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Así funcionaría la propuesta de reforma al impuesto de renta de personas jurídicas

De acuerdo con el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, el sistema actual es desigual. Por eso, plantearon una propuesta con dos ejes. Estos serían los beneficios.

09 de julio de 2024 - 03:16 p. m.
Imagen de referencia.
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Foto: Getty Images/iStockphoto - Getty Images

En 2022, el ingreso percibido por el impuesto de renta de personas jurídicas fue de $80,5 billones, lo que equivale al 35 % del total de los ingresos tributarios. Sin embargo, el sistema actual es desigual porque las empresas pequeñas y medianas destinan una mayor parte de sus ingresos al pago de impuestos en comparación con las más grandes.

De acuerdo con el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, esta regresividad desincentiva el emprendimiento y afecta el crecimiento económico. Por eso, lanzaron una propuesta de reforma al impuesto de renta de personas jurídicas “que busca establecer una tasa efectiva de tributación más uniforme, independientemente del tamaño de la empresa o de su actividad económica”.

El informe detalla que la propuesta busca “incentivar la competencia, el crecimiento económico y la equidad fiscal, asegurando al mismo tiempo que el recaudo tributario no se vea afectado. La relevancia de esta propuesta de reforma radica en el papel crucial que juegan las empresas en la economía de Colombia, especialmente en términos de generación de ingresos fiscales para la provisión de bienes públicos”.

El Observatorio plantea en su propuesta dos ejes: una tarifa efectiva de mínimo el 20 % y una tarifa nominal del 30 % con una sobretasa de 5 % para cierto umbral de renta líquida gravable.

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Así funcionarían los dos ejes

La tarifa mínima busca asegurar que el impuesto neto de renta de un contribuyente del régimen ordinario (donde están la mayoría de personas jurídicas) no sea nunca inferior al 20 % de la suma entre la renta líquida y los ingresos no constitutivos de renta.

“Esta tarifa mínima busca controlar el exceso de beneficios tributarios de algunas empresas. Además, garantizaría un nivel básico de tributación, facilitaría el control fiscal y promovería una mayor equidad a nivel de tamaño de empresa o de su actividad económica”, explicó el observatorio.

Por su parte, la tarifa nominal con sobretasa establece una tarifa general del 30 % sobre la renta líquida gravable e impone cinco puntos porcentuales adicionales de impuesto sobre la renta líquida gravable que exceda las 6.285 UVT ($296 millones).

De esta manera, “cada peso de renta líquida gravable superior a las 6.285 UVT seguiría estando sujeto a una tarifa del 35 %. Este umbral de 6.285 UVT está calibrado de tal forma que, con esta propuesta, se reduciría la tarifa nominal del impuesto de renta para el 90 % de las empresas, las cuales pagarían una tarifa de 30 %”.

El 10 % de las empresas restantes, según el observatorio, se les aplicaría la tarifa marginal de 35 % por cada peso adicional al umbral de 6.285 UVT en su renta líquida gravable.

Así las cosas, implementar la propuesta tendría un efecto positivo sobre el recaudo. Por un lado, la tarifa mínima de 20 % aumentaría el recaudo en al menos 0,27 % del PIB o $4,2 billones de 2024. Por el otro, la disminución de la tarifa marginal del 35 % (tarifa actual) al 30 % para el 90 % de las empresas disminuiría el recaudo en 0,11 % del PIB o en $1,8 billones de 2024. Sin embargo, en el neto, es decir, implementando estos dos ejes, el recaudo aumentaría en un 0,15 % del PIB o $2,4 billones.

La propuesta “corrige la regresividad que existe actualmente en el impuesto de renta para las personas jurídicas. Esto mejora la justicia fiscal así como la competencia y los incentivos a emprender e innovar, dado que se reducen las desventajas tributarias que enfrentan los emprendedores a la hora de competir con empresas más grandes”, explica el informe.

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