Radicada la conciliación de la reforma tributaria: estos son los cambios
La Cámara y el Senado lograron ponerse de acuerdo en las modificaciones que cada cuerpo le hizo a la iniciativa, después de días de intensas negociaciones. Entre los cambios están la eliminación del impuesto a las iglesias y se fija en 20% el impuesto a los dividendos para inversionistas extranjeros, entre otros. La próxima semana las plenarias del Congreso deben votar la conciliación.
Este viernes se radicó en el Congreso el informe de conciliación de la reforma tributaria: documento que reúne los acuerdos logrados entre los congresistas conciliadores Clara López, Juan Diego Echavarría, Jorge Hernán Bastidas y Álvaro Henry Monedero. Le explicamos, los principales cambios que contempla el documento que será votado la próxima semana.
También te puede interesar: Día sin IVA, impuesto a iglesias y otros temas de reforma que fueron conciliados
En primer lugar se confirma la eliminación del impuesto a las iglesias. Es decir, no se acogió el artículo que pasó en Cámara que proponía gravar las actividades que no estuvieran relacionadas con la religión o el culto.
También quedó fijado en 15% la tarifa del impuesto para residentes. En este punto ganó la propuesta de la Cámara. Por su parte la tarifa especial para dividendos para empresas extranjeras o ciudadanos no residentes quedó en 20%, ganando la propuesta del Senado.
Así mismo, se introdujo una tarifa diferencial en el impuesto de renta para las empresas que en su renta líquida gravable estén por debajo de los $155,8 millones (4.100 UVT), una propuesta que se hizo desde la Cámara de Representantes.
La reforma establece que los puertos pueden seguirse acogiendo a la tarifa reducida en renta (de 20 %) que aplica para las zonas francas. Así mismo, se estableció que, a partir de 2025, las zonas francas aprobadas deben presentar su plan de internacionalización con el fin de conservar la tarifa reducida; de no hacerlo se deberán acoger a la tarifa plena para empresas, que actualmente está en 35 %.
Por su parte, ganó la propuesta de la Cámara que establece que el impuesto al carbono no aplicará para la gasolina, el ACPM y el combustible para aviones en Amazonas, Caquetá, Guainía, Vichada, Guaviare, Putumayo, Vaupés y los municipios de Sipí, Río Sucio, Alto Baudó, Bajo Baudó, Acandí, Unguía, Litoral de San Juan, Bojayá, Medio Atrato, Bahía Solano, Juradó y Carmen del Darien del departamento del Chocó. Sin embargo, también se advierte que se aplicará el gravamen si en esos lugares se hace explotación de hidrocarburos o refinamiento de combustibles.
Asimismo, ganó la adición que la Cámara le hizo al impuesto de plásticos de un solo uno, que establece que el gravamen entrará a regir hasta mediados de 2023, cuando esté lista la reglamentación del Ministerio de Ambiente.
Por su parte, del impuesto a las plataformas excluirá a los servicios de educación online y al suministro de enseñanza o entrenamiento a distancia, como lo dispuso la Cámara.
Se dejaron por fuera los servicios de educación online del impuesto de presencia económica significativa para personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país.
Respecto, a los impuestos saludables, ganó la propuesta del Senado. En este caso se destacan que se amplió la lista de alimentos que se excluyen del gravamen a bebidas azúcaradas: la miel y las aguas no saborizadas ni endulzadas. Ádemás, se confirma que las fórmulas infantiles y medicamentos con incorporación de azúcares adicionados no pagarán el impuesto.
También se deja claro que tanto el impuesto a las bebidas azucaradas como a de los alimentos ultraprocesados empezarána regir desde el 1 de noviembre de 2023.
Lea también: “No generen pánico”: ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo
Otros cambios:
IVA a la comercialización de animales domésticos
Quedan exentas de impuestos estas importaciones de bienes que entren por correo y que no excedan los US$200 de valor.
No tendrán IVA las entradas para cine, los “eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar”.
Se hundió la excepción de IVA en los servicios hoteleros de “Amazonía y Orinoquía, Amazonas, Guainía, Vaupés, Vichada, Putumayo, Meta, Caquetá, Guaviare y Arauca hasta el 31 de diciembre de 2024″.
Los insumos agropecuarios tendrán una tasa de 0 % en aranceles de importación.
No tendrán impuesto de renta, ni lo declararán, los cabildos indígenas, las asociaciones de cabildos indígenas, así como tampoco aplicará para la propiedad colectiva de las comunidades negras.
