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DIAN unifica normativas tributarias: ¿qué cambió?

Control al comercio digital, cancelaciones de RUT en caso de inactividad, retenciones a plataformas extranjeras y vigilancia aduanera hacen parte de la nueva estrategia de la DIAN para cerrar el déficit fiscal.

18 de marzo de 2025 - 02:21 a. m.
El Gobierno se propuso recaudar $293 billones en 2025, un desafío en medio de un contexto económico retador y con la economía creciendo por debajo de su potencial.
El Gobierno se propuso recaudar $293 billones en 2025, un desafío en medio de un contexto económico retador y con la economía creciendo por debajo de su potencial.
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En un intento por reforzar la fiscalización y mejorar la eficiencia del recaudo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó su más reciente resolución, introduciendo ajustes clave en el sistema tributario.

La norma impacta directamente a quienes prestan servicios digitales desde el exterior, inversionistas extranjeros sin domicilio en el país y a todas las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar información exógena. En resumen: habrá nuevas reglas, más controles y sanciones por incumplimiento.

El director de la entidad, Luis Eduardo Llinás, dejó clara la urgencia el pasado 20 de febrero: es necesario replantear el modelo tributario, estabilizar las cuentas públicas y asegurar recursos para el gasto social. La solución no será sencilla ni rápida, pero la entidad ya comenzó a implementar una hoja de ruta (puede consultar completa aquí) que combina medidas de choque con una reforma de largo aliento.

Uno de los cambios de mayor alcance es la actualización obligatoria del Registro Único Tributario (RUT). Aunque siempre ha sido el documento de identificación fiscal por excelencia en Colombia, ahora su mantenimiento actualizado no es solo una buena práctica, sino una obligación formal.

Si un contribuyente omite actualizar su información o permanece inactivo durante un tiempo prolongado (sin declarar, facturar ni reportar actividad alguna) la DIAN podrá cancelar el RUT de oficio. Esto significa, en la práctica, la pérdida del estatus de contribuyente activo ante la autoridad tributaria, con implicaciones legales y operativas para quienes comercian en el país.

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Lo nuevo para inversionistas extranjeros

Los cambios también afectan a los inversionistas extranjeros que no tengan domicilio en Colombia. Cualquier modificación en la titularidad de sus inversiones, por pequeña que sea, deberá ser reportada y actualizada en el RUT. Esta exigencia busca cerrar posibles vacíos en el control de capitales, en momentos en que el país trata de fortalecer la trazabilidad sobre los recursos que entran y salen de su economía.

Además, quienes dejen de operar en el país (sin registrar actividad económica) podrían ser dados de baja automáticamente del registro tributario. La cancelación del RUT se formalizará luego de verificar que no existan reportes de facturación electrónica, declaraciones tributarias u otros registros que indiquen actividad reciente.

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Los cambios en la facturación electrónica

En cuanto al sistema de facturación electrónica, la DIAN ha dejado poco margen de maniobra. Todo contribuyente obligado a facturar electrónicamente deberá activar su Instrumento de Firma Electrónica (IFE) al menos tres días antes de vencer el plazo para declarar. Si no lo hace, se expone a sanciones que, según el tipo de incumplimiento, podrían escalar hasta sumas considerables.

Un dato relevante: quienes compran bienes o servicios y deseen soportar fiscalmente esos gastos, podrán habilitarse en el sistema de facturación electrónica, aunque no estén obligados a emitir facturas. Eso sí, deberán cumplir los requisitos exigidos en la normativa actual.

Saldos a favor: ¿cómo reclamar el dinero sin demoras?

Para las personas naturales que generen saldos a favor en su declaración de renta, la DIAN activó un sistema de devolución automática.

La premisa es simple: si el saldo no supera las 40 Unidades de Valor Tributario (UVT) (alrededor de $1.700.000 en 2025) y el contribuyente no tiene sanciones ni deudas con la DIAN, el reembolso será procesado sin intervención manual.

Eso sí, no se podrá incluir en la declaración ingresos por dividendos o ganancias ocasionales, pues estos requerirían verificación adicional.

Este cambio pretende aliviar el proceso de devolución, agilizando los tiempos y reduciendo los cuellos de botella que históricamente han caracterizado este trámite.

Sin embargo, cualquier error o inconsistencia podrá invalidar la solicitud y llevar al contribuyente a una fiscalización más exhaustiva.

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Sanciones más severas por errores en reportes

Otro de los frentes reforzados es el de la información exógena, es decir, la información que terceros (como bancos o empresas) deben reportar a la DIAN sobre las operaciones de sus clientes.

Ahora, las sanciones por errores en la entrega de esa información serán calculadas documento por documento, lo que puede disparar las multas en casos de incumplimiento masivo.

Además, se estableció un formato específico que debe diferenciar entre sanciones derivadas de tributos aduaneros y las correspondientes a grandes contribuyentes.

Los gigantes digitales en la mira

Una de las reformas más notoria es la que impacta a los servicios digitales prestados desde el exterior, como Netflix, Spotify o Amazon. La DIAN ahora exige que el IVA de 19% sea retenido directamente en el momento del pago por parte de los emisores de tarjetas de crédito y débito, los vendedores de tarjetas prepago y los operadores de otros medios de pago.

En otras palabras: las plataformas extranjeras que ofrecen servicios digitales en Colombia tienen dos opciones. La primera es acogerse voluntariamente al sistema alternativo de retención en la fuente a título de IVA, en el cual un agente de retención (generalmente el intermediario de pago) recauda y transfiere el total del impuesto al Estado. La segunda es enfrentar sanciones si incumplen los nuevos procedimientos para declarar y pagar el tributo.

Esta medida pretende igualar el terreno de juego para las empresas nacionales, que históricamente han debido cumplir con exigencias tributarias más rigurosas. Además, busca cerrar brechas que la DIAN considera responsables de pérdidas significativas en la recaudación del IVA.

El diagnóstico es claro: la caída en los ingresos fiscales, sumada a la desaceleración de sectores clave como la minería y la industria, ha estrechado los márgenes de maniobra del Gobierno. A esto se suma el aumento en la evasión fiscal y la incertidumbre jurídica derivada de litigios tributarios que no terminan de resolverse. La suma de estos factores explica el déficit que dejó el cierre de 2024 y que llevó al Ejecutivo a recortar $12 billones del gasto público este año, tras un ajuste previo de $28 billones en 2023. El presupuesto nacional, que en 2024 se fijó en $511 billones, ya presenta tensiones.

A corto plazo, se espera que el nuevo esquema de control incremente el recaudo y limite prácticas de evasión. A largo plazo, la DIAN confía en que estos ajustes sienten las bases para una modernización tributaria más profunda y, eventualmente, una reforma estructural que el país lleva años posponiendo.

El Gobierno se propuso recaudar $293 billones en 2025, un desafío en medio de un contexto económico retador y con la economía creciendo por debajo de su potencial.

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