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El Ministerio del Interior modificó los horarios para el inicio de la ley seca en Colombia, la cual tendrá lugar en el marco de las elecciones de este domingo. Originalmente la medida contemplaba que el inicio de esta restricción sería el sábado 28 de mayo a las cuatro de la tarde, pero la modificación del decreto la fijó para el mismo día a las seis de la tarde.
Hay que recordar que el miércoles la Asociación de Bares de Colombia (Asobares) solicitó a la cartera esta modificación, argumentando que ese día será la final de la Champions League, evento deportivo que representa un incremento en las ventas de los establecimientos comerciales que lo transmiten.
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“Solicitamos que dicha hora se modifique para las 6pm, puesto que cientos de comercios, millones de televidentes y miles de trabajadores de diferentes activiades transmitirán, vivirán y trabajarán por el partido de la final de la Champions League, que se realizará a las 2pm, hora local colombiana, entre dos grandes del fútbol mundial: el Real Madrid y el Liverpool, donde juega la estrella colombiana Luis Díaz”, se lee en la misiva enviada al Ministerio del Interior.
Esta modificación quedó expresada en el Decreto 840 de 2022, en donde se lee: “los alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes, con el fin de mantener o restablecer el orden público, desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del día sábado 28 de mayo hasta las doce del día (12:00 m.) del día lunes 30 de mayo, para la primera vuelta”.
La medida también establece que los alcaldes, si lo consideran necesario, podrán ampliar la hora final de la restricción, para prevenir posibles alteraciones del orden público.
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El presidente de Asobares, David Ospina, agradeció al Ministerio del Interior por la escucha y aceptación de su propuesta, agregando que “definitivamente, estas dos horas de más hacen la diferencia para que 250.000 personas que se ocupan directa e indirectamente en nuestro sector y actividades afines, y más de 50.000 comercios que han planeado la transmisión de ese partido, además de las empresas que continúan su reactivación, se beneficien”.
Recuerde que el incumplimiento de esta medida le puede causar una multa de hasta $392.000, además del sellamiento a los establecimientos comerciales, que puede ser de tres y hasta diez días.
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