Guía para entender en qué va la reforma laboral
La iniciativa debe pasar su primer debate, en la Comisión Séptima de la Cámara, para seguir viva en el Congreso. Para este punto restan 26 artículos por ser aprobados. Ya han pasado algunos de los más polémicos.
Cuando comenzó esta semana la reforma laboral era una suerte de muerto viviente entre las varias ambiciones legislativas del Congreso.
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Cuando comenzó esta semana la reforma laboral era una suerte de muerto viviente entre las varias ambiciones legislativas del Congreso.
Después de haberse hundido en su primera presentación al Legislativo, la reforma llevaba detenida prácticamente toda la legislatura actual (excepto por algunos movimientos en diciembre del año pasado), en medio del fracaso de la reforma a la salud y del camino que sí había podido abrirse la pensional (que está corriendo para lograr su último debate, en plenaria de Cámara).
Pero para el martes de esta semana (luego de que la Cámara decidiera no sesionar el lunes festivo), la iniciativa comenzó a tener un movimiento que no había logrado desde finales de 2023.
En tres días de debates la Comisión Séptima de la Cámara ha logrado aprobar 50 de los 98 artículos originales con los que venía la iniciativa en su ponencia positiva.
Pero este jueves sucedió algo que no solo resulta interesante, sino que se da poco por estos días: los representantes afines al Gobierno y los de oposición lograron llegar a un acuerdo para acelerar el trámite y restarle 20 artículos al proyecto (además de otros dos que murieron en la sesión del miércoles).
El acuerdo es notable, si se tiene en cuenta que el proyecto moriría de nuevo si no pasa en este debate en Comisión (el primero después de ser presentado de nuevo al Congreso). En otras palabras, es una especie de salvavidas para una reforma que ha recibido una férrea resistencia en el Legislativo, pero también entre gremios y empresarios.
Así las cosas, el proyecto aún cuenta con unos 24 artículos por ser discutidos y aprobados, lo que no es poca cosa. Pero si la canción sigue con la melodía que ha tenido esta semana, la laboral podría sobrevivir a esta legislatura y hacerlo, además, gracias a un acuerdo entre congresistas de ambos lados del pasillo.
La principal queja desde el lado de las empresas y gremios es que la reforma hace más costosa la contratación formal de personal. En otras palabras, que encarece la formalidad laboral en un mercado dominado por la informalidad.
De acuerdo con los datos más recientes del DANE, un 55,8 % de la fuerza de trabajo en Colombia labora sin las protecciones de ley que brinda un contrato formal.
Según datos de Fenalco, si la reforma se aprueba en su condición actual, esta podría representar 30 % más de costos en nómina para una mipyme.
Otra de las principales quejas del sector empresarial alrededor de la reforma es que no incluye provisiones para la creación de más empleo en el país. De fondo, la iniciativa busca cambiar condiciones laborales, pero no trae medidas para abrir más plazas de trabajo en la economía.
Sin embargo, el contraargumento del Ministerio de Trabajo es que la reforma busca poner a tono al país con normas internacionales y con convenios de la OIT que han sido ratificados por el país. En otras palabras: que son movidas que hay que hacer para elevar la calidad del trabajo formal en Colombia.
Por otra parte, también se critica el argumento alrededor de los costos de la reforma, pues entonces se estaría aceptando que la única forma de sostenimiento de una empresa es a través de la precarización laboral. Y si el escenario es ese, entonces el problema no sería de mercado laboral, sino de productividad, remuneración, márgenes de ganancia, justicia social, entre otros temas.
Lo siguiente le ayudará a entender qué ha pasado con la laboral y qué le queda a la iniciativa para no hundirse nuevamente.
Lo que se ha aprobado
El primer paquete de artículos se aprobó a mediados de diciembre del año pasado, entre los cuales figuran algunos que abordan temas como la jornada ordinaria de trabajo, el establecimiento de límites a la subordinación, garantías para que el estatus migratorio de una persona no sea impedimento para la exigencia de derechos laborales y de seguridad social, así como la inclusión en el Código Sustantivo del Trabajo de las plataformas digitales de reparto.
