¿Proyecto de ley de tierras contradice el Acuerdo de Paz?
La propuesta para las tierras que hace el Gobierno es considerada por la oposición como una “traición” al acuerdo final con las Farc. El borrador, dicen sus defensores, da prioridad a la población vulnerable.
María Alejandra Medina C. / @alejandra_mdn
La tierra ha estado en el centro del conflicto armado en Colombia. No en vano el primer punto del acuerdo de paz con las Farc es el de la reforma rural integral. Ahí, el acceso a la tierra, la formalización y las herramientas para ser productivo son fundamentales. Sin embargo, algunas organizaciones sociales y congresistas acaban de prender sus alarmas, pues, a su parecer, un borrador de propuesta legislativa, conocido por este diario, envía un mensaje contradictorio, no pone en el centro a los campesinos y sería, incluso, inconstitucional.
Se trata del que sería el proyecto de ley para el “Ordenamiento Social de la Propiedad y Tierras Rurales”, un documento de 56 páginas y 166 artículos, en el que quedan plasmados puntos alcanzados en el Acuerdo de Paz, como el fondo de tierras, y que sería tramitado vía fast track. Su objetivo es establecer el marco normativo de todo lo que tenga que ver con el uso y la propiedad de la tierra. De ser aprobado, derogaría la reforma rural vigente, es decir, la Ley 160 de 1994.
El proyecto “permite entregar baldíos a personas que no cumplen con los requisitos de vulnerabilidad y pobreza que caracteriza a los sujetos de reforma agraria”, dice una carta firmada por senadores y representantes a la Cámara, como Iván Cepeda, del Polo Democrático, y Ángela Robledo, de la Alianza Verde, así como por organizaciones como la Comisión Colombiana de Juristas. El documento va dirigido a la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), es decir, a los representantes de las Farc, el alto comisionado para la Paz, el ministro del Interior y el consejero para el Posconflicto, encargados de revisar que las propuestas legislativas para el posconflicto se acomoden al marco del acuerdo final.
La polémica es, en parte, por lo que se entiende en la propuesta como beneficiarios de los programas de tierras. Hay unos “a título gratuito”, “a título parcialmente oneroso” y otros “completamente oneroso”, categorías que están definidas, entre otras cosas, por el patrimonio de las personas. Respectivamente, son quienes tienen menos de 100 salarios mínimos mensuales como patrimonio neto ($73’771.700 o menos, a cifras de hoy), los que tienen entre 100 y 500 salarios mínimos mensuales (es decir, hasta $368’858.500) y aquellos que tienen un patrimonio que supere esos 500 salarios.
Los críticos del borrador señalan que se cambia la definición de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), que desde el 94 es la cantidad de tierra que, dependiendo de la zona, necesita una familia campesina para subsistir y formar su patrimonio. También es la extensión máxima de tierras baldías que se puede adjudicar. El proyecto en poder de este diario retira el criterio de las condiciones agroecológicas con base en las cuales se define la UAF y el concepto de familia y lo reemplaza por “beneficiario”, lo que para los opositores del proyecto va en detrimento del protagonismo que en el acuerdo de paz tiene la agricultura familiar.
El Espectador consultó sobre el borrador y las preocupaciones que genera a diferentes representantes del Gobierno, incluido el Ministerio de Agricultura, cabeza de sector y que sería la entidad encargada de radicar y socializar la propuesta. Sin embargo, al momento de esta publicación, no había obtenido respuesta. No obstante, una fuente que ha participado de la discusión explicó a este diario que se incluye la palabra “beneficiario” debido a que así es como se refiere el acuerdo a las personas que acceden a adjudicaciones gratuitas, subsidios, entre otros.
Con respecto a la posibilidad de dar propiedad o uso de suelo a quienes tienen patrimonios elevados, la fuente consultada por El Espectador, que pidió no ser citada, resaltó que desde la Ley 160 del 94 se establece un límite de 1.000 salarios mínimos mensuales de patrimonio para poder ser adjudicatario de baldíos. En la propuesta actual el tope se reduce a la mitad. “Las personas más necesitadas son las primeras en la fila para recibir tierra. Se contempla la posibilidad de dar uso (no propiedad) a quienes tienen patrimonio superior a 500 salarios, pero para que eso llegue a ser posible es porque no existe en esa zona focalizada ningún campesino pobre pidiendo tierra”, explicó el experto.
