Publicidad

Los pensionados que recibirán doble pago en 2024

Lo que debe saber sobre la doble pensión en Colombia: requisitos, excepciones y topes para este año. En ningún caso, los beneficiados podrán tener una mesada superior a los $26 millones.

01 de julio de 2024 - 03:19 p. m.
La ley colombiana establece topes al monto que puede recibir el beneficiario de la doble pensión. Este límite cambia cada año y para el 2024 será de 20 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, unos $26 millones. Imagen de referencia.  / Getty Images
La ley colombiana establece topes al monto que puede recibir el beneficiario de la doble pensión. Este límite cambia cada año y para el 2024 será de 20 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, unos $26 millones. Imagen de referencia. / Getty Images
Foto: Getty Images - sesame

En Colombia, un 68,8 % de los jubilados se pensiona por vejez (quienes alcanzan el mínimo de semanas de cotización o la edad requerida), un 23,3 % tiene una pensión de sobrevivencia familiar (cónyuge o familiares de una persona fallecida que estuvo afiliada al sistema pensional como trabajador o pensionado) y el 7 % restante se pensiona por invalidez (trabajadores que han sufrido un accidente o enfermedad que disminuya su capacidad laboral en, por lo menos, el 50 %), según datos de la Superintendencia Financiera.

Aunque estos tipos de pensiones tienen características, causas, requisitos y procesos de obtención distintos, la Corte Suprema de Justicia ha establecido cuáles son los colombianos que pueden optar por una doble pensión combinando las modalidades de invalidez, vejez y sobrevivencia.

Puede interesarle: Póngase el cinturón de seguridad: esto vale la multa si los de atrás no lo hacen

La ley colombiana establece topes al monto que puede recibir el beneficiario de la doble pensión. Este límite cambia cada año y para el 2024 será de 20 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, unos $26 millones.

Quiénes recibirán doble pensión en 2024

Si bien el sistema pensional tendrá un profundo cambio con la reforma pensional que fue aprobada en junio de 2024 por el Congreso de la República, cabe resaltar que las disposiciones de este proyecto impulsado por el Gobierno Nacional empezarán a regir en un año (el 1 de julio de 2025) y cobijará a quienes actualmente están cotizando para su pensión, no a quienes ya se jubilaron por invalidez, vejez o sobrevivencia. Para este último grupo, las reglas de juego continúan siendo las de la Ley 100 de 1993.

Sabido esto, a la fecha, la Ley 100 de 1993 contempla que una persona puede recibir una pensión por vejez y una pensión de sobreviviente.

Además, dicha ley establece que también se puede obtener una doble pensión por las modalidades de invalidez y de sobreviviente.

Puede interesarle: Quiénes entran en la reforma pensional y otras preguntas sobre el nuevo sistema

Al tratarse de causales distintos (alcanzar el mínimo de semanas cotizadas y/o la edad de pensión, por un lado, y ser cónyuge o familiar de un pensionado o trabajador afiliado al sistema pensional), la norma considera que se trata de cotizaciones que no se anulan entre sí.

Así mismo, a través de la Sentencia 3869 de 2021, la Corte Suprema de Justicia estableció que también se puede recibir una pensión de invalidez de origen laboral (enfermedad o accidente que reduzca la capacidad laboral y cuyo origen esté relacionado con las actividades que realizaba el trabajador durante su jornada laboral) y una de vejez.

Para la Corte, estas dos modalidades de pensión protegen riesgos distintos, además de que su financiación es diferente: la de invalidez es pagada por las Administradoras de Riesgos Laborales -ARL- y la de vejez por Colpensiones o por los fondos privados de pensión, según sea el caso.

En últimas, se puede aplicar a una doble pensión cuando las modalidades pertenecen a sistemas diferentes. Lo anterior es el requisito fundamental para obtener una doble pensión en Colombia.

¿Qué cambiará con la reforma?

La reforma pensional del Gobierno Petro, en términos generales, mantiene los requisitos y las fórmulas para calcular estas pensiones (de invalidez y de sobrevivencia). También incluye lo establecido en sentencias de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia.

A grandes rasgos, pueden acceder a la pensión por invalidez las personas que hayan perdido el 50 % o más de su capacidad laboral por causas no profesionales y que hayan cotizado 50 semanas en los últimos tres años (hay algunas excepciones). El monto de la pensión puede ser de entre el 45 % y el 75 % del promedio de los salarios de los últimos diez años (el porcentaje depende de las semanas cotizadas y de la pérdida de capacidad laboral).

Puede interesarle: Pensiones de invalidez y sobrevivencia: ¿qué cambiaría con la reforma?

A las pensiones de sobrevivencia pueden acceder miembros del grupo familiar (compañera o compañero permanente, hijos menores de 18 años o de 25 si estudian, padres o hermanos) de un pensionado por vejez o invalidez o de un afiliado que fallezca (en este caso, la persona que murió tiene que haber cotizado mínimo 50 semanas en los últimos tres años). Estas son algunas de las características generales, pues hay varias especificaciones en la ley.

Cuando muere el pensionado, el familiar recibe el 100 % de la pensión (técnicamente se llama sustitución pensional); cuando muere el afiliado, el monto de la pensión que recibe el familiar es de mínimo 45 % y máximo 75 % del promedio de los salarios de los últimos diez años (depende del número de semanas cotizadas). Bajo ciertas condiciones, las pensiones pueden ser vitalicias o temporales. Vale recordar que ni la pensión de sobrevivencia ni la de invalidez pueden ser menores al salario mínimo.

💰📈💱 ¿Ya te enteraste de las últimas noticias económicas? Te invitamos a verlas en El Espectador.

Temas recomendados:

 

Alvaro(63032)01 de julio de 2024 - 04:55 p. m.
Si le bajan a la robadera, que se roben no 5 billones sino 1 , con 4 que dejen se pueden mantener las pensiones como antes de la ley matarife 100. Pero eso es pensar con el deseo , por que en la sola SAE cuanto se robaron en el gobierno Duque ? Y en el actual?
Felipe(94028)01 de julio de 2024 - 03:49 p. m.
Aquí solo recibe pensión el 26% de adultos mayores, pero las hay de 20 mínimos o más. En España, ninguna pensión pública supera 3 salarios mínimos, pero como tienen retefuente queda en 2.5 mínimos y el 100% de adultos mayores cobra pensión, aunque no hayan cotizado nunca, le llaman "pensión no contributiva" . Su pensión promedio equivale a 1 salario mínimo, con 48 millones de habitantes y siendo un país medio pobre, tienen 10 millones de pensionados. ¿Es imposible?, No, es formalidad laboral.
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar