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Petroleras deberán pagar sobretasa en impuesto a la renta: Corte Constitucional

La Alta Corte declaró como constitucional un artículo de la primera reforma tributaria del Gobierno Petro, aprobada en 2022. El presidente Gustavo Petro celebró la decisión y propuso mayores cargas fiscales a las rentas fósiles.

13 de octubre de 2024 - 01:01 a. m.
La Corte Constitucional explicó que la sobretasa se basa en la renta líquida de las empresas y se establecen tarifas progresivas. / EFE
La Corte Constitucional explicó que la sobretasa se basa en la renta líquida de las empresas y se establecen tarifas progresivas. / EFE
Foto: EFE - RONALD WITTEK

La más reciente decisión de la Corte Constitucional puede considerarse un alivio para las cuentas de la administración Petro y un dolor de cabeza menos para el recaudo tributario, que en 2024 muestra bajos niveles respecto a años anteriores.

Este sábado, 12 de octubre, se conoció que la Alta Corte declaró como constitucional un artículo de la reforma radicada por el Gobierno Nacional en 2022, el cual estipula una sobretasa adicional en el impuesto a la renta para las empresas petroleras. Dicha sobretasa podría alcanzar hasta un 10 % para empresas que extraigan carbón y de hasta un 15 % para compañías de petróleo.

Para la Corte Constitucional, la sobretasa está sustentada en la capacidad contributiva de las empresas petroleras. La Corte, así mismo, explicó que la sobretasa se basa en la renta líquida de las empresas y se establecen tarifas progresivas. Sobre esto último, cabe destacar que la reforma tributaria establece que la tarifa a pagar por estas empresas en concepto de impuesto de renta se calculará en función de un percentil específico de los precios promedio mensuales del petróleo en los últimos 120 meses, ajustándose a la inflación de Estados Unidos.

A través de su cuenta de X (antes Twitter), el presidente Gustavo Petró aplaudió la decisión y manifestó que “los últimos recursos que provengan del petróleo y el carbón en su fase final y al máximo, deben destinarse a la descarbonización y la nueva sociedad”.

Así mismo, el mandatario le envió un mensaje al Congreso: “si sustentamos la ley de financiación en las rentas fósiles, podremos bajar los impuestos a todas las empresas de Colombia y mejorar el impuesto de renta para personas naturales en estratos medios”, dijo.

La lucha para subirles los impuestos a las petroleras

Cabe resaltar que, desde el inicio del Gobierno de Gustavo Petro, se le ha querido “hincar el diente” a las rentas fósiles a través de mayores cargas fiscales. Sin embargo, este cometido ha tenido varias trabas.

Primero, la reforma tributaria de 2022 no pudo incrementarles el impuesto de renta a las petroleras (hasta el fallo de la Corte de este sábado). Segundo, el año pasado, la Corte Constitucional emitió un polémico fallo que confirmó que las empresas mineras y petroleras podrán evitar el pago de millonarios impuestos a través de la deducibilidad de las regalías.

En detalle, la Alta Corte tumbó un artículo de la reforma tributaria que definía la base sobre la cual debían declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias en contraprestación, las denominadas regalías.

En total desacuerdo, el Ministerio de Hacienda presentó un incidente de responsabilidad fiscal ante la misma Corte Constitucional, advirtiéndole que generaría graves impactos económicos.

El tercer ‘round’

La lucha para subirles los impuestos a las petroleras tendrá un tercer ‘round’, con la ley de financiamiento que acompaña el Presupuesto General de la Nación para 2025. Este proyecto, que se asemeja mucho a una reforma tributaria en la práctica, establece una reducción en las tarifas del impuesto de renta de las empresas en Colombia, que pasaría de 35 % a 30 %, de forma gradual (un punto porcentual menos por cada año entre 2025 y 2030).

Sin embargo, si se trata de empresas extranjeras que desarrollen ciertas actividades, habrá una suma extra de puntos en la tarifa de este tributo (bajo ciertas condiciones, si los precios promedios de los productos superen ciertos umbrales).

Las empresas sujetas a esta medida son las que se dediquen a:

  • Extracción de hulla (carbón de piedra).
  • Extracción de carbón lignito.
  • Extracción de petróleo.

En otras palabras, para los sectores de carbón y petróleo habría una sobretasa en el impuesto de renta, que llegaría en ambos casos a 15 % (dependiendo de las condiciones de los precios promedios de estos productos, como ya se dijo).

La sobretasa aplicaría en caso de que la empresa extranjera de estos sectores tenga una renta gravable superior a 50.000 UVT (que equivalen en 2024 a $2.353 millones, aproximadamente).

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samuel(77552)Hace 14 horas
Tardíamente razonaron.
Jesús(0u41y)Hace 16 horas
1. Ligereza para actuar 2. Oposición al progresismo 3. No siempre muestran independencia. Una justicia mal administrada genera violencia.
Aldemar(14308)Hace 23 horas
Por fin una buena de estos "honorables" que le tumban todos los proyectos al Presidente, siempre en beneficio de las comunidades! Ni crean que con esta se reivindican con el pueblo. Ya sabemos que se politizaron!
Usuario(82157)13 de octubre de 2024 - 01:33 a. m.
Desfasada (corrijo) se la tomó un conservatismo retrogrado y mal pensante contrario al Estado social de derecho herencia legítima de la constituyente de 1991
Usuario(82157)13 de octubre de 2024 - 01:28 a. m.
La Corte está desfazada juridicamente , pero tuvo un momento de lucidez, a pesar de sus continu úas metidas de patas .
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