Otra de las críticas es que el proyecto permite que quienes hayan acumulado UAF de forma indebida podrán celebrar con la Agencia Nacional de Tierras “contratos de uso sobre estos predios entregando la propiedad al Estado o preservar la propiedad compensando al Estado con un predio alternativo”. Yamile Salinas, asesora de Indepaz, opinó: “Además de premiar la ilegalidad, se menoscaba el derecho de la sociedad a conocer la ‘verdad de la magnitud del despojo y del abandono de tierras’”.
Sobre ese asunto, la fuente consultada por El Espectador explicó que el camino escogido es un punto medio entre la posibilidad de recuperar a la fuerza tierras de la nación que fueron ocupadas hace décadas por colonos, que nunca formalizaron, y titular por completo miles y miles de hectáreas, como defienden organizaciones de ocupantes. Agregó que, contrario a lo que afirman los críticos, el documento surtirá el proceso de consulta previa por tratar asuntos de tierras para comunidades étnicas.
“Es improbable que un orangután de semejante tamaño sea acogido por la Comisión de Seguimiento y Verificación que vela por la adecuada implementación de los acuerdos de paz y tampoco es muy probable que una contra reforma rural de ese talante sea capaz de pasar el filtro del Congreso de la República y de la Corte Constitucional”, concluyó, por su parte, Camilo González Posso, presidente de Indepaz.
Tanto las propuestas del Gobierno como las críticas en este asunto son muchas más. Los reproches son muy similares a los que se arrojaron con respecto a la Ley 1776, conocida como Ley de Zidres, que en respuesta a una primera demanda fue declarada constitucional por la Corte, pero con condicionamientos. Para los opositores, el nuevo documento es una profundización de ese modelo, que aún tiene pendiente otra demanda ante la Corte.
El borrador está en discusión en la CSIVI y ha sido socializado con actores como los gremios de la producción. Jorge Bedoya, nuevo presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, afirmó, sin entrar en detalles de la propuesta: “Estamos en un diálogo constructivo con claridad técnica para no buscar sólo que quepan todos los tamaños y tipos de explotación, sino para no estigmatizar y pensando en una rentabilidad sostenible”.
La tierra ha estado en el centro del conflicto armado en Colombia. No en vano el primer punto del acuerdo de paz con las Farc es el de la reforma rural integral. Ahí, el acceso a la tierra, la formalización y las herramientas para ser productivo son fundamentales. Sin embargo, algunas organizaciones sociales y congresistas acaban de prender sus alarmas, pues, a su parecer, un borrador de propuesta legislativa, conocido por este diario, envía un mensaje contradictorio, no pone en el centro a los campesinos y sería, incluso, inconstitucional.
Se trata del que sería el proyecto de ley para el “Ordenamiento Social de la Propiedad y Tierras Rurales”, un documento de 56 páginas y 166 artículos, en el que quedan plasmados puntos alcanzados en el Acuerdo de Paz, como el fondo de tierras, y que sería tramitado vía fast track. Su objetivo es establecer el marco normativo de todo lo que tenga que ver con el uso y la propiedad de la tierra. De ser aprobado, derogaría la reforma rural vigente, es decir, la Ley 160 de 1994.
El proyecto “permite entregar baldíos a personas que no cumplen con los requisitos de vulnerabilidad y pobreza que caracteriza a los sujetos de reforma agraria”, dice una carta firmada por senadores y representantes a la Cámara, como Iván Cepeda, del Polo Democrático, y Ángela Robledo, de la Alianza Verde, así como por organizaciones como la Comisión Colombiana de Juristas. El documento va dirigido a la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), es decir, a los representantes de las Farc, el alto comisionado para la Paz, el ministro del Interior y el consejero para el Posconflicto, encargados de revisar que las propuestas legislativas para el posconflicto se acomoden al marco del acuerdo final.
