Habrá plazo para renovar la matrícula mercantil hasta el 3 de julio
También se extiendió el plazo para la inscripción y renovación en el RUP y para realizar las asambleas ordinarias correspondientes al año 2019.
Redacción Economía.
Después de que varios sectores lo solicitaran y con el propósito de reducir los impactos económicos por la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19 para el sector empresarial, el gobierno amplió el plazo previsto para la renovación del registro mercantil, la afiliación a las cámaras de comercio y otros registro del el Registro Único Empresarial y Social (RUES) hasta el próximo 3 de julio de 2020.
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Cabe recordar que el plazo para la renovación de la matricula mercantil vencía el 31 de marzo, sin embargo, a la fecha sólo se han tramitado el 40 % de los registros, de acuerdo con Confecámaras.
La medida, reglamentada en el decreto 434 de 2020, busca evitar la congregación de personas en las Cámaras de Comercio. También extiende el plazo para realizar las asambleas ordinarias correspondientes al año 2019 hasta los 20 días hábiles siguientes a la finalización de la emergencia.
Igualmente, la reglamentación estableció que hasta el 5 de julio de 2020 se podrá hacer la inscripción y renovación en el Registro Único de Proponentes (RUP). Esta medida cobija a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en procesos de contratación con entidades estatales.
“El Gobierno Nacional atiende el llamado de los empresarios y Confécamaras de extender el plazo para renovar los registros mercantiles y otro trámites, con el fin de evitar las aglomeraciones de personas que acuden a cumplir con este requisito en las sedes de las distintas cámaras de comercio”, señaló el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo.
* Estamos cubriendo de manera responsable esta pandemia, parte de eso es dejar sin restricción todos los contenidos sobre el tema que puedes consultar en el especial sobre Coronavirus.
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La medida, reglamentada en el decreto 434 de 2020, busca evitar la congregación de personas en las Cámaras de Comercio. También extiende el plazo para realizar las asambleas ordinarias correspondientes al año 2019 hasta los 20 días hábiles siguientes a la finalización de la emergencia.
Igualmente, la reglamentación estableció que hasta el 5 de julio de 2020 se podrá hacer la inscripción y renovación en el Registro Único de Proponentes (RUP). Esta medida cobija a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en procesos de contratación con entidades estatales.
“El Gobierno Nacional atiende el llamado de los empresarios y Confécamaras de extender el plazo para renovar los registros mercantiles y otro trámites, con el fin de evitar las aglomeraciones de personas que acuden a cumplir con este requisito en las sedes de las distintas cámaras de comercio”, señaló el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo.
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