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Guía para entender rápidamente en qué va la reforma pensional del gobierno Petro

El sistema pensional puede ser complejo de entender, al igual que la reforma. Hay muchas preguntas alrededor de la iniciativa. Respondemos, de forma breve, algunas de las más relevantes para los usuarios.

31 de mayo de 2023 - 11:00 p. m.
Conceptual illustration of a couple sitting in-front of a maze thinking about the solution
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Foto: Getty Images/iStockphoto - ajijchan
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En este punto es fácil perderse o sentirse abrumado con la palabra reforma: ¿estamos hablando de la salud, del mercado laboral, del sistema pensional? ¿En qué etapa del proceso vamos? ¿Qué se ha aprobado, qué significa para los ciudadanos y los usuarios de los sistemas?

Todas preguntas válidas y, acaso, vitales para millones de colombianos.

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Así que para comenzar viene bien aplicar una frase que se le atribuye (de forma incorrecta, posiblemente) a Jack el Destripador: vamos por partes. En este artículo hablaremos de la reforma pensional.

El proyecto fue radicado a finales de marzo y este martes quedó lista la ponencia de la iniciativa. Con este documento arrancarán formalmente los debates en las comisiones de Cámara y Senado (para después pasar a plenarias).

El texto de la ponencia también sirve para ver cómo se dieron las negociaciones entre el Gobierno del presidente Gustavo Petro y los congresistas, específicamente, al mirar las modificaciones que se le hicieron al proyecto original (bien sea en artículos que desaparecieron, fueron modificados o recién surgieron).

De fondo, la intención de la reforma es aumentar la cobertura del sistema, pues actualmente solo uno de cuatro adultos mayores, en edad de pensionarse, logran acceder a este beneficio.

Vale aclarar, por si acaso, que el proyecto es susceptible de sufrir más cambios en cada etapa de los debates, tanto en comisiones como en las plenarias. Así que algunas de las cosas que explicaremos aquí pueden mantenerse, cambiar o desaparecer en el proceso legislativo.

La reforma tiene casi 100 artículos y establece nuevas reglas en la arquitectura básica del sistema y en los montos de cotización, por ejemplo. Debido al alcance de la iniciativa, hay varias preguntas claves para entender el proyecto, pero también para saber cómo afecta a los usuarios.

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La columna vertebral de la iniciativa del Gobierno es la creación de un sistema de cuatro pilares, que busca subir cobertura y asistir a los usuarios más vulnerables, así como modificar de cierta forma el alcance de Colpensiones y de los fondos privados de pensión.

Entonces, vale la pena empezar por la pregunta básica:

¿Cuáles son los cuatro pilares y cómo funcionan?

Los cuatro pilares se dividen así: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario.

📌 En el solidario se busca asistir a las personas más pobres y vulnerables, que hoy están prácticamente excluidas del sistema. Si se aprueba la reforma tal como quedó en la ponencia, los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que no tengan pensión y cumplan con ciertos criterios recibirán una renta básica correspondiente a la línea de pobreza extrema certificada ($223.000), monto que se actualizará cada año. En este punto, la ponencia introdujo una reducción en la edad de las mujeres, pues en el proyecto original era de 65 años.

📌En el semicontributivo la reforma tiene en la mira a las personas que comienzan a cotizar, pero por diferentes razones no cumplen los requisitos del sistema actual y, así, quedan en una especie de limbo: sin pensión, pero con un monto de ahorro que puede no servir para mucho en la vejez. En el sistema actual se les devuelve a los no pensionados el dinero que cotizaron (en el caso de Colpensiones, sin intereses), pero con la reforma quienes hayan cotizado más de 300 semanas y menos de 999 recibirán ese dinero como una renta vitalicia, aplicando los mismos requisitos de edad que en el pilar solidario. La modificación que se hizo en la ponencia fue subir el monto mínimo de semanas (que en el proyecto era de 150 semanas) y ajustar la edad de las mujeres.

📌 En el contributivo están todos los trabajadores formalizados del país. Y sus aportes al sistema se dividirán en dos vertientes si se quiere: quien gane hasta tres salarios mínimos destinará su aporte a Colpensiones y quien devengue más arriba de este umbral puede cotizar el excedente para los fondos privados de pensión. Es decir, una persona que gane seis salarios mínimos, por ejemplo, cotizaría los primeros tres en el sistema de reparto y los tres restantes podrían ir a las AFP. Una que gane dos lo haría solo en Colpensiones.

