Ambigüedad en texto de reforma pensional deja en vilo las pensiones de los jóvenes
En el borrador del proyecto aparecen dos versiones del artículo que crea un fondo de ahorro en el pilar contributivo. Esto presenta una diferencia dramática en términos de cuánto dinero se ahorraría en ese fondo para pagar pensiones en el futuro.
Daniel Mantilla García * y Oliver Pardo **
En el borrador del proyecto de reforma pensional que presentó el Gobierno esta semana, aparecen dos versiones del artículo que crea el “Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo”. Estas dos versiones, que corresponden a los artículos 23 y 24 del texto, presentan una diferencia dramática en términos de cuánto dinero se ahorraría en ese fondo de reservas para pagar pensiones en el futuro.
Lea también: Reforma pensional del gobierno Petro: ¿qué trae de bueno y de malo?
Cerca de 90% de los trabajadores en Colombia gana menos de tres salarios mínimos. Bajo la reforma de pilares propuesta, que tiene un umbral de cotizaciones a tres salarios mínimos, la gran mayoría de aportes que hoy entran a los fondos de pensiones y administran las AFP, irían a Colpensiones. En consecuencia, lo más determinante para la sostenibilidad financiera de mediano y largo plazo del sistema es lo que hará el Estado con esos nuevos aportes que recibirá.
Según el artículo 23, sólo 20 % de dichos aportes se ahorrarían en ese fondo de ahorro público de reservas en 2025 (cuando comenzaría a regir la reforma). Dicho porcentaje se mantendría por cinco años y luego propone que se suba cada 10 años en saltos de 10 puntos, hasta un máximo de 50 % de ahorro en 2051.
En contraste, el artículo 24 propone que se comience ahorrando 53 % en 2025 (en lugar de 20 %), con aumentos menos abruptos y frecuentes, incluidos años del cuatrienio del Gobierno actual, y hasta llegar a 72 % en 2035. Es decir, el artículo 24 del borrador de reforma propone que se ahorre casi el triple de los aportes, respecto al monto que propone el artículo 23.
Adicionalmente, el monto que se ahorraría en el tiempo no sólo depende de ese porcentaje definido por ley, sino de cómo variarán en el tiempo la diferencia entre los aportes y las obligaciones del sistema. Por una parte, si aumentara la formalidad laboral, esto tendría un efecto positivo en los aportes totales, pero, por otra, el envejecimiento poblacional haría que los aportes totales fueran cada vez menores.
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Aunque no hay consenso sobre el efecto que tendrá la reforma laboral en la formalidad del empleo, los datos muestran que el envejecimiento poblacional es prácticamente una certeza. Esto implica que, aunque aumentemos progresivamente el porcentaje de los aportes que se ahorrará en el fondo público, dado el envejecimiento poblacional, la capacidad de ahorro del sistema disminuirá en el tiempo. En otras palabras, con una población que envejece y decrece, la oportunidad de generar reservas para financiar el retiro es ahora, no en 2050.
Este problema se ve agravado por el hecho que la reforma propone ampliar la cantidad de personas que se beneficiarían del subsidio implícito en la regla de beneficios del Colpensiones. Por ejemplo, el grupo de personas que ganan entre 1,55 y tres salarios mínimos se pensionan hoy por el régimen de ahorro con una pensión de un salario mínimo, pagada por el fondo de garantía de pensión mínima. Con la reforma, estas personas pasarían a tener una pensión mayor, pagada por el pilar de Colpensiones. Por esta razón, el Estado debe ahorrar y acumular reservas ahora, mientras puede aún cubrir el gasto del sistema actual, para poder tener suficientes recursos cuando el nuevo sistema que se crearía comience a madurar.
Ese balance entre ahorro de cotizaciones y beneficios prometidos es el punto más crítico para la sostenibilidad del sistema y el texto de hoy tiene literalmente dos versiones paralelas y drásticamente diferentes de lo que pasará con los aportes que serán transferidos a Colpensiones.
Por una parte, el artículo 24 supone un nivel de ahorro que podría ser suficiente para pagar los beneficios que propone la reforma, según el Ministerio de Hacienda. Y por otra, el artículo 23 propone ahorrar cerca de un tercio de los aportes que lo que dice el artículo 24, recortando varias veces los fondos que tendrá el Gobierno cuando los jóvenes de hoy lleguen a la edad de retiro.
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La razón por la cual el artículo 23 propone eso es un misterio, puesto que crear ese gran riesgo para los jóvenes no parece ser necesario, dados los demás objetivos y beneficios que propone el texto de la reforma.
En este sentido, pedimos respetuosamente al Gobierno que defina claramente el monto que se ahorrará y que establezca el blindaje de ese mecanismo de ahorro, puesto que de eso dependerá que en el futuro se cumplan las promesas pensionales de quienes aún no hemos tenido el tiempo de aportar las 1.000 semanas que define el régimen de transición de la reforma propuesta.
