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Los efectos de la reforma tributaria en el bolsillo de los colombianos

La reforma sancionada por el presidente Petro permitirá un recaudo cercano a los $20 billones en el primer año para llegar a los $50 billones en 2026 con el programa de ataque a la evasión tributaria. Los impuestos saludables entrarán en vigor en noviembre de 2023 para restarle presión a la inflación que se mantiene en 12,53% a noviembre de este año.

13 de diciembre de 2022 - 09:56 p. m.
La carga tributaria que trae la reforma afectará de varias maneras el bolsillo de los colombianos.
La carga tributaria que trae la reforma afectará de varias maneras el bolsillo de los colombianos.
Foto: archivo

La reforma tributaria sancionada por el presidente Petro comenzará a ser una realidad desde el primero de enero de 2023 con algunos impuestos como el de los saludables que comenzarán a regir más adelante hacia el mes de noviembre del próximo año. Con esta propuesta fiscal la administración actual espera un recaudo de $20 billones a partir del próximo año.

El recaudo esperado en el primer año es equivalente a 1,3% del PIB   y según el ministerio de Hacienda permitirá cumplir el doble propósito de saldar la deuda histórica del Estado y fortalecer el ajuste fiscal. Dice el gobierno que en 2026 se generarán ingresos adicionales por $50 billones, teniendo como prioridad los resultados que generará la lucha contra la evasión.

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Explica el gobierno que con la reforma tributaria solo pagarán más impuesto de renta las personas con ingresos mayores a $13 millones mensuales, y más de dos terceras partes del recaudo adicional de este impuesto provendrán de los contribuyentes con ingresos superiores a $20 millones mensuales.

Este recaudo provendrá de la limitación de beneficios tributarios que son aprovechados de forma desproporcionada por los contribuyentes de mayores ingresos, aumentando la progresividad del sistema.

La carga tributaria

La reforma establece un impuesto permanente a los patrimonios de más de $3 mil millones con una tarifa marginal de 0,5%, y de 1,0% para los patrimonios que superen $5 mil millones. Para los patrimonios de más de $10 mil millones, la tarifa marginal temporal es de 1,5% hasta 2026.

El impuesto a los dividendos tendrá una tarifa efectiva máxima de 19%. La tarifa de ganancias ocasionales aumenta a 15%.

La reforma planteó la reducción de algunos beneficios tributarios que tienen de forma específica algunos sectores y regiones. Se depuraron beneficios tributarios no estratégicos, de dudosa efectividad y que no tienen evaluados los beneficios que generan, racionalizándolos a las actividades que constituyen prioridades de política, precisa el ministerio de Hacienda.

Adopta unas disposiciones específicas que buscan incrementar la contribución del sector minero y petrolero a la financiación del gasto social, particularmente en épocas de bonanza, como la actual.

No se permitirá deducir las regalías del impuesto de renta. Además, crea una sobretasa de renta para los sectores de petróleo y carbón, en función de los precios internacionales: 5% o 10% para carbón y de 5%, 10% y 15% para petróleo.

Así se eleva la tarifa efectiva de tributación del sector petrolero a entre 33,6% y 46,8%, mientras que la del carbón se ubica entre 42,7% y 56,5%.

Para mitigación de externalidades ambientales y de salud se crea el impuesto a las bebidas azucaradas y los alimentos ultra procesados.

Durante los primeros 2 años, las bebidas azucaradas tendrán un impuesto que se causa a partir de una concentración de azúcar de 6gr/100ml, pasado este periodo a partir de 5gr/100ml.

Por su parte, los alimentos ultraprocesados tendrán una tarifa de 10% en 2023 y aumentará hasta llegar a 20% dos años después, exceptuando alimentos como salchichón, butifarra, pan y arequipe, entre otros.

Para restarle presión a la alta inflación que a noviembre se encuentra en 12,53%, el gobierno decidió que los impuestos saludables entrarán en vigor en noviembre del próximo año, cuando se proyecta hayan disminuido las presiones inflacionarias que se enfrentan actualmente.

Según el gobierno, los pequeños productores no se verán afectados con los impuestos a bebidas azucaradas y alimentos comestibles ultraprocesados, ya que solo estarán obligados a pagar el impuesto cuando tengan ingresos derivados de la venta de estos productos que superen $424 millones anuales.

Se crea el impuesto a plásticos de un solo uso, exceptuando del gravamen algunos empaques de alimentos y productos de la canasta familiar. También se añadió el carbón en el impuesto al carbono.

Para seguir luchando contra la evasión y la elusión se aprobaron sanciones penales para aquellos que incurran en defraudación o evasión tributaria.

Igualmente, se nivela la tributación entre sectores económicos, mediante la articulación de reglas claras para empresas de economía digital con presencia económica significativa en el país.

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Los pagos en especie no son deducibles o imputables a ningún título en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.  Se creó una herramienta con la indicación de costos y gastos deducibles y la concurrente obligación formal de informar del contribuyente cuando estos sean superados.

Fue aprobado el impuesto mínimo global buscando limitar el uso excesivo de beneficios tributarios, en línea con lo establecido por la OCDE. Se fortalecen las condiciones para acceder al régimen simple con el fin de que más empresas se puedan acoger a este régimen diferencial para las mipymes.

Según el gobierno para las zonas francas se crea un impuesto ponderado del 20% para la porción de las ventas que estas empresas hagan al exterior y del 35% sobre las ventas destinadas al mercado interno. Se exceptúan las zonas francas costa afuera y de refinación de petróleo y biocombustibles para no afectar a empresas como Ecopetrol.

El gobierno del presidente Petro ha advertido que parte del recaudo se destinará al gasto social en educación, salud, desarrollo productivo agrícola y economía popular. Se priorizarán programas que reduzcan la pobreza y la desigualdad al tiempo que se fortalecerá la consolidación fiscal y la sostenibilidad de las finanzas públicas.

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