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El efecto más inmediato de este cambio es que Colpensiones se va a fortalecer y, por el contrario, los fondos de pensión verán un impacto en el tamaño de los recursos que administrarían si el proyecto se aprueba tal como está.

El monto de cotización que se destinaría para Colpensiones es una de las líneas críticas de la reforma: la primera visión del proyecto hablaba de elevar el umbral hasta los cuatro salarios mínimos, mientras que varios analistas (así como los fondos de pensiones, claro) han hablado de tener un salario o 1,5 salarios como máximo.

📌 En el de ahorro voluntario están todos los usuarios que quieran, como su nombre lo indica, hacer aportes voluntarios para elevar sus beneficios de pensión.

¿La reforma modifica la edad de pensión?

No, el texto no cambia el requisito de edad para pensionarse que está instaurado actualmente: 57 para mujeres y 62 para hombres. Pero sí establece unos nuevos límites para acceder a los beneficios en los pilares solidario y semicontributivo: 65 años para hombres y 60 para las mujeres. También se introduce, en el pilar contributivo, un bono pensional para las madres de 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos. Este último beneficio no aplicaría para quienes estén en el régimen de transición de la reforma.

¿Para quiénes aplicaría la reforma?

El régimen de transición que ha ideado el Gobierno es para todos aquellos que tengan menos de 1.000 semanas cotizadas, independientemente de en qué sistema o entidad las hayan cotizado (Colpensiones o AFP). Quienes estén por encima de ese límite podrán seguir acogiéndose a las reglas de la Ley 100 de 1993.

Así mismo, quienes tengan más de 1.000 semanas cotizadas y les falte menos de 10 años para llegar a la edad de pensión tendrán dos años para cambiarse de régimen, previo a completar el proceso de doble asesoría.

Si hoy estoy en Colpensiones y tengo menos de 1.000 semanas, ¿cómo queda mi situación con la reforma?

Igual. En este caso esa persona pasaría al nuevo sistema pensional (debido a que está por debajo del límite de cotización que ya explicamos). Vale aclarar que la reforma no obliga al traslado de nadie entre entidades pensionales.

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¿Se acaba Colpensiones?

No. De hecho, la entidad se fortalecería en la propuesta del Gobierno. Tal como está el texto que fue radicado en el Congreso, Colpensiones pasaría a tener un flujo de cotizaciones de $35 billones (viniendo de $14 billones en el sistema actual). La entidad también pasará a administrar el pilar semicontributivo de la reforma, que busca cubrir a los adultos mayores que han cotizado semanas, pero no alcanzaron a llegar a los límites para obtener una pensión.

¿Se acaban los fondos de pensiones?

No. Los fondos seguirán existiendo en el pilar contributivo, junto con Colpensiones, y en el de ahorro voluntario. Sin embargo, el tope de cotizaciones que deben ir a Colpensiones (tres salarios mínimos, como se explicó) implica que las AFP pasarían de recibir $30 billones a $9 anualmente, según cálculos del Observatorio Fiscal de la U. Javeriana.

¿Van a expropiar las pensiones?

No. La reforma estipula que el ahorro pensional solo podrá ser usado para eso: pagar pensiones, aunque seguiría siendo administrado por la entidad designada hasta que sea hora de pensionarse.

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HENRY(68975)25 de abril de 2024 - 12:15 p. m.
tengo 60 años, estoy afiliado a colpensiones , tengo cotizadas 1.400 semanas pero actualmente mi trabajo como independiente no me da para seguir cotizando con aportes por 3 millones que hago
Julian(qtqv3)01 de junio de 2023 - 11:05 a. m.
Claro, el ahorro pensional solo podrá usarse para pagar pensiones la cuestión es… mi pensión? O la de quiénes?…. Porque mientras no haya formalización laboral y cotización obligatoriaque impide q los trabajadores informales accedan a estos beneficios sin cotizar a pesar de tener ingresos (algunas veces altos, como x ej. comerciantes)?
jairo(19688)01 de junio de 2023 - 01:06 a. m.
Gracias por la información, seguimos pendientes...muchas gracias
Ricardo(62022)01 de junio de 2023 - 01:01 a. m.
Los Fondos Privados de Pensiones son perversos.
Eduardo Sáenz Rovner(7668)01 de junio de 2023 - 12:34 a. m.
Se revientan las pensiones futuras de la clase media profesional. La tal reforma sigue las pautas del Banco Mundial. El tal cambio es privilegios para unos pocos, neoliberalismo para muchos.
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