Radicada la ponencia de la pensional en Cámara: se mantiene umbral en Colpensiones
El Gobierno radicó el documento que será debatido por la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. De ser aprobada, esta ley entraría en vigencia en julio de 2025.
Este viernes, el mismo día que se cumplía la fecha límite, el Gobierno radicó en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes la ponencia para el tercero de los cuatro debates que debe pasar el proyecto para convertirse en ley.
“Durante toda la semana hicimos un trabajo riguroso con siete de diez ponentes. Discutimos artículo por artículo y tratamos de encontrar consensos frente a la mejor reforma pensional para el país, pensando en beneficiar a las mayorías para que haya un mayor acceso y cobertura al sistema pensional en Colombia, que hoy es una ilusión que pocos alcanzan”, manifestó la representante a la Cámara Martha Alfonso.
La representante también comentó que, para el diseño de esta ponencia, se contó con la participación de los equipos técnicos de las carteras laboral y hacienda. Los de esta última, explica, brindaron claridad sobre la sustentabilidad fiscal de la propuesta. Si bien no se logró un consenso sobre los temas de las vigencias y el umbral de Colpensiones (por eso se dejaron tal cual como se aprobaron en el Senado), se insistirá en lograr los ajustes que se han querido impulsar desde el Gobierno.
De ser aprobada, esta reforma entraría en vigencia en julio de 2025. Sobre esto hay que tener en cuenta la aplicación del régimen de transición, es decir, no todos se verán impactados por esta nueva ley, ya que quienes, para esa fecha, tengan 900 semanas o más (hombres) o 750 semanas o más (mujeres) seguirán con las reglas de juego del sistema pensional actual.
Este ha sido uno de los puntos más polémicos de la reforma, pues algunos técnicos cuestionan si Colpensiones tendrá para la fecha la capacidad de administrar tal cantidad de recursos y afiliados (por los incrementos que se plantean con el umbral de cotización, que se explica más adelante en este artículo).
Este régimen de transición se medirá a partir de las semanas cotizadas, es decir, quienes en 2025 tengan 900 semanas o más (hombres) o 750 semanas o más (mujeres), podrán pensionarse en Colpensiones o en fondos privados, tal como funciona ahora. Quienes no cumplan con estas semanas en la fecha establecida se pensionarán con las nuevas reglas de juego de la Reforma.
Lea también: Umbral, vigencia y otras tensiones que vienen para la pensional en la Cámara
El ADN de esta reforma se centra en un sistema de pilares con el que se busca aumentar la cobertura de ingresos económicos para las personas en su edad de jubilación, lo que se traduciría en el principal cambio frente al modelo actual, en donde solo una de cada cuatro personas en edad de retiro logran pensionarse, y el resto (que se encuentran condición de pobreza y vulnerabilidad), quedan a la suerte de los programas de ayudas que se puedan extender desde el Gobierno.
Sin embargo, esto no se traduce en que todos los adultos mayores en Colombia se vayan a pensionar, pues lo que propone la reforma es un pilar solidario, en donde se brindarán ayudas de $223.000 a personas en edad de retiro que se encuentren en condición de pobreza.
Los otros son el semicontributivo (en el que estarán los que no logren pensionarse pero sí una renta vitalicia), el contributivo (al que se harán los aportes y del que se beneficiarán los futuros pensionados), así como el de ahorro voluntario (donde estarán aquellos que quieran hacer aportes adicionales para complementar sus ingresos para la vejez).
Uno de los puntos más álgidos del debate se ha centrado en el denominado umbral de Colpensiones, es decir, el que separará los aportes que se hagan a este fondo público y los que se hagan a los fondos privados.
La iniciativa que fue radicada propone un umbral de 2,3 salarios mínimos. Es decir, que aquellos que devenguen esto o menos (que son $2.990.000 para 2024), destinarán todos sus aportes a Colpensiones. Los que excedan este umbral cotizarán lo correspondiente a ese valor en el fondo público, y los excedentes en el fondo privado de su elección.
Este es un cambio importante frente al modelo actual, pues tiene la intención de fortalecer el fondo público (eliminando la competencia entre regímenes), pues hoy una persona puede cotizar en la administradora de su elección, teniendo en cuenta variables como las inversiones que se hacen con estos dineros para obtener rendimientos que engrosen sus ahorros.
