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El Ministerio de Transporte se encuentra corrigiendo una serie de procedimientos establecidos en la resolución (2163 de 27 de mayo de 2016) que reglamenta la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en los niveles básico y de lujo para todo el país.
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Esta política se adoptó en 2015 con el decreto 2297, firmado por el presidente, Juan Manuel Santos, y la entonces titular de la cartera de Transporte, Natalia Abello Vives. Seis meses después se emitieron los preceptos para la ejecución de dicha norma, especificando las características de los vehículos, la formación de los conductores, las funcionalidades de las plataformas tecnológicas, los indicadores de servicio a cargo de las empresas legalmente habilitadas y los principios de seguridad, comodidad, accesibilidad, asequibilidad y atención al usuario.
Sin embargo, el pasado 30 de abril la Sala de lo contencioso administrativo de la sección primera del Consejo de Estado emitió un auto en el que decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de la resolución reglamentaria (2163 de 2016).
Esto luego de que un ciudadano presentara una demanda en la que pide nulidad de la resolución por el hecho de que carece del concepto previo de la Superintendencia de Industria y Comercio, el cual es obligatorio en todo proyecto de regulación estatal con incidencia en el mercado. En la solicitud también alega que la medida viola la libre competencia y limita la libertad económica.
En este momento, la oficina jurídica del Ministerio de Transporte evalúa los alcances de tal fallo y analiza las diferentes alternativas para garantizar el fundamento jurídico para la prestación del servicio público en el nivel de lujo. La entidad no especifica un plazo para este proceso, pero argumenta que determinará las medidas normativas necesarias atendiendo a la prestación de un servicio eficiente, seguro, oportuno y económico.
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Por ahora los principios y características de lo que será el servicio de taxis de lujo quedan en veremos mientras se da respuesta a la medida cautelar del Consejo de Estado y se corrigen una serie de procedimientos. En principio, solo se ajustarían cuestiones de forma, no de fondo.