* Profesor, Universidad de los Andes.
* Profesor y director del Observatorio Fiscal, U. Javeriana.
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En el borrador del proyecto de reforma pensional que presentó el Gobierno esta semana, aparecen dos versiones del artículo que crea el “Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo”. Estas dos versiones, que corresponden a los artículos 23 y 24 del texto, presentan una diferencia dramática en términos de cuánto dinero se ahorraría en ese fondo de reservas para pagar pensiones en el futuro.
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Cerca de 90% de los trabajadores en Colombia gana menos de tres salarios mínimos. Bajo la reforma de pilares propuesta, que tiene un umbral de cotizaciones a tres salarios mínimos, la gran mayoría de aportes que hoy entran a los fondos de pensiones y administran las AFP, irían a Colpensiones. En consecuencia, lo más determinante para la sostenibilidad financiera de mediano y largo plazo del sistema es lo que hará el Estado con esos nuevos aportes que recibirá.
Según el artículo 23, sólo 20 % de dichos aportes se ahorrarían en ese fondo de ahorro público de reservas en 2025 (cuando comenzaría a regir la reforma). Dicho porcentaje se mantendría por cinco años y luego propone que se suba cada 10 años en saltos de 10 puntos, hasta un máximo de 50 % de ahorro en 2051.
En contraste, el artículo 24 propone que se comience ahorrando 53 % en 2025 (en lugar de 20 %), con aumentos menos abruptos y frecuentes, incluidos años del cuatrienio del Gobierno actual, y hasta llegar a 72 % en 2035. Es decir, el artículo 24 del borrador de reforma propone que se ahorre casi el triple de los aportes, respecto al monto que propone el artículo 23.
Adicionalmente, el monto que se ahorraría en el tiempo no sólo depende de ese porcentaje definido por ley, sino de cómo variarán en el tiempo la diferencia entre los aportes y las obligaciones del sistema. Por una parte, si aumentara la formalidad laboral, esto tendría un efecto positivo en los aportes totales, pero, por otra, el envejecimiento poblacional haría que los aportes totales fueran cada vez menores.
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Aunque no hay consenso sobre el efecto que tendrá la reforma laboral en la formalidad del empleo, los datos muestran que el envejecimiento poblacional es prácticamente una certeza. Esto implica que, aunque aumentemos progresivamente el porcentaje de los aportes que se ahorrará en el fondo público, dado el envejecimiento poblacional, la capacidad de ahorro del sistema disminuirá en el tiempo. En otras palabras, con una población que envejece y decrece, la oportunidad de generar reservas para financiar el retiro es ahora, no en 2050.
Este problema se ve agravado por el hecho que la reforma propone ampliar la cantidad de personas que se beneficiarían del subsidio implícito en la regla de beneficios del Colpensiones. Por ejemplo, el grupo de personas que ganan entre 1,55 y tres salarios mínimos se pensionan hoy por el régimen de ahorro con una pensión de un salario mínimo, pagada por el fondo de garantía de pensión mínima. Con la reforma, estas personas pasarían a tener una pensión mayor, pagada por el pilar de Colpensiones. Por esta razón, el Estado debe ahorrar y acumular reservas ahora, mientras puede aún cubrir el gasto del sistema actual, para poder tener suficientes recursos cuando el nuevo sistema que se crearía comience a madurar.
Ese balance entre ahorro de cotizaciones y beneficios prometidos es el punto más crítico para la sostenibilidad del sistema y el texto de hoy tiene literalmente dos versiones paralelas y drásticamente diferentes de lo que pasará con los aportes que serán transferidos a Colpensiones.
Por una parte, el artículo 24 supone un nivel de ahorro que podría ser suficiente para pagar los beneficios que propone la reforma, según el Ministerio de Hacienda. Y por otra, el artículo 23 propone ahorrar cerca de un tercio de los aportes que lo que dice el artículo 24, recortando varias veces los fondos que tendrá el Gobierno cuando los jóvenes de hoy lleguen a la edad de retiro.
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La razón por la cual el artículo 23 propone eso es un misterio, puesto que crear ese gran riesgo para los jóvenes no parece ser necesario, dados los demás objetivos y beneficios que propone el texto de la reforma.
En este sentido, pedimos respetuosamente al Gobierno que defina claramente el monto que se ahorrará y que establezca el blindaje de ese mecanismo de ahorro, puesto que de eso dependerá que en el futuro se cumplan las promesas pensionales de quienes aún no hemos tenido el tiempo de aportar las 1.000 semanas que define el régimen de transición de la reforma propuesta.
* Profesor, Universidad de los Andes.
* Profesor y director del Observatorio Fiscal, U. Javeriana.
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