Además, fue clave la aprobación del artículo 15, que se refiere al trabajo diurno y nocturno, siendo las siete de la noche y las seis de la mañana las horas que separan el uno del otro. También lo fue el artículo 19, en el que se aborda la remuneración del trabajo suplementario y se establece que los recargos en días dominicales y festivos serán del 100 %, y no del 75 %, como se encuentra vigente. Sin embargo, quedó establecido que la implementación de este último se hará de forma progresiva.
En la discusión de esta semana, los representantes a la Cámara de la Comisión pisaron el acelerador a fondo y lograron destrabar gran parte del articulado. Entre los bloques que ya recibieron aprobación hay varios relacionados con las plataformas de reparto, como lo son los que regulan el registro de información y el sistema de riesgo de inscripción, así como la transparencia y utilización de sistemas automatizados. También figuran las definiciones de este tipo de plataformas, así como las modalidades de trabajo en las mismas.
Otro de los paquetes importantes incluyen las contrataciones de artistas y deportistas, en donde se establecen condiciones propias de sus labores, siempre buscando la formalización de un contrato por escrito que garantice el pago de prestaciones sociales. Otros artículos que pasaron sin mayores problemas abordan temas como la licencia de maternidad y paternidad en parejas adoptantes del mismo sexo, protección contra la discriminación de trabajadores por razones de género, estado de embarazo o por profesar alguna religión, así como el auxilio de conectividad, para aquellos que trabajan a distancia.
Uno de los artículos más cuestionados fue el 5, que establece que si un trabajador que se encuentra bajo un contrato a término indefinido quiere renunciar, y no lo informa con por lo menos 30 días de anticipación, podrá ser penalizado con el descuento de su liquidación final, equivalente a los días de incumplimiento de la obligación de preaviso.
Entre los que más celebraron los ponentes están el 24 y el 26, que hablan sobre el contrato de aprendizaje, así como orientaciones para la contratación de estudiantes del Sena (estableció que las empresas que estén obligadas a cumplir con una cuota de aprendizaje, y que no lo hagan, tendrán que pagar al Sena 1,8 salarios mínimos por cada aprendiz que no contraten).
Lo que se eliminó
Este miércoles se eliminaron de la ponencia original el artículo 9, que aborda las sanciones a las que sería sujeto un empleador por la mora en el pago de la liquidación a un empleado tras la terminación del contrato. Y el artículo 10, en el que se habla de la ineficacia del despido discriminatorio.
Este jueves se eliminó un paquete considerable de 20 artículos inmersos en el capítulo de derechos asociativos (los que benefician a los sindicatos). Si bien no se arrancó de tajo todo el articulado pensado en estas organizaciones (algunos que los benefician ya fueron aprobados), el recorte que se le hizo a la laboral en esta materia fue sustancial.
Según lo manifestado por la representante María Fernanda Carrascal, esto se hizo por un acuerdo que se alcanzó con otros representantes de la Comisión, y con la intención de aceitar la discusión para que se pueda pasar a segundo debate. Algunos congresistas manifestaron que de todas maneras se iban a oponer a ese bloque de artículos por ser, aseguran, inconstitucionales. Para ellos, una reforma en esa materia debería pasar por un proyecto de ley estatutario, y no ordinario, como lo es este trámite.
Lo que falta por aprobar
Entre los 26 artículos que faltan por aprobar hay algunos que pueden llegar a ser polémicos en la discusión. Entre estos están los que se refieren a la estabilidad laboral reforzada, con lo que se busca brindar una mayor protección a trabajadores que puedan presentar mayores riesgos de despido (sindicalistas, mujeres en condición de embarazo y prepensionados), el límite de horas al trabajo extra o suplementario, la definición de contratistas y subcontratistas, así como la entrada en vigencia de la ley.
Sobre esto último algunos han sugerido que se amplíe el plazo, para cuando las condiciones macroeconómicas del país sean mejores, pues de hacerlo en el corto o mediano plazo podría resultar contraproducente para el tejido empresarial, según los gremios.
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