La ANDI pide excluir 30 artículos del Plan de Desarrollo
Según el gremio de empresarios, propuestas como la reducción del IVA para combustibles y el incremento de aranceles a los textiles no tienen relación con los objetivos del Plan de Desarrollo.
Redacción Economía.
A través de un comunicado, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) alertó sobre 30 artículos de naturaleza tributaria que, según ellos, se deberían excluir del Plan Nacional de Desarrollo.
De acuerdo con el gremio, tales propuestas “no tienen relación con los objetivos y estrategias del Plan”. Entre ellas se destacan los nuevos bienes exentos de IVA (arroz, bicicletas y motocicletas), la reducción del IVA para combustibles, la inclusión de contribuciones a las Superintendencias, tasas por la consulta previa, aportes a fondos de estabilización, la exoneración de parafiscales a las cooperativas y la reducción del IVA para combustibles.
Otro artículo sobre el que se han manifestado en ocasiones anteriores es aquel que propone aumentar la tarifa del 15% al 37,9% en las importaciones de prendas de vestir en el país, si su precio es inferior o igual a US$20 dólares por kilo. El artículo indica que si el precio es superior, el arancel será de 10%, ad valorem, más US$3 por kilo.
Lea también: Importación de ropa causa disputa en el Plan Nacional de Desarrollo
La propuesta, una de las más controvertidas en el Congreso, ha sido tildada de inconstitucional por gremios como Fenalco. El vicepresidente de la organización, Eduardo Visbal, aseguró en días pasados a El Espectador que según el numeral 19 del artículo 150 de la Constitución, el Congreso no puede modificar el arancel de aduanas, salvo que sea por razones de política fiscal.
El otro artículo que hace parte de este listado es el referente a las sobretasas al servicio de energía eléctrica. La propuesta busca captar $4 por kilovatio hora de energía eléctrica consumido para los colombianos de estratos 4, 5 y 6, los usuarios comerciales e industriales y los no regulados del servicio. Esto con el fin de salvar a Electricaribe de su crisis financiera.
El gremio manifestó que el sobrecosto podría ser de $64.000 millones anuales para el sector industrial y afectaría la competitividad de los productos nacionales.
“La inclusión de normas tributarias que no tienen relación con los objetivos, metas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo implica desconocer el principio de unidad de materia, sobre el cual la Corte Constitucional ha sostenido que “no es un instrumento para llenar los vacíos e inconsistencias de leyes precedentes", indicó la ANDI en el comunicado de hoy.
Este es el listado de los artículos que objeta la ANDI:
Artículo 19. Contribuciones especiales a favor de la CREG, CRA y superintendencia de servicios públicos
Artículo 66. Rentas exentas de personas naturales a partir del año gravable 2019
Artículo 67. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales
Artículo 71. Declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio en formulario único
Artículo 77. Contribución de la SuperSalud
Artículo 89. Contribución para la gestión catastral (Segundo Debate)
Artículo 116. Contribución de la SuperTransporte
Artículo 137. Contribución para laudos arbitrales de contenido económico
Artículo 173. Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación
Artículo 175. Deducción por donaciones e inversiones en investigación
Artículo 176. Descuento para inversiones y donaciones realizadas en investigación
Artículo 179. Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales
Artículo 195. Becas por impuestos para universidades públicas y privadas
Artículo 219. Estampilla para el bienestar del adulto mayor
Artículo 232. IVA – Bien excluido pasa a exento (Arroz para consumo humano) (Segundo Debate)
Artículo 268. ZESE - Zona económica y social especial para La Guajira, Norte de Santander y Arauca
Artículos 272 y 273. IVA – Bienes excluidos pasan a exentos (Bicicletas, Motocicletas y Motocarros) (Segundo Debate)
Artículos 274 y 275. Arancel a las importaciones (Textiles)
Artículo 285. Obras por impuestos – Priorizar municipios PDET
Artículo 300. Fondos de estabilización de precios del sector agropecuario
Artículo 311. Sobretasa por kilovatio hora consumido para fortalecer al fondo empresarial en el territorio nacional
Artículo 312. Sobretasa del 1% a la contribución de la superintendencia de servicios públicos
Artículo 337. Exoneración de parafiscales y salud para cooperativas
Artículo 338. Tasa por la realización de la consulta previa (Segundo Debate)
Artículo 339. Reducción al 5% en la tarifa de IVA para combustibles líquidos derivados del petróleo y prohibición de descontables (Segundo Debate)
A través de un comunicado, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) alertó sobre 30 artículos de naturaleza tributaria que, según ellos, se deberían excluir del Plan Nacional de Desarrollo.
