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Lista la reglamentación del trabajo remoto

El Gobierno Nacional y el Ministerio del Trabajo le pusieron las reglas a esta modalidad de empleo en la que no hay una interacción física del trabajador con el empleador.

11 de abril de 2022 - 10:46 p. m.
El empleador podrá implementar mecanismos para determinar el cumplimiento de la jornada laboral. Imagen de referencia.
El empleador podrá implementar mecanismos para determinar el cumplimiento de la jornada laboral. Imagen de referencia.
Foto: Pixabay

El presidente Iván Duque Márquez y el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, reglamentaron el trabajo remoto mediante Decreto 555 del 9 de abril de 2022. De este modo le dieron forma a la Ley 2069 de 2020, Ley de Emprendimiento y la Ley 2121 de 2021, sobre dicha modalidad de trabajo.

El trabajo remoto es aquel en el que el empleador y el trabajador no interactúan físicamente. Desde el inicio hasta la terminación del contrato, se realiza de manera remota mediante las tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro medio.

Por esto el empleado solo puede ser citado en tres eventos particulares, según el decreto. Estos incluyen: la verificación de los estándares que deben cumplir las herramientas y los equipos de trabajo, cuando se requiera instalar o actualizar manualmente en los equipos de trabajo algún tipo de software, programa, aplicación o plataforma y para adelantar el proceso sancionatorio o disciplinario.

“Con el trabajo remoto, el empleado no debe asistir a las instalaciones de la empresa ni siquiera en la etapa precontractual, el contrato se debe suscribir a través de firma electrónica, conforme lo dispuesto en el Decreto 526 del 19 de mayo de 2021″ indicó el ministro Cabrera.

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Otros de los elementos que tiene en cuenta el decreto es que el costo del auxilio mensual (que compensará los costos de internet, telefonía y energía) no podrá ser inferior al valor del auxilio de transporte definido por el Gobierno Nacional y se debe fijar de mutuo acuerdo.

También se debe acordar el valor mensual de compensación por el uso de las herramientas de trabajo del trabajador y la posibilidad de desarrollar la labor contratada a través de horarios flexibles, siempre y cuando se cumpla la jornada laboral semanal.

El empleador podrá implementar mecanismos propios para determinar el cumplimiento de la jornada y proteger el derecho a la desconexión laboral durante los días laborales.

En las especificaciones anteriores de la reglamentación se tuvieron en cuenta el 50 % de los comentarios presentados por los ciudadanos, según el ministro de Trabajo.

Algunos cargos que pueden ser ejecutados de manera virtual a lo largo de la relación laboral mediante el contrato remoto son: desarrollador de software, agente de Call Center, analista de datos, administrador de comunicaciones (community manager), diseñador web, editor de contenido, profesor o tutor virtual, traductor o intérprete, entre otros.

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Diferencias del trabajo remoto con trabajo en casa y teletrabajo

  • El trabajo en casa se da de manera temporal por situaciones excepcionales, especiales u ocasionales.
  • El trabajo remoto es permanente, la labor será realizada virtualmente por completo y no admite alternancia.
  • El teletrabajo es una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación —TIC— para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo, es reversible y admite la alternancia.

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