La polémica es, en parte, por lo que se entiende en la propuesta como beneficiarios de los programas de tierras. Hay unos “a título gratuito”, “a título parcialmente oneroso” y otros “completamente oneroso”, categorías que están definidas, entre otras cosas, por el patrimonio de las personas. Respectivamente, son quienes tienen menos de 100 salarios mínimos mensuales como patrimonio neto ($73’771.700 o menos, a cifras de hoy), los que tienen entre 100 y 500 salarios mínimos mensuales (es decir, hasta $368’858.500) y aquellos que tienen un patrimonio que supere esos 500 salarios.
Los críticos del borrador señalan que se cambia la definición de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), que desde el 94 es la cantidad de tierra que, dependiendo de la zona, necesita una familia campesina para subsistir y formar su patrimonio. También es la extensión máxima de tierras baldías que se puede adjudicar. El proyecto en poder de este diario retira el criterio de las condiciones agroecológicas con base en las cuales se define la UAF y el concepto de familia y lo reemplaza por “beneficiario”, lo que para los opositores del proyecto va en detrimento del protagonismo que en el acuerdo de paz tiene la agricultura familiar.
El Espectador consultó sobre el borrador y las preocupaciones que genera a diferentes representantes del Gobierno, incluido el Ministerio de Agricultura, cabeza de sector y que sería la entidad encargada de radicar y socializar la propuesta. Sin embargo, al momento de esta publicación, no había obtenido respuesta. No obstante, una fuente que ha participado de la discusión explicó a este diario que se incluye la palabra “beneficiario” debido a que así es como se refiere el acuerdo a las personas que acceden a adjudicaciones gratuitas, subsidios, entre otros.
Con respecto a la posibilidad de dar propiedad o uso de suelo a quienes tienen patrimonios elevados, la fuente consultada por El Espectador, que pidió no ser citada, resaltó que desde la Ley 160 del 94 se establece un límite de 1.000 salarios mínimos mensuales de patrimonio para poder ser adjudicatario de baldíos. En la propuesta actual el tope se reduce a la mitad. “Las personas más necesitadas son las primeras en la fila para recibir tierra. Se contempla la posibilidad de dar uso (no propiedad) a quienes tienen patrimonio superior a 500 salarios, pero para que eso llegue a ser posible es porque no existe en esa zona focalizada ningún campesino pobre pidiendo tierra”, explicó el experto.
Otra de las críticas es que el proyecto permite que quienes hayan acumulado UAF de forma indebida podrán celebrar con la Agencia Nacional de Tierras “contratos de uso sobre estos predios entregando la propiedad al Estado o preservar la propiedad compensando al Estado con un predio alternativo”. Yamile Salinas, asesora de Indepaz, opinó: “Además de premiar la ilegalidad, se menoscaba el derecho de la sociedad a conocer la ‘verdad de la magnitud del despojo y del abandono de tierras’”.
Sobre ese asunto, la fuente consultada por El Espectador explicó que el camino escogido es un punto medio entre la posibilidad de recuperar a la fuerza tierras de la nación que fueron ocupadas hace décadas por colonos, que nunca formalizaron, y titular por completo miles y miles de hectáreas, como defienden organizaciones de ocupantes. Agregó que, contrario a lo que afirman los críticos, el documento surtirá el proceso de consulta previa por tratar asuntos de tierras para comunidades étnicas.
“Es improbable que un orangután de semejante tamaño sea acogido por la Comisión de Seguimiento y Verificación que vela por la adecuada implementación de los acuerdos de paz y tampoco es muy probable que una contra reforma rural de ese talante sea capaz de pasar el filtro del Congreso de la República y de la Corte Constitucional”, concluyó, por su parte, Camilo González Posso, presidente de Indepaz.
Tanto las propuestas del Gobierno como las críticas en este asunto son muchas más. Los reproches son muy similares a los que se arrojaron con respecto a la Ley 1776, conocida como Ley de Zidres, que en respuesta a una primera demanda fue declarada constitucional por la Corte, pero con condicionamientos. Para los opositores, el nuevo documento es una profundización de ese modelo, que aún tiene pendiente otra demanda ante la Corte.
El borrador está en discusión en la CSIVI y ha sido socializado con actores como los gremios de la producción. Jorge Bedoya, nuevo presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, afirmó, sin entrar en detalles de la propuesta: “Estamos en un diálogo constructivo con claridad técnica para no buscar sólo que quepan todos los tamaños y tipos de explotación, sino para no estigmatizar y pensando en una rentabilidad sostenible”.