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La jornada laboral quedaría de 42 horas, según la conciliación a la que llegó el Congreso del proyecto de ley que modifica este límite legal, que hoy es de 48 horas. La iniciativa ahora pasa para sanción presidencial, aunque no es el todo claro si el presidente Iván Duque le dará su visto bueno.
El proyecto goza de amplia impopularidad entre el empresariado y, en su momento, tampoco gozó del visto bueno del Gobierno. Esto debido a los costos extra que le supondrían a las empresas cubrir la reducción de seis horas en la jornada laboral.
El argumento de las compañías, que han expuestos gremios como la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) es que bajar el límite de horas por empleado no reduce, per se, el tiempo que se toman los procesos productivos en una empresa.
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En otras palabras, las horas que ya no trabajará un empleado las tendrá que asumir otro, por lo que, calcula el gremio, ese costo extra equivale a casi $27 billones anuales (si se tiene en cuenta que más de seis millones de trabajadores laboran más de 42 horas semanales en Colombia). La Andi calcula que se perderían casi 500.000 puestos, pues el país se convertiría en un destino menos atractivo para la inversión.
Por su parte, Fenalco (gremio de los comerciantes) aseguró que la medida genera cargas excesivas a los empleadores y podría desincentivar la generación de empleo, especialmente en un contexto de pandemia y protesta social como el que vive Colombia.
La agremiación estima que sectores como turismo, servicios y economía naranja, que funcionan en horas nocturnas y fines de semana, tendrían un incremento aproximado del 20 % en los costos laborales.
Vale la pena aclarar que la reducción en la jornada no supone una disminución en el salario.
Ahora bien, entre los textos del proyecto aprobados en Cámara y Senado había tres diferencias sustanciales: el tiempo de la jornada, el proceso de implementación y si la ley aplicaría sólo para sector privado.
En la versión definitiva para sanción presidencial la jornada será de 42 horas, primero. Segundo, su implementación se hará de forma gradual, así: transcurridos dos años de la implementación de la ley se reduce a 47 horas, pasados tres baja a 46 y al cuarto llega al límite de 42. Y, en tercer lugar, sólo aplica para compañías privadas porque “es una reforma al Código Sustantivo del Trabajo, que en la parte individual sólo aplica al sector privado”, según explica Iván Daniel Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la U. del Rosario.
Para Jaramillo, en general es muy positiva la reducción de la jornada laboral, pero advierte que en la iniciativa, a pesar de ir en la dirección correcta de postulados de la Organización Internacional del Trabajo, también se están tomando pasos atrás de cara al trabajador.
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Una porción del espíritu detrás de la ley es el de promover la vida personal y familiar del trabajador. El representante Juan Diego Echavarría afirmó que “la jornada laboral va a mejorar las condiciones de los trabajadores, serán más felices y más productivos y tendrán más tiempo con la familia y la recreación”.
Sin embargo, en el texto conciliado entre Congreso y Cámara se retiran dos provisiones que datan de 1990 y 2017 y que, justamente, buscan darle más tiempo al trabajador.
La primera víctima del proyecto es el día de la familia, que se aplica semestralmente (o sea, es dos veces al año) y que, según la Ley 1857 de 2017, es una jornada laboral que se puede dedicar, como su nombre lo indica, a actividades familiares.
La segunda es una provisión que, desde la Ley 50 de 1990, permite que en empresas con más de 50 trabajadores (que laboren 48 horas), estos tengan dos horas de su jornada laboral para que, “por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación”.
“La orientación de la política pública de conciliación la vida familiar y laboral se incorpora en el marco de la estrategia de realización del postulado general de igualdad previsto en el artículo 13 de la Constitución Política cuya realización demanda articulación de políticas públicas de inversión de los roles culturales, económicos y sociales asociados a la denominada economía del cuidado”, opina Jaramillo.
Pero, a renglón seguido, dice “en este sentido, resulta contrario a la demanda de articulación del sistema de equilibrio de la vida familiar y laboral la derogatoria de día de la familia y las 2 horas para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación”.
Esta fue una de las últimas iniciativas legislativas del exsenador Álvaro Uribe, quien este lunes defendió el proyecto en entrevista con Caracol Radio al decir que “yo creo en la empresa privada, pero no como un fin en sí mismo, sino como un medio para resolver problemas sociales. Hay que verlo no como un proyecto aislado sino en su conjunto”.
Y agregó: “Por supuesto, hay problemas laborales que el país tiene que pensar en corregir. Los empresarios se quejan mucho del costo de la estabilidad laboral reportada. Estamos pensando en esas soluciones, en no desproteger al trabajador, pero no dejar que todo ese riesgo lo asuma el empresario”.
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Pero, de fondo, la discusión que no se termina de saldar en esta ocasión es la referente a la productividad. Si bien instituciones como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) han hecho recomendaciones generales para la reducción de la jornada laboral, en mercados laboralmente más maduros estas medidas han ido acompañadas de pasos para incrementar la productividad y competitividad de trabajadores y de empresas.
Y esto pasa por asuntos que van desde la automatización del trabajo, pasando por mejor formación de los trabajadores (especialmente en labores técnicas y en renglones intensivos en mano de obra, como ciertos renglones de la manufactura), hasta la optimización de procesos al interior de las compañías.
Sobre la reducción de la jornada
Según Jaramillo, del Observatorio Laboral de la U. del Rosario, “El convenio 47 de la OIT de 1935, no ratificado aún por Colombia, prevé la orientación internacional de la reducción de la jornada semanal de trabajo de 48 horas a 40 horas. La implementación de la reducción a 42 horas semanales se articula bajo una fórmula de implementación gradual, en el contexto de la progresiva adaptación empresarial en un contexto de digitalización y robotización de la organización productiva, sin afectar la remuneración y los derechos adquiridos de los trabajadores”.
El experto agregó: “La reducción progresiva de la jornada de trabajo en Colombia, se inscribe en la tendencia mundial de distribución de los tiempos de disponibilidad para favorecer la productividad en concordancia con el equilibrio de la vida familiar/ laboral de los trabajadores”.