVA, así como la evidencia y recomendaciones entregadas  por el Ministerio de Salud, los Ministerios del Interior y de  Comercio,  Industria  y Turismo”.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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