¿Por qué demandarán la Ley TIC ante la Corte Constitucional?

Organizaciones de la sociedad civil consideran que la Ley 1978 de 2019 pone en riesgo derechos como la libertad de expresión y la pluralidad informativa y de contenidos.

Redacción Economía.
22 de agosto de 2019 - 02:57 p. m.
La Ley TIC ordena liquidar la Autoridad Nacional de Televisión y unir el fondo para el desarrollo de la TV pública con el fondo de tecnologías de la información y las comunicaciones.  / Archivo
La Ley TIC ordena liquidar la Autoridad Nacional de Televisión y unir el fondo para el desarrollo de la TV pública con el fondo de tecnologías de la información y las comunicaciones. / Archivo
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Organizaciones representantes de la sociedad civil presentaron este jueves dos demandas de inconstitucionalidad de la Ley 1978 de 2019, comúnmente conocida como Ley TIC, pues consideran, entre otros puntos, que con el contenido de esa norma están en riesgo derechos como la libertad de expresión y la pluralidad de contenidos en los medios públicos.

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Se trata de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), la Comisión Colombiana de Juristas y la Fundación Karisma (organización dedicada a la defensa de derechos humanos en entornos digitales). A su inciativa se ha sumado Santiago Rivas, presentador del programa de Señal Colombia Los Puros Criollos, que el año pasado se dejó de emitir el mismo día en que Rivas participó en un episodio de La Pulla de El Espectador que sentaba una posición crítica al, en ese momento, proyecto de ley TIC. Días después, se conoció un audio del exgerente de RTVC, Juan Pablo Bieri, en el que decía que el objetivo era "matar la producción (el programa)". Bieri renunció a su cargo sin aceptar que el hecho se trató de un acto de censura.

En un video difundido este jueves, estas organizaciones explican que son cinco puntos los que motivan sus demandas. Primero, que consideran que en la conformación de la nueva Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) hay mucho poder para el gobierno, pues siete de ocho miembros que tendrán los dos órganos que componen la CRC se eligirán con alguna injerencia del Ejecutivo. 

Hay que recordar que hasta el 17 de agosto estaba disponible para comentarios el proyecto de decreto para reglemantar la elección de los miembros de los dos órganos de la CRC: la sesión de contenidos audiovisuales y la sesión de comunicaciones. Según la ley, la primera estará integrada por tres comisionados: uno será elegido por los operadores públicos regionales de televisión, que, según el borrador de decereto, deben definir de forma autónoma cómo eligirán a su representante. Los dos restantes serán elegidos por concurso público para que represente uno a la sociedad civil y el otro, al sector audiovisual. Estos procesos los realizará una universidad pública o privada seleccionada por el Ministerio de Educación Nacional.

Por su parte, la sesión de Comunicaciones estará integrada por el Mintic, un comisionado designado por el presidente y tres comisionados elegidos a través de un concurso público adelantado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

Durante el debate del proyecto de ley se cambió la propuesta inicial y se puso sobre la mesa escindir la CRC en dos órganos, precisamente a causa del descontento de dejar en un solo órgano el manejo de la regulación técnica de comunicaciones y, además, los contenidos. Sin embargo, el resultado que quedó en la ley, para los demandantes, sigue representando un desquilibrio y puede conllevar a mecanismos de control de la libertad de expresión. 

Por otro lado, afirman que el Mintic es "todopoderoso" para manejar el espectro radioeléctrico: para dar los pemisos, definir su valor y vigilar su uso. Hay que recordar, además, que con Ley TIC la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) entra en liquidación. Como consecuencia, sus funciones deben repartirse entre el Mintic y la nueva CRC. Todo lo relacionado con regulación, inspección, vigilancia y control en materia de contenidos será ejercido por la CRC, y las demás funciones de inspección, vigilancia y control serán del Mintic. Esto, para las organizaciones de sociedad civil, concentra aún más el poder en el Ejecutivo y puede ser una amenaza para la pluralidad informativa y de contenidos. 

En el mismo sentido va su crítica a que el fondo único de financiación quede en manos del Ministerio, como resultado de la unión de los dos fondos que existían hasta ahora: el Fontv (en manos de la ANTV, para financiar la televisión pública) y el Fontic (en manos del Ministerio para financiar el desarrollo y despliegue tecnológico en el país). Además de señalar el riesgo de que ese dinero público sea usado por el gobierno de turno para hacer propaganda, los demandantes creen que se podría desfinanciar la TV pública al mezclar ambas fuentes de recursos. 

Al respecto, el Mintic ha explicado que el objetivo del nuevo fondo único es "financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso y el servicio universal a las TIC y garantizar el fortalecimiento de la televisión pública. Su inversión se focalizará en la masificación del acceso, uso y apropiación de la tecnología y cerrar la brecha digital, así como en la promoción de contenidos multiplataforma".

Sobre el temor de una desfinanciación el gobierno ha dicho: "Como garantía de la televisión y de la radiodifusión sonora pública, se mantendrá anualmente, por lo menos, el monto máximo de recursos que desde la creación del Fontv fueron destinados por este a RTVC y a los canales regionales de televisión. Así mismo, se mantendrá, por lo menos, el monto promedio destinado a RTVC por el Fontic desde su creación para la radiodifusión sonora pública. Estos montos serán traídos a su valor presente al momento de la entrada en vigor de la Ley y esta base será ajustada en el mismo porcentaje de variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC)".

Los demandantes, además, afirman que la ley no hace ninguna diferenciación entre las redes comunitarias, que se usan a nivel local para conectarse y transmitir información y conocimiento, y las medianas o grandes empresas de telecomunicaciones. Consideran que eso es injusto y que no deben ponerse a la par en las exigencias para el uso del espectro. 

En conclusión, los demandantes pedirán que se declaren inconstitucionales apartes de la ley que consideran contrarios a la carta política del país y relacionados con el uso del espectro, así como con las funciones de las entidades y el fondo de recursos del sector y su composición. Se trata de una oposición a una norma cuya expedición el Gobierno ve como uno de sus grandes triunfos en el primer año de administración y que, de fondo, ha sido celebrada por gremios como el de operadores de comunicaciones (Asomóvil, Andesco y a nivel internacional, la GSMA, por mencionar algunos). Sin embargo, vale la pena recordar el descontento de operadores como Movistar y Tigo con que se haya expedido la ley antes de resolver el asunto sobre la supuesta dominancia de Claro en el mercado de datos móviles, proceso que estaba en la manos de la antigua CRC, que la 1978 ordena disolver. Lea más sobre esto: Con la ley TIC, decisión sobre posible dominancia de Claro tomará más tiempo

*El Espectador forma parte del mismo grupo de medios al que pertenece Caracol Televisión.

Por Redacción Economía.

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