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Cifras manejadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) muestran que en lo corrido del año, con corte a abril, se han registrado más de 2.600 víctimas de accidentes de tránsito.
La mayoría de las víctimas son usuarios de moto (1.613), seguidos de peatones (579) y usuarios de vehículo individual (215). Un riesgo del que nadie está exento, por lo que es importante conocer los derechos que se tienen si llega a ocurrir.
En Colombia, por ley, todos los vehículos automotores que circulan por las vías deben contar con una póliza activa del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), el cual cubre a todas las víctimas que puedan verse implicadas en uno de estos siniestros (conductor, ocupantes el vehículo particular, pasajeros del vehículo de servicio público, peatones, o cualquier otro actor vial).
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Según lo explicado por la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), en caso de que no exista un seguro, o el vehículo involucrado no sea identificado, será el Fondo de Solidaridad y Garantía del sector salud (Fosyga), mediante la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT), quien cubrirá a las víctimas.
Tenga en cuenta que el SOAT cubre el traslado desde el sitio del accidente al centro de salud más cercano y la atención médica completa (incluyendo la rehabilitación final).
“En los casos en los que la víctima presenta una incapacidad permanente, el SOAT brinda una cobertura, así como para la familia de las víctimas fatales, quienes tienen derecho a una indemnización por muerte y gastos funerarios”, detalla Fasecolda.
¿De cuánto es la cobertura?
Por los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, el SOAT brinda una cobertura de hasta 701,68 UVT (que en 2024 equivale a poco más de $33 millones).
Por incapacidad permanente, la cobertura es de hasta 180 salarios mínimos diarios legales vigentes (que en 2024 son $7,8 millones).
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Por muerte y gastos funerarios es de 750 salarios mínimos diarios legales vigentes (en 2024 equivalen $32,5 millones).
Por gastos de transporte y movilización de las víctimas, la cobertura es de 8,77 UVT ($412.760).
¿Qué puede hacer si ocurre un siniestro?
Siempre, en el caso de que se presenten heridos o muertos en un acidente de tránsito, se hace necesaria la intervención de una autoridad de tránsito.
“Por tratarse de un trauma que puede comprometer la integridad y vida de las personas, las víctimas deben ser trasladadas al centro de salud más cercano para recibir una atención prioritaria. Este traslado debe efectuarse preferiblemente en ambulancia y su costo está cubierto por la póliza. Si el centro de salud no tiene la capacidad médica para resolver clínicamente el caso, deberá trasladar al paciente a otro centro de salud que cuente con los recursos y las instalaciones requeridas”, explica Fasecolda.
Hay que tener en cuenta que las víctimas no deben cancelar ninguna suma de dinero por la prestación de los servicios de salud. Estos deberán ser facturados por el hospital a la aseguradora que expidió el SOAT, o al Fosyca, en caso de que el vehículo no esté asegurado o no sea identificado.
“Los beneficiarios sólo deben presentar la reclamación por incapacidad permanente o muerte ante la aseguradora, para el caso de los vehículos asegurados, o ante el FOSYGA, cuando en el accidente esté involucrado un vehículo sin SOAT vigente o éste se haya dado a la fuga”, añade.
Para otro tipo de reclamaciones, como eventuales lucros cesantes (que la persona deja de recibir ingresos por no poder trabajar) se puede acudir a instancias judiciales para que el responsable responda como el daño, o cobijarse como beneficiario por el seguro que este pueda tener contratado para estos propósitos.
Según lo detallado en la plataforma del Grupo R5, este es el paso a paso para tener en cuenta:
- En el lugar del accidente. Los lesionados en un accidente de tránsito deben recibir atención médica inmediata y ser trasladados a los centros de salud en caso de que lo requieran. Durante esta fase, debes recolectar todos los documentos que prueben la ocurrencia del incidente para hacer la reclamación del seguro obligatorio: certificación del siniestro por parte de tránsito, comprobantes por atención médica, por gastos de transporte y servicios funerarios, entre otros.
- Para hacer la reclamación del SOAT. Además de los documentos que prueben que estuviste involucrado en un accidente de tránsito, debes diligenciar una serie de formularios para introducir tu caso. Generalmente, estos formularios están disponibles en línea en las páginas web de las aseguradoras y las autoridades .Ahora solo debes imprimirlos y completarlos. Una vez que tengas listo todo tu expediente, puedes dirigirte a la compañía e iniciar la reclamación por el seguro obligatorio.
- Luego del accidente. Las compañías aseguradoras tienen hasta un mes para analizar y procesar tu caso. Tendrán que verificar la ocurrencia del accidente de tránsito, la veracidad de los documentos que presentaste y la relación de costos con los proveedores por la cobertura del SOAT, además de cualquier elemento que consideren para revisar tu solicitud. Una vez aprobado, procederán a hacer el reembolso o indemnización de tu solicitud.
Sus derechos
Según Fasecolda, estos son los derechos que se tienen alrededor del SOAT
1. Obtener respuesta a sus preguntas sobre la póliza de seguros, el proceso de reclamación y demás aspectos relacionados con el vínculo entre el cliente y la compañía de seguros.
2. Conocer el precio del seguro.
3. Recibir explicación sobre el seguro y aclaración sobre cualquier duda relacionada con el mismo.
4. Recibir la debida atención e información, veraz y oportuna de parte del personal de la compañía de seguros y/o el asesor de seguros.
5. Presentar sus quejas y reclamos para que sean resueltos de manera clara y oportuna.
6. Escoger libremente la compañía de seguros con la que desea asegurarse.
7. Recibir educación sobre los derechos y las obligaciones de los consumidores financieros así como sobre los productos o servicios ofrecidos por la entidad.
8. Recibir productos y servicios con calidad y seguridad.
9. Recibir la póliza de seguros o el certificado de la póliza según corresponda.
10. Presentar reclamación del seguro en caso de que ocurra el siniestro.
11. Recibir respuesta sobre la reclamación luego de treinta días de haber radicado la documentación completa.
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