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La DIAN propone que la UVT quede en $42.412 en 2023

Mediante un proyecto de resolución, la DIAN propone un incremento en la Unidad de Valor Tributario (UVT), un valor que es fundamental para calcular los cobros, sanciones y multas, entre otras transacciones que involucran al Estado.

21 de octubre de 2022 - 01:39 a. m.
El proyecto con el que se propone el incremeto de las UVT está abierto a comentarios.
El proyecto con el que se propone el incremeto de las UVT está abierto a comentarios.
Foto: Archivo El Espectador
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La Unidad de Valor Tributario (UVT) es un valor que permite calcular los cobros, sanciones y multas, entre otro tipo de transacciones que involucran a la ciudadanía con el Estado.

Hay que tener en cuenta que la UVT se calcula anualmente, y que para el incremento de la misma se tienen en cuenta variables como el aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y que su vigencia se expide por medio de una resolución de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Lea también: ¿Qué es la UVT, cómo se calcula y cómo afecta su bolsillo?

Precisamente, este jueves la DIAN publicó el proyecto de resolución con el que busca establecer el incremento que tendrá la UVT en 2023. En el mismo se lee que este valor quedaría en $42.412, lo que se traduce en un incremento de $4.408 (11,59 %) en comparación con la actual.

Hay que decir que el incremento que propone la DIAN se apega mucho a las reciente variación anual (con corte a septiembre) que registró el IPC en Colombia, la cual fue del 11,44 %. Se estima, según las previsiones de varios analistas económicos, que la inflación pueda cerrar 2022 por el orden del 12 %, por lo que la subida de la UVT estaría por debajo de esta.

Tenga en cuenta que, de momento, esta cifra es un propuesta que, de hecho, está abierta a comentarios. Si usted tiene algún comentario, observación y sugerencia sobre este proyecto de resolución, puede enviarlo del 20 al 30 de octubre al correo mguzmanr@dian.gov.co

“Este buzón es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución, favor abstenerse de enviar comunicaciones diferentes. Una vez vencido el termino de publicación aquí previsto no se recibirán comentarios”, precisó la DIAN.

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