¿La salud, un derecho de papel?
Hace ocho años el sistema de salud en Colombia fue reconocido como un ejemplo mundial. Hoy es un paciente a la espera de una compleja cirugía para seguir con vida.
Fernando Ruiz Gómez* / Enrique Peñaloza Quintero*
¿Qué pasó con el sistema de salud colombiano que en el año 2000 fue clasificado por la Organización Mundial de la Salud en el primer lugar en equidad financiera en el mundo? ¿Qué ha generado al sombrío panorama que presenta el Decreto 4975, bajo el cual se declaró el Estado de Emergencia Social y se constituye la justificación para imprimir cambios profundos por parte del Gobierno al sistema de salud?
La justificación de la Emergencia Social presenta un sistema al borde del colapso en el cual la demanda de servicios de salud, particularmente aquellos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), amenazan seriamente la estabilidad financiera del sistema.
La evidencia presentada por el Gobierno señala incrementos del 280% en el número de recobros presentados al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), lo cual implica un costo de $1,85 billones de corte al año 2009 tan sólo en el Régimen Contributivo.
El decreto puntualiza además algunos casos muy graves como recobros al Fosyga presentados por la EPS por concepto de medicamentos cuyo valor supera el precio de venta del laboratorio. Una situación de esta naturaleza amenaza de manera evidente las finanzas del sistema y afecta los departamentos por su imposibilidad de cubrir medicamentos y otros recobros que han generado, en tan sólo seis meses, una cartera que pasó de $3.726 millones a $37.226 millones en el año 2009, además del incremento en la cartera a hospitales de acuerdo con las cifras de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas.
Dicha situación amenaza con llevar a la iliquidez tanto a las entidades Promotoras de servicios de salud (EPS) como a instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) con un riesgo inminente de quiebra en un número importante de ellas y la inviabilidad financiera de las entidades territoriales. El corolario de esta situación sería la irremediable reducción de servicios a la población y finalmente el colapso del sistema.
Las sentencias
¿Qué posibilitó que el sistema de salud tenga semejante situación de desbarajuste en un plazo tan corto? Dos situaciones parecen haberse agregado para conducir al agravamiento de la sostenibilidad financiera. Una coyuntural y otra estructural.
La coyuntural se refiere a las dos sentencias de la Corte Constitucional (T - 463 y T-760) que abrieron una verdadera caja de Pandora al forzar, en la práctica, una equiparación de planes de beneficios y reforzar la autonomía del médico para la formulación de medicamentos. Estas dos situaciones posibilitaron tremendos incentivos hacia la demanda descontrolada, soltaron las amarras en los mecanismos de contención a la demanda de servicios entre la población no subsidiada abriendo espacio para el abuso moral (o consumo excesivo no requerido) por parte de la población usuaria y también abrió la puerta a lo que técnicamente se conoce como la inducción de demanda de parte de los médicos y prestadores de servicios de salud (generar más costos).
Como consecuencia de esto, las EPS han perdido el incentivo para la contención racional de los recursos. Las decisiones de la Corte operaron como una equiparación de planes entre régimen contributivo y subsidiado con la justificación de la salud como un derecho fundamental, pero derivaron igualmente, en la práctica, en la configuración de dos planes de beneficios para la población colombiana: 1) los beneficios contenidos en el plan obligatorio de salud subsidiado o contributivo (POS y POSS) y 2) los beneficios derivados de un régimen “de facto”, compuesto por los denominados servicios no POS. Dos planes de beneficios, de hecho desequilibrados, en tanto que el primero siguió soportado en la actividad de la EPS, mientras el régimen no POS quedaba finalmente a cargo del Fosyga y las entidades departamentales.
Eso por el lado de la razón coyuntural. En cuanto a la razón estructural, es necesario entender que el sistema de salud arrastraba una difícil situación por cuenta de la carencia de un esquema regulatorio eficiente y que a través de los años ha permitido la generación de posiciones dominantes y diferentes esquemas de extracción de renta al sistema por parte de todos los actores.
Nos referimos no solamente a las EPS, como comúnmente se arguye, sino a la industria farmacéutica, las IPS (públicas y privada) y los profesionales de la salud, en especial los médicos especialistas, quienes tienen el control final del consumo. Se ha perdido la visión del sistema “razonablemente eficiente y solidario” que plasmó la Ley 100 y se ha impulsado un modelo donde todos buscan ganancias a partir del dinero del sistema. Esta situación parece haber llevado a un momento de no retorno en el cual es imperativo un ajuste, dado que el sistema pareciera haber empezado a generar pérdidas de bienestar para los afiliados.
El mayor riesgo ante el nuevo panorama reside en que el sistema de salud colombiano termine siendo un sistema cuya universalidad y configuración como derecho fundamental subsista únicamente en el papel, como algunos expertos en protección social y textos de sentencias y decretos pronostican, pero no tenga posibilidad de mantener las condiciones de acceso que hasta ahora se han logrado.