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Este viernes, el mismo día que se cumplía la fecha límite, el Gobierno radicó en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes la ponencia para el tercero de los cuatro debates que debe pasar el proyecto para convertirse en ley.
“Durante toda la semana hicimos un trabajo riguroso con siete de diez ponentes. Discutimos artículo por artículo y tratamos de encontrar consensos frente a la mejor reforma pensional para el país, pensando en beneficiar a las mayorías para que haya un mayor acceso y cobertura al sistema pensional en Colombia, que hoy es una ilusión que pocos alcanzan”, manifestó la representante a la Cámara Martha Alfonso.
La representante también comentó que, para el diseño de esta ponencia, se contó con la participación de los equipos técnicos de las carteras laboral y hacienda. Los de esta última, explica, brindaron claridad sobre la sustentabilidad fiscal de la propuesta. Si bien no se logró un consenso sobre los temas de las vigencias y el umbral de Colpensiones (por eso se dejaron tal cual como se aprobaron en el Senado), se insistirá en lograr los ajustes que se han querido impulsar desde el Gobierno.
De ser aprobada, esta reforma entraría en vigencia en julio de 2025. Sobre esto hay que tener en cuenta la aplicación del régimen de transición, es decir, no todos se verán impactados por esta nueva ley, ya que quienes, para esa fecha, tengan 900 semanas o más (hombres) o 750 semanas o más (mujeres) seguirán con las reglas de juego del sistema pensional actual.
Este ha sido uno de los puntos más polémicos de la reforma, pues algunos técnicos cuestionan si Colpensiones tendrá para la fecha la capacidad de administrar tal cantidad de recursos y afiliados (por los incrementos que se plantean con el umbral de cotización, que se explica más adelante en este artículo).
Este régimen de transición se medirá a partir de las semanas cotizadas, es decir, quienes en 2025 tengan 900 semanas o más (hombres) o 750 semanas o más (mujeres), podrán pensionarse en Colpensiones o en fondos privados, tal como funciona ahora. Quienes no cumplan con estas semanas en la fecha establecida se pensionarán con las nuevas reglas de juego de la Reforma.
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El ADN de esta reforma se centra en un sistema de pilares con el que se busca aumentar la cobertura de ingresos económicos para las personas en su edad de jubilación, lo que se traduciría en el principal cambio frente al modelo actual, en donde solo una de cada cuatro personas en edad de retiro logran pensionarse, y el resto (que se encuentran condición de pobreza y vulnerabilidad), quedan a la suerte de los programas de ayudas que se puedan extender desde el Gobierno.
Sin embargo, esto no se traduce en que todos los adultos mayores en Colombia se vayan a pensionar, pues lo que propone la reforma es un pilar solidario, en donde se brindarán ayudas de $223.000 a personas en edad de retiro que se encuentren en condición de pobreza.
Los otros son el semicontributivo (en el que estarán los que no logren pensionarse pero sí una renta vitalicia), el contributivo (al que se harán los aportes y del que se beneficiarán los futuros pensionados), así como el de ahorro voluntario (donde estarán aquellos que quieran hacer aportes adicionales para complementar sus ingresos para la vejez).
Uno de los puntos más álgidos del debate se ha centrado en el denominado umbral de Colpensiones, es decir, el que separará los aportes que se hagan a este fondo público y los que se hagan a los fondos privados.
La iniciativa que fue radicada propone un umbral de 2,3 salarios mínimos. Es decir, que aquellos que devenguen esto o menos (que son $2.990.000 para 2024), destinarán todos sus aportes a Colpensiones. Los que excedan este umbral cotizarán lo correspondiente a ese valor en el fondo público, y los excedentes en el fondo privado de su elección.
Este es un cambio importante frente al modelo actual, pues tiene la intención de fortalecer el fondo público (eliminando la competencia entre regímenes), pues hoy una persona puede cotizar en la administradora de su elección, teniendo en cuenta variables como las inversiones que se hacen con estos dineros para obtener rendimientos que engrosen sus ahorros.
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