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La reforma laboral está próxima a ser aprobada en su primer debate. Esta semana la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes logró destrabar la iniciativa, y esta ha logrado un avance significativo.
Tanto ha sido que de los 98 artículos que contenía la ponencia original, tan solo quedan 7, pues se han aprobado 69 y 22 fueron eliminados (estos últimos hacían parte del capítulo de los derechos de asociación, el cual brindaba beneficios al sindicalismo en Colombia).
Así avanzó la discusión de este viernes
Se levanta la sesión
Faltando la aprobación de solo siete artículos, la presidencia de la Comisión levantó la sesión y anunció que se citará desde secretaría la nueva discusión.
Si se sigue con la estrategia que se ha repetido durante esta semana, lo que se espera para esta tarde (o en su defecto para los próximos días), es que los coordinadores ponentes se reúnan con los representantes en busca de acuerdos.
Como lo han manifestado, existen las voluntades para avanzar en esta materia y gran parte de las iniciativas que contenía el documento original ya mostraron importantes recortes.
Así las cosas, se espera que en la próxima discusión se dé por finalizado el primer debate y quede así lista la reforma para continuar con su tránsito por el Congreso.
Aprobado el artículo 50
La comisión aprobó el artículo 50, mediante el cual se ponen límites al uso de la contratación por prestación de servicios. Según lo explicado por los ponentes, con esto se busca evitar el abuso que muchos empleadores le están dando a esta figura para negar una estabilidad laboral a los trabajadores.
“No podrán celebrarse contratos de prestación de servicios ni cualquier tipo de contrato civil o mercantil con personas naturales, para realizar actividades subordinadas en empresas privadas. Será ineficaz cualquier vinculación que desconozca esta prohibición entendiendo para todos los efectos legales que desde un comienzo ha existido una relación laboral con el derecho al pago de los salarios, prestaciones y demás beneficios legales o extralegales, así como los aportes al sistema de seguridad social en los términos establecidos por la ley para cualquier trabajador o trabajadora subordinada”, se lee en el documento.
Sobre este tipo de contrataciones, es decir, las que no emplean contratos de trabajo a término indefinido para labores que son misionales de las empresas o entidades, la oposición había protestado reclamando que la misma exigencia se aplique tanto para el sector privado como para el sector público, pues se ha demostrado que este también emplea en exceso este tipo de modelos de contratación que más adelante resultan demandados ante un juez laboral y pagando millonarias indemnizaciones a quienes alegan una relación laboral en donde existe subordinación.
Se aprueba un bloque de 18 artículos
Luego de los acuerdos alcanzados entre los defensores del proyecto de ley y sus críticos, los coordinadores ponentes lograron la aprobación de un bloque de 18 artículos.
Estos son los artículos 4, 8, 12, 18, 40, 41, 48, 49, 52, 53, 63, 64, 65, 91, 93, 94, 95 y 96. El grueso de estos pasó con proposiciones de modificación.
Los ajustes fueron significativos, pues en la licencia de paternidad se pasó de una propuesta de 12 semanas a seis. También se hicieron recortes en los días de indemnización por cuestiones de despido sin justa causa, así como exclusión de estabilidad laboral reforzada a aquellos que tengan fuero sindical o fuero de salud.
Los ajustes también se sintieron en los procesos de automatización en las empresas, pues se fijó una nueva hoja de ruta para la reconversión laboral o eventual despido de trabajadores cuyas labores puedan ser reemplazadas por las nuevas tecnologías. Se estableció, por ejemplo, que los empleadores deben dar un aviso, con no menos de seis meses de antelación, a quienes se vean afectados por estos cambios.
¿Cambios convenientes o inconvenientes?
Antes de someter a votación este bloque de artículos, los representantes comentan los cambios que se le hizo a la reforma para lograr ese consenso entre defensores y opositores del proyecto de ley, precisamente para que el mismo pueda avanzar.
La coordinadora ponente del proyecto, María Fernanda Carrascal, por ejemplo lamentó el considerable recorte que se le hizo a las semanas de licencia de paternidad, pues se pasó de un reconocimiento de doce semanas a sólo seis.
Los críticos de la reforma celebraron las modificaciones, ya que consideran que se ajustan más a la capacidad de respuesta que tiene el tejido empresarial colombiano. Recordaron que en estos momentos la macroeconomía del país no está para que los costos de la contratación formal se eleven de forma significativa, por lo que la moderación en lo que pide la reforma es un paso que garantiza un mayor equilibrio.
Proponen aprobar un bloque con 19 artículos
Los coordinadores ponentes iniciaron la sesión con la propuesta de votar un bloque de 19 artículos (el 4, 8, 12, 18, 40, 41, 48, 49, 52, 53, 63, 64, 65, 80, 91, 93, 94, 95, 96).
El grueso de estos cuenta con proposiciones de modificación, entre las que resalta la hecha al artículo 41, donde se abre la posibilidad de que un trabajador independiente, o un micronegocio unipersonal, pueda hacer cotizaciones al sistema general de seguridad social aún si la base de cotización (sus ingresos) fuera inferior a un salario mínimo.
También están las modificaciones al artículo 8, donde se disminuyen los días de indemnización en caso de despido sin justa causa; así como el ajuste que se le hizo a la licencia de paternidad, pues ya no se otorgarían 12 semanas, sino seis.
Así como en la eliminación de un bloque de 20 artículos en la discusión de ayer, en este bloque de artículos (con sus respectivos cambios) también se evidencia los sacrificios que han hecho los defensores del proyecto, pues en muchos se ve una desmejora en los beneficios que se pretendían brindar a los trabajadores. Es decir, todo esto fue acordado con la oposición.
Sobre esto hay que tener en cuenta que uno de los principales argumentos de la oposición contra la reforma son los elevados costos que implican para los empresarios, por lo que aquí estaríamos viendo un punto de equilibrio entre lo que pueden recibir los trabajadores y lo que pueden aportar los empleadores.
Al final, se solicitó la eliminación del artículo 8 de este bloque de artículos.
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