* Investigadores Cendex, Pontificia Universidad Javeriana
¿Qué pasó con el sistema de salud colombiano que en el año 2000 fue clasificado por la Organización Mundial de la Salud en el primer lugar en equidad financiera en el mundo? ¿Qué ha generado al sombrío panorama que presenta el Decreto 4975, bajo el cual se declaró el Estado de Emergencia Social y se constituye la justificación para imprimir cambios profundos por parte del Gobierno al sistema de salud?
La justificación de la Emergencia Social presenta un sistema al borde del colapso en el cual la demanda de servicios de salud, particularmente aquellos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), amenazan seriamente la estabilidad financiera del sistema.
La evidencia presentada por el Gobierno señala incrementos del 280% en el número de recobros presentados al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), lo cual implica un costo de $1,85 billones de corte al año 2009 tan sólo en el Régimen Contributivo.
El decreto puntualiza además algunos casos muy graves como recobros al Fosyga presentados por la EPS por concepto de medicamentos cuyo valor supera el precio de venta del laboratorio. Una situación de esta naturaleza amenaza de manera evidente las finanzas del sistema y afecta los departamentos por su imposibilidad de cubrir medicamentos y otros recobros que han generado, en tan sólo seis meses, una cartera que pasó de $3.726 millones a $37.226 millones en el año 2009, además del incremento en la cartera a hospitales de acuerdo con las cifras de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas.
Dicha situación amenaza con llevar a la iliquidez tanto a las entidades Promotoras de servicios de salud (EPS) como a instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) con un riesgo inminente de quiebra en un número importante de ellas y la inviabilidad financiera de las entidades territoriales. El corolario de esta situación sería la irremediable reducción de servicios a la población y finalmente el colapso del sistema.
Las sentencias
¿Qué posibilitó que el sistema de salud tenga semejante situación de desbarajuste en un plazo tan corto? Dos situaciones parecen haberse agregado para conducir al agravamiento de la sostenibilidad financiera. Una coyuntural y otra estructural.
La coyuntural se refiere a las dos sentencias de la Corte Constitucional (T - 463 y T-760) que abrieron una verdadera caja de Pandora al forzar, en la práctica, una equiparación de planes de beneficios y reforzar la autonomía del médico para la formulación de medicamentos. Estas dos situaciones posibilitaron tremendos incentivos hacia la demanda descontrolada, soltaron las amarras en los mecanismos de contención a la demanda de servicios entre la población no subsidiada abriendo espacio para el abuso moral (o consumo excesivo no requerido) por parte de la población usuaria y también abrió la puerta a lo que técnicamente se conoce como la inducción de demanda de parte de los médicos y prestadores de servicios de salud (generar más costos).
Como consecuencia de esto, las EPS han perdido el incentivo para la contención racional de los recursos. Las decisiones de la Corte operaron como una equiparación de planes entre régimen contributivo y subsidiado con la justificación de la salud como un derecho fundamental, pero derivaron igualmente, en la práctica, en la configuración de dos planes de beneficios para la población colombiana: 1) los beneficios contenidos en el plan obligatorio de salud subsidiado o contributivo (POS y POSS) y 2) los beneficios derivados de un régimen “de facto”, compuesto por los denominados servicios no POS. Dos planes de beneficios, de hecho desequilibrados, en tanto que el primero siguió soportado en la actividad de la EPS, mientras el régimen no POS quedaba finalmente a cargo del Fosyga y las entidades departamentales.
Eso por el lado de la razón coyuntural. En cuanto a la razón estructural, es necesario entender que el sistema de salud arrastraba una difícil situación por cuenta de la carencia de un esquema regulatorio eficiente y que a través de los años ha permitido la generación de posiciones dominantes y diferentes esquemas de extracción de renta al sistema por parte de todos los actores.
Nos referimos no solamente a las EPS, como comúnmente se arguye, sino a la industria farmacéutica, las IPS (públicas y privada) y los profesionales de la salud, en especial los médicos especialistas, quienes tienen el control final del consumo. Se ha perdido la visión del sistema “razonablemente eficiente y solidario” que plasmó la Ley 100 y se ha impulsado un modelo donde todos buscan ganancias a partir del dinero del sistema. Esta situación parece haber llevado a un momento de no retorno en el cual es imperativo un ajuste, dado que el sistema pareciera haber empezado a generar pérdidas de bienestar para los afiliados.
El mayor riesgo ante el nuevo panorama reside en que el sistema de salud colombiano termine siendo un sistema cuya universalidad y configuración como derecho fundamental subsista únicamente en el papel, como algunos expertos en protección social y textos de sentencias y decretos pronostican, pero no tenga posibilidad de mantener las condiciones de acceso que hasta ahora se han logrado.
* Investigadores Cendex, Pontificia Universidad Javeriana