Deducciones en renta para quienes desarrollen actividades turísticas en San Andrés y Providencia.
Informe de conciliación de la reforma tributaria:
Los puntos claves de la reforma tributaria:
Este viernes se radicó en el Congreso el informe de conciliación de la reforma tributaria: documento que reúne los acuerdos logrados entre los congresistas conciliadores Clara López, Juan Diego Echavarría, Jorge Hernán Bastidas y Álvaro Henry Monedero. Le explicamos, los principales cambios que contempla el documento que será votado la próxima semana.
También te puede interesar: Día sin IVA, impuesto a iglesias y otros temas de reforma que fueron conciliados
En primer lugar se confirma la eliminación del impuesto a las iglesias. Es decir, no se acogió el artículo que pasó en Cámara que proponía gravar las actividades que no estuvieran relacionadas con la religión o el culto.
También quedó fijado en 15% la tarifa del impuesto para residentes. En este punto ganó la propuesta de la Cámara. Por su parte la tarifa especial para dividendos para empresas extranjeras o ciudadanos no residentes quedó en 20%, ganando la propuesta del Senado.
Así mismo, se introdujo una tarifa diferencial en el impuesto de renta para las empresas que en su renta líquida gravable estén por debajo de los $155,8 millones (4.100 UVT), una propuesta que se hizo desde la Cámara de Representantes.
La reforma establece que los puertos pueden seguirse acogiendo a la tarifa reducida en renta (de 20 %) que aplica para las zonas francas. Así mismo, se estableció que, a partir de 2025, las zonas francas aprobadas deben presentar su plan de internacionalización con el fin de conservar la tarifa reducida; de no hacerlo se deberán acoger a la tarifa plena para empresas, que actualmente está en 35 %.
Por su parte, ganó la propuesta de la Cámara que establece que el impuesto al carbono no aplicará para la gasolina, el ACPM y el combustible para aviones en Amazonas, Caquetá, Guainía, Vichada, Guaviare, Putumayo, Vaupés y los municipios de Sipí, Río Sucio, Alto Baudó, Bajo Baudó, Acandí, Unguía, Litoral de San Juan, Bojayá, Medio Atrato, Bahía Solano, Juradó y Carmen del Darien del departamento del Chocó. Sin embargo, también se advierte que se aplicará el gravamen si en esos lugares se hace explotación de hidrocarburos o refinamiento de combustibles.
Asimismo, ganó la adición que la Cámara le hizo al impuesto de plásticos de un solo uno, que establece que el gravamen entrará a regir hasta mediados de 2023, cuando esté lista la reglamentación del Ministerio de Ambiente.
Por su parte, del impuesto a las plataformas excluirá a los servicios de educación online y al suministro de enseñanza o entrenamiento a distancia, como lo dispuso la Cámara.
Se dejaron por fuera los servicios de educación online del impuesto de presencia económica significativa para personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país.
Respecto, a los impuestos saludables, ganó la propuesta del Senado. En este caso se destacan que se amplió la lista de alimentos que se excluyen del gravamen a bebidas azúcaradas: la miel y las aguas no saborizadas ni endulzadas. Ádemás, se confirma que las fórmulas infantiles y medicamentos con incorporación de azúcares adicionados no pagarán el impuesto.
También se deja claro que tanto el impuesto a las bebidas azucaradas como a de los alimentos ultraprocesados empezarána regir desde el 1 de noviembre de 2023.
Lea también: “No generen pánico”: ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo
Otros cambios:
IVA a la comercialización de animales domésticos
Quedan exentas de impuestos estas importaciones de bienes que entren por correo y que no excedan los US$200 de valor.
No tendrán IVA las entradas para cine, los “eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar”.
Se hundió la excepción de IVA en los servicios hoteleros de “Amazonía y Orinoquía, Amazonas, Guainía, Vaupés, Vichada, Putumayo, Meta, Caquetá, Guaviare y Arauca hasta el 31 de diciembre de 2024″.
Los insumos agropecuarios tendrán una tasa de 0 % en aranceles de importación.
No tendrán impuesto de renta, ni lo declararán, los cabildos indígenas, las asociaciones de cabildos indígenas, así como tampoco aplicará para la propiedad colectiva de las comunidades negras.
Deducciones en renta para quienes desarrollen actividades turísticas en San Andrés y Providencia.