De acuerdo con el gremio, tales propuestas “no tienen relación con los objetivos y estrategias del Plan”. Entre ellas se destacan los nuevos bienes exentos de IVA (arroz, bicicletas y motocicletas), la reducción del IVA para combustibles, la inclusión de contribuciones a las Superintendencias, tasas por la consulta previa, aportes a fondos de estabilización, la exoneración de parafiscales a las cooperativas y la reducción del IVA para combustibles.
Otro artículo sobre el que se han manifestado en ocasiones anteriores es aquel que propone aumentar la tarifa del 15% al 37,9% en las importaciones de prendas de vestir en el país, si su precio es inferior o igual a US$20 dólares por kilo. El artículo indica que si el precio es superior, el arancel será de 10%, ad valorem, más US$3 por kilo.
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La propuesta, una de las más controvertidas en el Congreso, ha sido tildada de inconstitucional por gremios como Fenalco. El vicepresidente de la organización, Eduardo Visbal, aseguró en días pasados a El Espectador que según el numeral 19 del artículo 150 de la Constitución, el Congreso no puede modificar el arancel de aduanas, salvo que sea por razones de política fiscal.
El otro artículo que hace parte de este listado es el referente a las sobretasas al servicio de energía eléctrica. La propuesta busca captar $4 por kilovatio hora de energía eléctrica consumido para los colombianos de estratos 4, 5 y 6, los usuarios comerciales e industriales y los no regulados del servicio. Esto con el fin de salvar a Electricaribe de su crisis financiera.
El gremio manifestó que el sobrecosto podría ser de $64.000 millones anuales para el sector industrial y afectaría la competitividad de los productos nacionales.
“La inclusión de normas tributarias que no tienen relación con los objetivos, metas y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo implica desconocer el principio de unidad de materia, sobre el cual la Corte Constitucional ha sostenido que “no es un instrumento para llenar los vacíos e inconsistencias de leyes precedentes", indicó la ANDI en el comunicado de hoy.
Este es el listado de los artículos que objeta la ANDI:
Artículo 19. Contribuciones especiales a favor de la CREG, CRA y superintendencia de servicios públicos
Artículo 66. Rentas exentas de personas naturales a partir del año gravable 2019
Artículo 67. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales
Artículo 71. Declaración y pago del Impuesto de Industria y Comercio en formulario único
Artículo 77. Contribución de la SuperSalud
Artículo 89. Contribución para la gestión catastral (Segundo Debate)
Artículo 116. Contribución de la SuperTransporte
Artículo 137. Contribución para laudos arbitrales de contenido económico
Artículo 173. Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación
Artículo 175. Deducción por donaciones e inversiones en investigación
Artículo 176. Descuento para inversiones y donaciones realizadas en investigación
Artículo 179. Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales
Artículo 195. Becas por impuestos para universidades públicas y privadas
Artículo 219. Estampilla para el bienestar del adulto mayor
Artículo 232. IVA – Bien excluido pasa a exento (Arroz para consumo humano) (Segundo Debate)
Artículo 268. ZESE - Zona económica y social especial para La Guajira, Norte de Santander y Arauca
Artículos 272 y 273. IVA – Bienes excluidos pasan a exentos (Bicicletas, Motocicletas y Motocarros) (Segundo Debate)
Artículos 274 y 275. Arancel a las importaciones (Textiles)
Artículo 285. Obras por impuestos – Priorizar municipios PDET
Artículo 300. Fondos de estabilización de precios del sector agropecuario
Artículo 311. Sobretasa por kilovatio hora consumido para fortalecer al fondo empresarial en el territorio nacional
Artículo 312. Sobretasa del 1% a la contribución de la superintendencia de servicios públicos
Artículo 337. Exoneración de parafiscales y salud para cooperativas
Artículo 338. Tasa por la realización de la consulta previa (Segundo Debate)
Artículo 339. Reducción al 5% en la tarifa de IVA para combustibles líquidos derivados del petróleo y prohibición de descontables (Segundo Debate)