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Este miércoles arrancará, finalmente, la conciliación de la reforma tributaria en el Congreso. El primer turno es para la plenaria del Senado, que está citada para las 2:00 p.m.
La conciliación se esperaba que quedara lista la semana pasada. Aunque era poco probable que esto sucediera, lo que nadie parecía anticipar es que el proceso se tomaría varios días, ya que típicamente suele ser un asunto más rápido, a veces casi que de trámite para este tipo de reformas.
Así las cosas, todo parece indicar que una de las principales iniciativas de la administración de Gustavo Petro está a punto de ser ley. Luego de la conciliación de Senado se espera que se dé la de la Cámara de Representantes, que podría suceder este jueves.
En total, para la conciliación se analizaron 32 artículos, 14 de los cuales nacieron en los debates de las plenarias del Congreso. En el informe de conciliación quedaron por fuera los impuestos a las pensiones y a las iglesias. También se hicieron modificaciones a los llamados impuestos saludables y a varias previsiones que impactan a las empresas y a las personas naturales.
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Para el caso de las pensiones, esta medida era una de las que más le permitía a la reforma llevar la palabra progresiva como apellido. Su retiro sucedió en medio del pulso con los congresistas de cara a las plenarias. Incluso, el ministro Ocampo dijo en entrevista con este diario que sí hubiera dejado ese impuesto.
El otro punto duro en la conciliación fue el llamado impuesto a las iglesias, que gracias a una proposición salida de las plenarias sólo gravaría los ingresos de éstas que no fueran reinvertidos en la actividad propia de estas congregaciones. Con todo y eso, los congresistas decidieron hundir la medida.
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De acuerdo con información de la DIAN, el año pasado 9.559 iglesias declararon patrimonio e ingresos en Colombia y lo hicieron de esta forma: casi $15 billones en patrimonio bruto y poco más de $5 billones en ingresos brutos.
Estos son los principales cambios que tuvo la tributaria durante la conciliación:
📌 Personas naturales
-Tarifa de dividendos para impuesto de renta quedó en 15 % (se proponía 20 %).
- Dependientes en la declaración de renta también pueden ser hijos mayores de 18 años que se encuentren “en situación de dependencia física”.
-Quedan exentas de impuestos estas importaciones: bienes que entren por correo o servicios de mensajería internacional que no excedan los US$200 de valor.
-No tendrán IVA las entradas para cine, los “eventos deportivos, culturales, incluidos los musicales y de recreación familiar”.
-No tendrán impuesto de renta, ni lo declararán, los cabildos indígenas, las asociaciones de cabildos indígenas, así como tampoco aplicará para la propiedad colectiva de las comunidades afro.
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📌 Empresas
-Tarifa de impuesto de renta para dividendos de empresas extranjeras y personas no residentes en el país quedó en 20 %.
-Tarifa de renta para empresas quedó en 35 %.
-Las concesiones y las asociaciones público-privadas (APP) no pagarán renta.
-La reforma establece que los puertos pueden seguirse acogiendo a la tarifa reducida en renta (de 20 %) que aplica para las zonas francas. Así mismo, se estableció que, a partir de 2025, las zonas francas aprobadas deben presentar su plan de internacionalización con el fin de conservar la tarifa reducida; de no hacerlo se deberán acoger a la tarifa plena para empresas, que actualmente está en 35 %.
-Se cayó el impuesto a las iglesias.
-Impuesto a las plataformas excluirá a los servicios de educación online y al suministro de enseñanza o entrenamiento a distancia, como lo dispuso la Cámara.
-Los insumos agropecuarios tendrán una tasa de 0 % en aranceles de importación.
📌 Turismo:
-Deducciones en renta (150 % del valor de salarios y prestaciones sociales de 2023) para quienes desarrollen actividades turísticas en San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
-Se hundió la excepción de IVA en los servicios hoteleros de “Amazonía y Orinoquía, Amazonas, Guainía, Vaupés, Vichada, Putumayo, Meta, Caquetá, Guaviare y Arauca hasta el 31 de diciembre de 2024″.
📌 Impuestos saludables:
-En las plenarias ya se habían eliminado varios alimentos de la lista de ultraprocesados y de bebidas azucaradas, como el pan. En la conciliación salieron la miel y las bebidas no saborizadas ni endulzadas.
-Las fechas de entrada en vigencia de los impuestos a los alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas será el 1 de noviembre del próximo año.
📌 Impuestos ambientales:
-Impuesto al carbono no aplicará para la gasolina, el ACPM y el combustible para aviones en Amazonas, Caquetá, Guainía, Vichada, Guaviare, Putumayo, Vaupés y los municipios de Sipí, Río Sucio, Alto Baudó, Bajo Baudó, Acandí, Unguía, Litoral de San Juan, Bojayá, Medio Atrato, Bahía Solano, Juradó y Carmen del Darien del departamento del Chocó.
Pero sí aplicará si en esos lugares se hace explotación de hidrocarburos o refinamiento de combustibles.
-Sí se aplicará en estas zonas si en ellas se llega a hacer explotación de hidrocarburos o refinamiento de combustibles.
-La destinación del impuesto al carbono priorizará proyectos ambientales (80 % del recaudo) en municipios PDET en donde haya “presencia de economías ilícitas”.
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