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                                                                                                                                  Gobierno pone en cintura a propietarios de ciclomotores

                                                                                                                                  El ministerio de Transporte los obligará a adquirir SOAT, licencia de tránsito tanto para el vehículo como para su conductor y hasta revisión técnico-mecánica.

                                                                                                                                  Redacción Negocios y Economía

                                                                                                                                  Las críticas son constantes porque este tipo de vehículos usan las ciclorrutas. /Cristian Garavito
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Por eso, el Mintransporte, con la Resolución 160 del 2 de febrero de 2017, fue claro y advirtió que “los vehículos automotores de servicio particular tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclos, de combustión interna, eléctricos y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, que ingresen al país o sean fabricados luego de la entrada en vigencia de esta resolución”, por obligación deberán  “ser registrados en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT)”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  1.         Circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Lo cual incluye direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica, entre otros.

                                                                                                                                  2.         No transitar sobre las aceras o andenes, ciclo vías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas.

                                                                                                                                  3.         Los conductores y tripulantes deberán transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas.

                                                                                                                                  4.         Licencia de Tránsito del vehículo.

                                                                                                                                  5.         Seguro obligatorio – SOAT.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  6.         Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

                                                                                                                                  7.         Los conductores de este tipo de vehículos, deberán contar con licencia de conducción como mínimo de la categoría A1".

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Las críticas son constantes porque este tipo de vehículos usan las ciclorrutas. /Cristian Garavito
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Por eso, el Mintransporte, con la Resolución 160 del 2 de febrero de 2017, fue claro y advirtió que “los vehículos automotores de servicio particular tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclos, de combustión interna, eléctricos y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, que ingresen al país o sean fabricados luego de la entrada en vigencia de esta resolución”, por obligación deberán  “ser registrados en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT)”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  1.         Circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad. Lo cual incluye direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica, entre otros.

                                                                                                                                  2.         No transitar sobre las aceras o andenes, ciclo vías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas.

                                                                                                                                  3.         Los conductores y tripulantes deberán transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas.

                                                                                                                                  4.         Licencia de Tránsito del vehículo.

                                                                                                                                  5.         Seguro obligatorio – SOAT.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  6.         Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

                                                                                                                                  7.         Los conductores de este tipo de vehículos, deberán contar con licencia de conducción como mínimo de la categoría A1".

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Por Redacción Negocios y Economía

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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