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Las luces para moto que están permitidas y las que están prohibidas en Colombia

Estas son las modificaciones que se pueden realizar para personalizar una motocicleta y aquellas que pueden conllevar sanciones.

17 de marzo de 2024 - 04:00 p. m.
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Foto: David Campuzano
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El Código Nacional de Tránsito es el que regula las especificaciones de las motocicletas en el país, y en general de todos los vehículos. Esta norma establece que está prohibida cualquier modificación o cambio de las características que identifican a un vehículo automotor.

Un ejemplo de esto puede ser un ajuste en sus dimensiones, o incluso el color del mismo. Hay ocasiones en las que se puede autorizar algún cambio, pero primero se debe contar con el aval de la autoridad de tránsito competente y registrar esas modificaciones en el Registro Nacional Automotor.

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Para el caso puntual de las luces, es obligatorio mantener y hacer un correcto uso de aquellas que vienen originalmente en el vehículo (delanteras, traseras y direccionales).

Además, el Código permite que las motos cuenten con luces exploradoras, que son dispositivos de alumbrado especial que facilitan la visibilidad en zonas de niebla densa o en condiciones adversas de visibilidad.

Aunque aplican algunas restricciones para este tipo de luces:

  1. Ningún vehículo podrá portar luces exploradoras en la parte posterior.
  2. No se podrá hacer uso de estas “sin estar orientadas solo hacia la superficie de la vía, cuando estas estén colocadas por debajo de las defensas del vehículo o cuando se trate de unidades integradas por el fabricante en el conjunto de luces frontales del vehículo”, detalla la resolución 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte.

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🚨 Modificaciones de luces prohibidas

Al personalizar las motos, no se puede hacer uso de luces de otros colores, especialmente las de tipo estroboscópicas o las azules y rojas, que identifican a la Policía.

La resolución 3027 de 2010 también detalla que está prohibido el uso de sirenas, luces intermitentes o de alta intensidad y aparatos similares, pues estos están reservados para los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte.

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Melmalo(21794)17 de marzo de 2024 - 07:41 p. m.
Se pasan por los pies las normas de tránsito con sus escapes ruidosos,sus luces extrabrillates,sus excesos de velocidad,sus maniobras peligrosas y no hay autoridad para ellos .
Alan(5584)17 de marzo de 2024 - 06:28 p. m.
Como si les importara, vienen haciendo lo que se les da la gana y ya no hay autoridad que los mande
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